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Pagar lo que se declara a la cirbe

4 Comentarios
 
Pagar lo que se declara a la cirbe
14/06/2021 02:33
Hola a tod@s.
Estoy viendo la posibilidad de comprar una vivienda, pero tengo unas dudas por aclarar.

El caso es que solicité el informe de riesgos a la CIRBE, para ver cual es mi situación, y veo que un banco me incluyó por una deuda antigua (1995), con un riesgo de 10.000€.

Esta deuda, en principio de 2 millones de ptas(al cambio 12.000€), llego finalmente al juzgado por un importe total de 58.000€.

Por circunstancias de la vida, jamás pude pagar esa deuda.ni parte ni totalmente. Tampoco me pudieron embargar nada con que reducir la deuda.

Y mi pregunta es....
Si no he pagado nada de esa deuda, ni me han podido embargar nada, como es que está entidad declara a la CIRBE sólo 10.000€ ??
Pueden declarar menos de lo que se debe ???
Si declaran menos, no están defraudando al banco de España ??

Digo todo esto porque quiero negociar un acuerdo de pago, sobre esa cifra, con ellos. Pero si me presento en el banco con la mente en esa cifra y, una vez allí, me dicen otra superior, ya no podría asumirla.
Es por esto que pregunto si puedo acogerme a la cifra que ellos mismos han declarado a la CIRBE. Ya sea porque lo que se declara a la CIRBE va a misa, o buscando alguna argucia legal, por infracción de ellos en su declaración de riesgos (para evitar tener que hacer una provisión de fondos mayor, al ser mayor la deuda). O sea, me deben 100 pero declaró solo 5 para evitar una provisión mayor, ya que el Banco de España no sabe si el riesgo declarado por ellos es el correcto, a no ser que lo investiguen explícitamente por alguna causa)
14/06/2021 10:38
El CIRBE no es más que un registro de apuntes crediticios con un carácter no vinculante sino informativo; lo cual es muy distinto del soporte donde está su verdadera deuda, que es lo que consta en el Juzgado. Si tiene usted 10.000 euros, llévelos en efectivo al abogado que le demandó y probablemente le condonen el resto.
14/06/2021 14:50
Grisolía
Gracias por la atención.
Ese dinero no lo tengo en mano.
Un familiar pediría un credito para saldar lo mio.
Pero el caso no es ese...
El tema es que, hoy dia cobro una pension de 1.000€, y si me pongo en contacto con ellos y no llego a un acuerdo, los habré puesto en alerta y me embargaran la pensión.
Y no es lo mismo pagar 10.000€ de un credito familiar, que pagar 58.000€ en un embargo judicial, que me ataria el resto de mi vida.

Por eso preguntaba si declarar 10.000€, siendo 58.000€ el riesgo real, es legal. Ya no frente a mi, sino frente al Banco de España. Para poder negociar con ellos, sabiendo que ellos habían incurrido en falta, a sabiendas. Y que esa situación les obligaría un poco a negociar, para no meterse el líos legales con el fisco,por no haber declarado el riesgo real.

Todo esto desde mi ignorancia.
14/06/2021 20:07
Si le embargan su pensión, solo pueden retirarle 15 euros mensuales, pues la cuenta empieza con lo que rebasa el salario mínimo interprofesional. Se le sugiere que se haga con dinero, y una vez lo tenga encima de la mesa, haga la pregunta. Si no es el caso, olvídese del asunto.
14/06/2021 20:30
Grisolía
No es solo los 15€.
Es también que te congelan las cuentas y tienes que ir al juzgado para que levanten el embargo de la cuenta para poder sacar la pensión.... y así un mes tras otro. Porque no es legal que te retengan todo el saldo, pero lo hacen una y otra vez.... (ya me pasó).

No obstante a todo esto, no me queda claro el asunto que expongo sobre la forma de proceder del banco, en cuanto a cómo procedió con mi deuda, al declarar menos de lo que se debe. Y de si por este camino se les podría apretar un poco para negociar.

Por otro lado, no puedo hacer que mi familia pida el crédito para pagar los 10.000€, sin tener certeza de que van a aceptar. Porque a ver que hago con ese dinero luego, si no llegamos a un acuerdo.
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14/06/2021 02:33
Hola a tod@s.
Estoy viendo la posibilidad de comprar una vivienda, pero tengo unas dudas por aclarar.

El caso es que solicité el informe de riesgos a la CIRBE, para ver cual es mi situación, y veo que un banco me incluyó por una deuda antigua (1995), con un riesgo de 10.000€.

Esta deuda, en principio de 2 millones de ptas(al cambio 12.000€), llego finalmente al juzgado por un importe total de 58.000€.

Por circunstancias de la vida, jamás pude pagar esa deuda.ni parte ni totalmente. Tampoco me pudieron embargar nada con que reducir la deuda.

Y mi pregunta es....
Si no he pagado nada de esa deuda, ni me han podido embargar nada, como es que está entidad declara a la CIRBE sólo 10.000€ ??
Pueden declarar menos de lo que se debe ???
Si declaran menos, no están defraudando al banco de España ??

Digo todo esto porque quiero negociar un acuerdo de pago, sobre esa cifra, con ellos. Pero si me presento en el banco con la mente en esa cifra y, una vez allí, me dicen otra superior, ya no podría asumirla.
Es por esto que pregunto si puedo acogerme a la cifra que ellos mismos han declarado a la CIRBE. Ya sea porque lo que se declara a la CIRBE va a misa, o buscando alguna argucia legal, por infracción de ellos en su declaración de riesgos (para evitar tener que hacer una provisión de fondos mayor, al ser mayor la deuda). O sea, me deben 100 pero declaró solo 5 para evitar una provisión mayor, ya que el Banco de España no sabe si el riesgo declarado por ellos es el correcto, a no ser que lo investiguen explícitamente por alguna causa)
14/06/2021 10:38
El CIRBE no es más que un registro de apuntes crediticios con un carácter no vinculante sino informativo; lo cual es muy distinto del soporte donde está su verdadera deuda, que es lo que consta en el Juzgado. Si tiene usted 10.000 euros, llévelos en efectivo al abogado que le demandó y probablemente le condonen el resto.
14/06/2021 14:50
Grisolía
Gracias por la atención.
Ese dinero no lo tengo en mano.
Un familiar pediría un credito para saldar lo mio.
Pero el caso no es ese...
El tema es que, hoy dia cobro una pension de 1.000€, y si me pongo en contacto con ellos y no llego a un acuerdo, los habré puesto en alerta y me embargaran la pensión.
Y no es lo mismo pagar 10.000€ de un credito familiar, que pagar 58.000€ en un embargo judicial, que me ataria el resto de mi vida.

Por eso preguntaba si declarar 10.000€, siendo 58.000€ el riesgo real, es legal. Ya no frente a mi, sino frente al Banco de España. Para poder negociar con ellos, sabiendo que ellos habían incurrido en falta, a sabiendas. Y que esa situación les obligaría un poco a negociar, para no meterse el líos legales con el fisco,por no haber declarado el riesgo real.

Todo esto desde mi ignorancia.
14/06/2021 20:07
Si le embargan su pensión, solo pueden retirarle 15 euros mensuales, pues la cuenta empieza con lo que rebasa el salario mínimo interprofesional. Se le sugiere que se haga con dinero, y una vez lo tenga encima de la mesa, haga la pregunta. Si no es el caso, olvídese del asunto.
14/06/2021 20:30
Grisolía
No es solo los 15€.
Es también que te congelan las cuentas y tienes que ir al juzgado para que levanten el embargo de la cuenta para poder sacar la pensión.... y así un mes tras otro. Porque no es legal que te retengan todo el saldo, pero lo hacen una y otra vez.... (ya me pasó).

No obstante a todo esto, no me queda claro el asunto que expongo sobre la forma de proceder del banco, en cuanto a cómo procedió con mi deuda, al declarar menos de lo que se debe. Y de si por este camino se les podría apretar un poco para negociar.

Por otro lado, no puedo hacer que mi familia pida el crédito para pagar los 10.000€, sin tener certeza de que van a aceptar. Porque a ver que hago con ese dinero luego, si no llegamos a un acuerdo.