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Pago de plusvalía municipal al adjudicar la herencia

4 Comentarios
 
Pago de plusvalía municipal al adjudicar la herencia
01/05/2020 11:28
Buenos días
Han transcurrido 6 años desde que se heredó una vivienda y por la que los herederos ya pagaron en su día la plusvalía y el IS, sin más trámites. Ahora se va a adjudicar la vivienda a uno de los herederos. ¿Tiene que pagar la plusvalía municipal el heredero que se adjudica la vivienda por el periodo transcurrido de 6 años?

Un saludo y gracias
02/05/2020 12:05
Luis Alberto
Me respondo a mi mismo.
Después de leer la información que proporciona la web del Ayto de Madrid, que es donde está la vivienda, estaría exento de pagar la plusvalía.

". ¿Cuándo NO tributa en plusvalía la extinción del condominio?

.-En los que no hay excesos de adjudicación.

.- En el supuesto de que se produzcan excesos de adjudicación, siempre que se trate de un único bien que por su naturaleza resulta indivisible o pueda desmerecer mucho por su división y se adjudique la propiedad exclusiva del bien a una de las personas comuneras, abonando a la otra persona copropietaria el exceso en dinero".

Aunque no lo planteo en mi consulta inicial, la adjudicación se hará compensando con dinero al resto de los herederos.
02/05/2020 12:15
Luis Alberto
Esto lo tiene que plantear en el foro fiscal. Aquí solo tratamos de sucesiones, que no tienen nada que ver con los impuestos (siempre cambiantes) que las administraciones conectan al hecho de la muerte.
04/05/2020 11:20
Grisolía
Ok. . Veo que ya lo han cambiado de foro. Muchas Gracias
04/05/2020 19:34
Luis Alberto
En la extinción de condominio no se paga Plusvalía Municipal, no obstante, en algunos Ayuntamientos piden que la liquides a Cuota Cero.
Pago de plusvalía municipal al adjudicar la herencia | PorticoLegal
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Pago de plusvalía municipal al adjudicar la herencia
01/05/2020 11:28
Buenos días
Han transcurrido 6 años desde que se heredó una vivienda y por la que los herederos ya pagaron en su día la plusvalía y el IS, sin más trámites. Ahora se va a adjudicar la vivienda a uno de los herederos. ¿Tiene que pagar la plusvalía municipal el heredero que se adjudica la vivienda por el periodo transcurrido de 6 años?

Un saludo y gracias
02/05/2020 12:05
Luis Alberto
Me respondo a mi mismo.
Después de leer la información que proporciona la web del Ayto de Madrid, que es donde está la vivienda, estaría exento de pagar la plusvalía.

". ¿Cuándo NO tributa en plusvalía la extinción del condominio?

.-En los que no hay excesos de adjudicación.

.- En el supuesto de que se produzcan excesos de adjudicación, siempre que se trate de un único bien que por su naturaleza resulta indivisible o pueda desmerecer mucho por su división y se adjudique la propiedad exclusiva del bien a una de las personas comuneras, abonando a la otra persona copropietaria el exceso en dinero".

Aunque no lo planteo en mi consulta inicial, la adjudicación se hará compensando con dinero al resto de los herederos.
02/05/2020 12:15
Luis Alberto
Esto lo tiene que plantear en el foro fiscal. Aquí solo tratamos de sucesiones, que no tienen nada que ver con los impuestos (siempre cambiantes) que las administraciones conectan al hecho de la muerte.
04/05/2020 11:20
Grisolía
Ok. . Veo que ya lo han cambiado de foro. Muchas Gracias
04/05/2020 19:34
Luis Alberto
En la extinción de condominio no se paga Plusvalía Municipal, no obstante, en algunos Ayuntamientos piden que la liquides a Cuota Cero.