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Préstamo entre dos particulares.

1 Comentarios
 
Préstamo entre dos particulares.
21/01/2019 11:43
Buenos días, mi consulta sería a siguiente:
Un préstamo entre dos particulares en documento privado firmado por ambas partes, que no se ha registrado en la Comunidad de Madrid, ni tampoco se ha elevado a documento público ante Notario, en el que uno deja al otro 6000€ y el otro entrega una moto valorada en la misma cantidad como garantía.
La duración es de 2 años, y la persona que ha prestado el dinero tiene la posesión de la moto, pero la otra persona mantiene la propiedad.

Está próximo a vencer el plazo de los dos años, si no devuelve el dinero (ya que la relación entre ambas partes ahora no son buenas ) y se tiene que quedar la moto, cuál sería el quehacer respectivo para apropiarse de la moto en propiedad, quién pagaría los gastos de cambio de titularidad de la gestoria de la moto si el contrato no dice nada al respecto, hay que mandar un burofax, es un proceso monitorio, etc

Muchas gracias por su ayuda.
Alfredo
21/01/2019 16:44
Alfredom3597
Aunque la cuantía está en el límite del juicio verbal-juicio ordinario, la materia de este asunto (resolución por incumplimiento y ejecución de una garantía) se corresponde con este último, por lo que eso es una demanda que les tiene que presentar un procurador como inicio de un procedimiento dirigido por un letrado. En ningún caso se puede acudir al juicio monitorio, puesto que es preciso fijar el título de reclamación, su alcance, la cantidad líquida adeudada (gastos de la transferencia incluidos) y la modalidad de ejecución de la garantía. Vayan por tanto a un abogado que se haga cargo del asunto.
Préstamo entre dos particulares. | PorticoLegal
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Préstamo entre dos particulares.
21/01/2019 11:43
Buenos días, mi consulta sería a siguiente:
Un préstamo entre dos particulares en documento privado firmado por ambas partes, que no se ha registrado en la Comunidad de Madrid, ni tampoco se ha elevado a documento público ante Notario, en el que uno deja al otro 6000€ y el otro entrega una moto valorada en la misma cantidad como garantía.
La duración es de 2 años, y la persona que ha prestado el dinero tiene la posesión de la moto, pero la otra persona mantiene la propiedad.

Está próximo a vencer el plazo de los dos años, si no devuelve el dinero (ya que la relación entre ambas partes ahora no son buenas ) y se tiene que quedar la moto, cuál sería el quehacer respectivo para apropiarse de la moto en propiedad, quién pagaría los gastos de cambio de titularidad de la gestoria de la moto si el contrato no dice nada al respecto, hay que mandar un burofax, es un proceso monitorio, etc

Muchas gracias por su ayuda.
Alfredo
21/01/2019 16:44
Alfredom3597
Aunque la cuantía está en el límite del juicio verbal-juicio ordinario, la materia de este asunto (resolución por incumplimiento y ejecución de una garantía) se corresponde con este último, por lo que eso es una demanda que les tiene que presentar un procurador como inicio de un procedimiento dirigido por un letrado. En ningún caso se puede acudir al juicio monitorio, puesto que es preciso fijar el título de reclamación, su alcance, la cantidad líquida adeudada (gastos de la transferencia incluidos) y la modalidad de ejecución de la garantía. Vayan por tanto a un abogado que se haga cargo del asunto.