Matrimonio que ha sido demandado en una reclamación de cantidad.
La señora se encuentra con demencia senil y por tanto no puede otorgar el poder a pleitos. No se encuentra incapacitada judicialmente.
He presentado escrito manifestandolo al juzgado, adjuntando documento medico donde se dice la enfermedad que padece y solicito se siga el procedimiento frente a la otra persona.
Pues bien, me deniegan todo ello por no haber acreditado que no puede otorgar poder y la tienen por no personada.
Es evidente que la documentación que has presentado sobre la incapacidad de la señora no es suficiente. Puedes presentar una demanda de modificación de capacidad (con nombramiento de tutor) y que se designe un defensor judicial a la señora, tanto para bregar con la incapacidad como con el ordinario que tienes, en tanto sea nombrado el tutor. Te reconocerán la posibilidad de que el defensor judicial otorgue poder, y podrás empezar a actuar a nombre de la señora a partir de esa fecha, aunque no se retrotraerán las actuaciones.
se me ocurre también que si no hago nada y por tanto se le tiene por no personado, en rebeldía pero sí sigue el procedimiento frente al marido codemandado,tampoco perjudica en nada a la señora, únicamente la sentencia le vinculará .