Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿Quién corresponde pagar revisión y reparación de caldera ?

9 Comentarios
 
¿quién corresponde pagar revisión y reparación de caldera ?
06/12/2020 20:33
Vivimos en un piso de alquiler, el otro dia vino un técnico de repsol para la revisión obligatoria de caldera, butano, etc, de revisión nos hicieron pagar a nosotros 87 euros, los propietarios no han pagado, aunque hace 4 si lo que pagaron y esta vez no, el técnico detecto anomalía e hizo un presupuesto 200 euros, la inmobilitaria dice que nos toca pagar, propietarios no pagan, pero según he buscado por internet si la pequeña reparación es inferior a 150 euros si paga inquilino, la cual cosa no es el caso, ¿necesitamos ayuda que se puede hacer? Inmobiliaria dice que si descontamos de alquiler nos lo reclamarían, ¿qué se puede hacer?
06/12/2020 23:11
Depende de lo que sea exactamente esa anomalía, e incluso de la ciudad desde la que consulte:

SAP Zaragoza, Sección 4, nº 439/2005, de 28/07/2005, Rec. 242/2005): como fue puesto a disposición de la arrendataria en buen estado de funcionamiento debe concluirse que la reparación obedece al desgaste propio del uso, de manera que el importe de su reparación incumbe a la arrendataria.

En el mismo sentido SAP Barcelona (Sección 4ª) de 19-07-2012.

En contra: SAP Madrid 756/2004, Sección 14ª, de 14 de octubre.

Importe: 248,96 €. "No creemos que la reparación de la bomba de la caldera, que ascendió a un precio equivalente al importe del 60% de una mensualidad de renta, pueda calificarse como una de las pequeñas reparaciones a las que alude el artículo 21.4 de la LAU. "

Pero en Madrid, ahora en contra:

SAP Madrid (Sección 8ª) de 25-10-2010: "Si tenemos en cuenta que lo que la demandante denuncia son averías en la caldera y en la lavadora, hay que admitir que se trata de elementos de uso muy frecuente en la casas sea para la higiene de sus habitantes sea para el lavado de la ropa y que, en consecuencia, sufren un desgaste especial que, de vez en cuando, se traduce en pequeñas reparaciones o tareas de mantenimiento (limpieza de filtros, sustituciones piezas u otros elementos…). Averías, a veces tan normales, que es preciso reparar de modo inmediato y que, por lo general (excepción hecha de algunos fontaneros o servicios técnicos), comportan un gasto normal en una vivienda. "

Necesito que exponga la razón concreta de la anomalía, si puede.
06/12/2020 23:12
Y también, si es posible, diga cuál es la renta mensual de la vivienda.
07/12/2020 07:02
Hoplon
ciudad Barcelona

es una pena que no permite subir fotos ,anomalías son fuga de gas , reductor no va , algo que no cumple normativa
07/12/2020 10:36
La sustitución de una caldera por fin de su vida útil no corresponde al inquilino (Audiencia de Barcelona, Sección 4ª, 442/2012). A sensu contrario, las reparaciones si, interpreto yo.

Una fuga seguramente es desgaste del latiguillo:

SAP Madrid, Sección 9ª, 259/2013, de 21-6, la reparación de un latiguillo del calentador y la indemnización por la inundación causada corresponden al inquilino.

También la ya citada SAP Madrid 756/2004, Sección 14ª, de 14 de octubre hace referencia a un importe parecido al que usted menciona, y concluye que la rotura de un elemento interior que no es manipulable por el usuario desde el exterior corresponde al casero, pero este no es el caso del latiguillo.

Lo que usted refiere en segundo lugar me induce a pensar que hablamos de anomalías en la combustión: limpieza de quemadores y deshollinado de la chimenea. Esto correspondería al inquilino.

Cunado le he preguntado la cuantía de la renta es por un motivo: en muchas sentencias se alude a un límite de gasto, pero no tan vinculado a una cifra concreta de 150 €, como relacionado con un porcentaje de la renta mensual: si esos 200 € que menciona son la renta de una semana me inclino a creer que le podrían hacer a usted responsable del pago, si son la renta de medio mes sería a la inversa. También se valora, la antigüedad del contrato, y de la propia caldera.

Volvamos a la Audiencia de Barcelona:

La St, nº 1182, Sección: 4, de 27/12/2019, Ponente: MARTA DOLORES DEL VALLE GARCIA acepta el pago a medias de la caldera reemplazada entre casero e inquilino, cabe interpretar que imputaría las tareas que nos ocupan como a cargo del inquilino. Ojo: esto es interpretar, hacer un juicio sobre lo que diría en este caso, pero nada más.

La St. nº 230 de 13/04/2018, Ponente: MARIA MERCEDES HERNANDEZ RUIZ-OLALDE, reseña, si bien "obiter dicta" que la falta de funcionamiento de la caldera impide la habitabilidad, cabe interpretar por lo tanto que se imputa al casero el gasto necesario para restablecer la misma.

Y ahora vamos a la solución práctica del asunto:

Tener calefacción en invierno es urgente y necesario: si puede demostrar con correos o "guasap" que le ha reclamo ya le arreglo al casero (esto es necesario) pague usted esos 200 €, y luego reclámelos al casero en un juicio verbal que por ser de poca cuantía no requiere ni abogado ni procurador: obtendrá usted una resolución que tal vez satisfaga sus aspiraciones o tal vez no, pero en todo caso, un juez habrá examinado su problema.
07/12/2020 11:04
Hoplon
Hola, detallo anomalias

fuga de gas e nla instalalción o aparatos

deficinecias apreciables en los conductos de evacuación de los productos de la combustion

tubo flexible inadecuado, coenxión defectuosa del mimso o en contacto con partes calientes

falta el sistema de detección y corte de gas, en contra de lo indicado de la norma UNE 60670-6

eso no nos correponde, renta es 575, no podemos pagar 200 euros encima de alg uqe noostros no hemos estropeado ni tocado, revisión 87 si hemos pagado aunque no entiendo porque , gracias
07/12/2020 12:23
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
Yo creo que corresponde al casero pero es discutible, al final es una cuestión de prueba.
De todas formas, al ser tan poco dinero, puede interponer una demanda que al ser de importe inferior a 2000 euros puede llevarse a cabo sin abogado ni procurador, y por tanto "gratis". No pierde nada.
07/12/2020 13:41
Buenos dias
Voy a realizar un contrato nuevo de alquiler(aun negociandolo) en un piso que ya compartia (y donde estoy viviendo ahora) con la persona que figuraba en el contrato y que ha rescindido a su finalizacion. El piso tiene bastantes desperfectos que el propietario, en principio, se compromete a hacerlos sin determinar plazos de ejecucion,
Hemos acordado que figuren en un anexo al contrato, pero y si no los realiza, como puedo hacer que lo cumpla? Hay alguna forma juridica para estar protegido ante esta situacion?

Muchas gracias
un saludo
07/12/2020 15:25
Si no le importa inicie un hilo nuevo para realizar esta misma pregunta y que asi no mezclemos los asuntos,
07/12/2020 16:55
leonjbr
perdon, no me di cuenta de que estaba en otro tema
gracias!