Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿QuiÉn paga reparación en terraza privada?

8 Comentarios
 
¿quién paga reparación en terraza privada?
12/04/2020 19:19
Buenas tardes y muchas gracias por vuestro tiempo,

Me gustaría exponeros mi situación para aclarar a quien debería reclamar y que debería reclamar.

Vivo en una planta baja de un bloque de vecinos, en propiedad. La comunidad de vecinos tubo que contratar a una empresa para cambiar parte de la fachada por problemas con las piedras que revestían la fachada. La empresa encargada de la obra hizo uso de mi terraza (de propiedad privada) para dejar el material (palets de losas de piedra). Aparte, la caída de numerosas piedras a mi terraza al realizar la obra han echo que tenga más de 20 baldosas dañadas, muchas de ellas partidas en dos.

He hablado con la empresa de la obra,que reconoce los daños y me ha dado los datos de su seguro de responsabilidad civil para que reclame a su seguro. También he hablado con mi seguro para que trámite y reclame estos daños a la empresa de la obra.

La cuestión es que las baldosas que tengo instaladas dejaron de fabricarse, aunque tienen 10 años, la fábrica cerró y no hay ninguna similar ni en color, acabado, ni medida (son de medidas especiales 31x31).
La única forma que podría quedar bien sería la de sustituir todas las baldosas por unas nuevas, cuyo presupuesto he presentado a mi seguro (a petición de ellos) y son nada más y menos que 5000€, es una terraza de 75m2.
Como dato os diré que yo en mi seguro tengo "daños estéticos" por valor de 3800€ cubiertos.

Me gustaría saber en principio quien debería abonar dicho daño (seguro de la obra, comunidad,mi seguro o a partes) y en segundo lugar que debería reclamar, el total de las baldosas (cambio total) o ¿debería pagar una parte la empresas de la obra (su seguro) y el resto mi seguro en concepto de daños esteticos?

La verdad que estoy echo un lío y me da que mi seguro no ponga toda la insistencia.... de momento a mi casa ya ha venido un perito de mi seguro a sacar fotos y me comenta que presente otro presupuesto con otra solución que no sea cambiar todas las baldosas...

Si me podríais dar algo de luz os lo agradecería
Muchas gracias
13/04/2020 09:37
txonki
Es mejor que plantee usted esta cuestión en el foro de Propiedad Horizontal.
13/04/2020 12:07
txonki
no estoy muy segura que la terraza sea de su propiedad, lo más probable que sea comunitaria y que usted tenga el uso y disfrute.
en cualquier caso, su seguro no tiene que correr con ningun gasto, usted de su seguro lo unico que tiene que hacer uso es del servicio jurídico que será quien se encarge de que la empresa arregle los desperfectos, y si hay que cambiar todas las losas pues se cambian.
el servicio juridico del seguro de la comunidad tambien puede realizar las gestiones con el seguro de la empresa
13/04/2020 12:47
txonki
Creo que la mejor solución que tiene usted es contratar un abogado y comunicar a la Compañía de seguros que adopta el sistema de libre elección de abogado para defender sus intereses, de modo que sea la Compañía de seguros la encargada de abonar los honorarios del profesional que usted escoja, aunque probablemente habrá algún tipo de franquicia.

Salvo mejor criterio.
13/04/2020 15:10
txonki
El servicio juridico de su banco tiene los correspondientes abogados, por lo tanto no necesita la contratacion de un abogado, dado que los abogados del seguro son gratuitos
13/04/2020 15:10
txonki
Es un problema de consumo, acuda a una oficina de defensa de consumidores. Lo debe pagar la empresa que ha causado el daño, en su defecto el seguro de dicha empresa, naturalmente le deducirán el tiempo que se considera utilizado, por tanto hay un desgaste natural por trascurso de tiempo, esa diferencia lo debe abonar la comunidad suponiendo que en el título constitutivo no apetezca expresamente que esa terraza es privativa. Si la comunidad tiene seguro, si le pertenece que ese periodo se lo cubra por daños en el contenido.
14/04/2020 13:56
txonki
Muchas gracias por vuestras respuestas, son de mucha utilidad para saber por donde tirar.

La terraza es de "propiedad privada exclusiva a la vivienda a la que pertenece", así consta en escrituras.

¿El seguro de la empresa debería abonar el presupuesto (descontando esa depreciación por uso) o debería mandar su gremio a realizar dicha obra?
15/04/2020 10:10
txonki
Puede optar por cualquiera de las dos posibilidades, siempre contado con tu conformidad.
15/04/2020 22:39
txonki
No he entendido muy bien las respuestas de Cameliasafe. No me parecen adecuadas.


El planteamiento de pen24 es más adecuado y puede ser una posibilidad a estudiar.


Sigo pensando que contratar un abogado es lo mejor que puede hacer, teniendo en cuenta que sus honorarios los debe pagar la Compañía de seguros de su vivienda comunicando a la misma que opta por contratar al abogado de su libre elección y no a los de la Compañía.


Quizá haya algún tipo de franquicia en la póliza pero no creo que en este caso se aplique porque la cuantía de la reparación no es muy alta.


La reclamación debe hacerla a la Comunidad y que la Comunidad repita contra la empresa contratada si lo consideran conveniente.


Salvo mejor criterio.
¿QuiÉn paga reparación en terraza privada? | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

¿QuiÉn paga reparación en terraza privada?

8 Comentarios
 
¿quién paga reparación en terraza privada?
12/04/2020 19:19
Buenas tardes y muchas gracias por vuestro tiempo,

Me gustaría exponeros mi situación para aclarar a quien debería reclamar y que debería reclamar.

Vivo en una planta baja de un bloque de vecinos, en propiedad. La comunidad de vecinos tubo que contratar a una empresa para cambiar parte de la fachada por problemas con las piedras que revestían la fachada. La empresa encargada de la obra hizo uso de mi terraza (de propiedad privada) para dejar el material (palets de losas de piedra). Aparte, la caída de numerosas piedras a mi terraza al realizar la obra han echo que tenga más de 20 baldosas dañadas, muchas de ellas partidas en dos.

He hablado con la empresa de la obra,que reconoce los daños y me ha dado los datos de su seguro de responsabilidad civil para que reclame a su seguro. También he hablado con mi seguro para que trámite y reclame estos daños a la empresa de la obra.

La cuestión es que las baldosas que tengo instaladas dejaron de fabricarse, aunque tienen 10 años, la fábrica cerró y no hay ninguna similar ni en color, acabado, ni medida (son de medidas especiales 31x31).
La única forma que podría quedar bien sería la de sustituir todas las baldosas por unas nuevas, cuyo presupuesto he presentado a mi seguro (a petición de ellos) y son nada más y menos que 5000€, es una terraza de 75m2.
Como dato os diré que yo en mi seguro tengo "daños estéticos" por valor de 3800€ cubiertos.

Me gustaría saber en principio quien debería abonar dicho daño (seguro de la obra, comunidad,mi seguro o a partes) y en segundo lugar que debería reclamar, el total de las baldosas (cambio total) o ¿debería pagar una parte la empresas de la obra (su seguro) y el resto mi seguro en concepto de daños esteticos?

La verdad que estoy echo un lío y me da que mi seguro no ponga toda la insistencia.... de momento a mi casa ya ha venido un perito de mi seguro a sacar fotos y me comenta que presente otro presupuesto con otra solución que no sea cambiar todas las baldosas...

Si me podríais dar algo de luz os lo agradecería
Muchas gracias
13/04/2020 09:37
txonki
Es mejor que plantee usted esta cuestión en el foro de Propiedad Horizontal.
13/04/2020 12:07
txonki
no estoy muy segura que la terraza sea de su propiedad, lo más probable que sea comunitaria y que usted tenga el uso y disfrute.
en cualquier caso, su seguro no tiene que correr con ningun gasto, usted de su seguro lo unico que tiene que hacer uso es del servicio jurídico que será quien se encarge de que la empresa arregle los desperfectos, y si hay que cambiar todas las losas pues se cambian.
el servicio juridico del seguro de la comunidad tambien puede realizar las gestiones con el seguro de la empresa
13/04/2020 12:47
txonki
Creo que la mejor solución que tiene usted es contratar un abogado y comunicar a la Compañía de seguros que adopta el sistema de libre elección de abogado para defender sus intereses, de modo que sea la Compañía de seguros la encargada de abonar los honorarios del profesional que usted escoja, aunque probablemente habrá algún tipo de franquicia.

Salvo mejor criterio.
13/04/2020 15:10
txonki
El servicio juridico de su banco tiene los correspondientes abogados, por lo tanto no necesita la contratacion de un abogado, dado que los abogados del seguro son gratuitos
13/04/2020 15:10
txonki
Es un problema de consumo, acuda a una oficina de defensa de consumidores. Lo debe pagar la empresa que ha causado el daño, en su defecto el seguro de dicha empresa, naturalmente le deducirán el tiempo que se considera utilizado, por tanto hay un desgaste natural por trascurso de tiempo, esa diferencia lo debe abonar la comunidad suponiendo que en el título constitutivo no apetezca expresamente que esa terraza es privativa. Si la comunidad tiene seguro, si le pertenece que ese periodo se lo cubra por daños en el contenido.
14/04/2020 13:56
txonki
Muchas gracias por vuestras respuestas, son de mucha utilidad para saber por donde tirar.

La terraza es de "propiedad privada exclusiva a la vivienda a la que pertenece", así consta en escrituras.

¿El seguro de la empresa debería abonar el presupuesto (descontando esa depreciación por uso) o debería mandar su gremio a realizar dicha obra?
15/04/2020 10:10
txonki
Puede optar por cualquiera de las dos posibilidades, siempre contado con tu conformidad.
15/04/2020 22:39
txonki
No he entendido muy bien las respuestas de Cameliasafe. No me parecen adecuadas.


El planteamiento de pen24 es más adecuado y puede ser una posibilidad a estudiar.


Sigo pensando que contratar un abogado es lo mejor que puede hacer, teniendo en cuenta que sus honorarios los debe pagar la Compañía de seguros de su vivienda comunicando a la misma que opta por contratar al abogado de su libre elección y no a los de la Compañía.


Quizá haya algún tipo de franquicia en la póliza pero no creo que en este caso se aplique porque la cuantía de la reparación no es muy alta.


La reclamación debe hacerla a la Comunidad y que la Comunidad repita contra la empresa contratada si lo consideran conveniente.


Salvo mejor criterio.