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Reclamación de daños constatados en el lanzamiento

13 Comentarios
 
Reclamación de daños constatados en el lanzamiento
25/04/2018 12:37
Hola:
Alguien me podría aclarar lo siguiente: cuando se constatan daños en el inmueble durante el lanzamiento, tras haberse dictado la sentencia de desahucio, la indemnización de los daños y perjuicios se pueden reclamar a través del procedimiento de ejecución de las rentas debidas o habría que iniciar un procedimiento expreso de reclamacion de daños y perjuicios.
25/04/2018 13:20
Figurin
Hay que iniciar un procedimiento nuevo, entre otras cosas porque en el suplico del desahucio por falta de pago no puede aperecer la indemnización de unos daños que no podían conocerse en el momento de interponerla.
25/04/2018 19:42
Figurin
A mi me aceptaron una vez los daños constatados en una diligencia de lanzamiento (varias puertas y sanitarios rotos, grifos arrancados) como una partida más, igual que la factura del cerrajero o el camión de mudanzas.

Pídelo, total, tienes que pedir los gasto del lanzamiento, y no pierdes nada si no te lo incluyen. No creo que en caso de oposición del lanzado en la tasación de costas te impongan las costas (valga la redundancia) de la oposición.
26/04/2018 08:39
Figurin
Pues si coló, coló pero eso no lo había visto nunca y de hecho me parece del todo irregular. Creo evidente que es un procedimiento distinto y que en ningún caso cabe en las costas. Alucino de que lo hayan admitido en la tasación pero bueno, se ve de todo en los juzgados.
26/04/2018 11:55
Figurin
Por supuesto la opción correcta es la que proponéis Crane y León, yo lo planteo solamente como un atajo, ya que hay que tasar el lanzamiento, por si -como bien dices- cuela.
26/04/2018 13:20
Figurin
Gracias a los tres por vuestras respuestas. Me habéis aclarado la cuestión.Pero, y a modo de reflexion,¿ os parece posible encajarlo en lo dispuesto en el artículo 703.3 de la LEC que remite al art. 712?
No sé si estareis de acuerdo conmigo, pienso que podría seguirse como en lo previsto en los citado artículos, de manera que al instar la ejecución para el pago de las rentas debidas y reconocidas por sentencia, solicitar la liquidación de los daños....no sé si os parece que ello sea viable.
Es que me parece un contratiempo que se tengan que reclamar en procedimiento a parte, cuando estos artículos el 713 y ss. dan la opcion de que si el ejecutado se opone se siga como un verbal.
En fin, no se...¿que os parece?
01/05/2018 13:49
Figurin
Lo lógico en estos casos, sería que se pudiera solicitar con la demanda, una inspección previa por comisión judicial, para constatar los daños y cuantificarlos.
De no permitirse, no se está haciendo sino causar perjuicio al demandante.
02/05/2018 08:37
Figurin
Yo no lo veo ni remotamente, porque en ninguna parte del declarativo se ha determinado que sea el inquilino quien causó esos daños. No se puede ejecutar algo que en la demanda no se pidió y a lo que no se condena en la sentencia, además de que no era objeto del procedimiento.
02/05/2018 09:54
Figurin
Si exactamente lo que dice D. Crane. Siento ser un poco tajante, pero eso de acumular los posibles daños al desahucio es sencillamente una flipada monumental tipo tertulia política de la sexta. Dejaros de inventos y tonterías y de retorcer las normas porque lo que pretendéis no cabe, y si cuela tienes la espada de damocles de que el procedimiento es anulable por indefensión absoluta (tened en cuenta que la indefensión es una institución de rango constitucional).
El cliente tendrá que gastarse el dinero y la paciencia en un nuevo pleito y dejarse de tonterías.
27/03/2019 09:13
Figurin
Por segunda vez me lo han aceptado: he buscado jurisprudencia pero no la encuentro, aún así, el caso es como os digo; me han abierto una pieza separada. Lo comento por si a alguno le fuera de utilidad.

Imagino que puede fundarse en razones de economía procesal. En todo caso, el Derecho evoluciona, y si muchos persisten en este camino, tal vez un remoto día llegue la reforma que lo incluya explicitamente.

Al fin y al cabo, como expuse, ya es habitual que te dejen incluir cerrajero y camión de mudanzas.
23/04/2019 11:32
Figurin
Y en otro juzgado, por el contrario, me lo acaban de rechazar.

Voy a dejar de usar esta vía, porque las reflexiones de algunos compañeros me inducen a pensar que si es lo mejor plantear un juicio separado de reclamación.

Si seguiré incluyendo el cerrajero, porque al fin y al cabo interviene delante de la comisión judicial, y se refleja en el acta.

Con vistas a posteriores reclamaciones, e incluso a descuentos de la fianza, si que señalo que es bueno que en la diligencia de lanzamiento se reflejen todos los daños que aparezcan, porque os recuerdo que a falta de prueba el estado en el que se entregó la vivienda arrendada se presume bueno.
20/06/2019 19:15
Figurin
Yo tuve un procedimiento de desahucio por falta de pago de rentas, en el que llegado a término en el acta se hizo constar daños en el local y en la ejecución de sentencia por las rentas se incluyeron los daños que se mencionaron en el acta, que fueron objeto de informe pericial, tramitándose la ejecución de sentencia con oposición a la reclamación del importe de los daños, aportándose pericial contradictoria.
20/06/2019 20:39
Figurin
Es interesante plantearlo, y ver si se puede seguir. La parte buena es que el "no" ya lo tienes. Lo que quiero decir es que una vez que ejecutas y pides todo, lo peor que puede pasar es que te rechacen los daños. Naturalmente, peligran las costas de la ejecución.
11/09/2019 14:05
Figurin
Pues una vez más me lo han aceptado, al invocar el art. 703 LEC:
"(...)
3. De hacerse constar en el lanzamiento la existencia de desperfectos en el inmueble originados por el ejecutado o los ocupantes, se podrá acordar la retención y constitución en depósito de bienes suficientes del posible responsable, para responder de los daños y perjuicios causados, que se liquidarán, en su caso y a petición del ejecutante, de conformidad con lo previsto en los artículos 712 y siguientes."