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Reclamación extracciones dinerarias tarjeta débito

1 Comentarios
 
Reclamación extracciones dinerarias tarjeta débito
06/08/2020 11:22
Doña Rosa se casa en segundas nupcias con Don José Carlos.

Dicho matrimonio NO tiene descendientes.

A ambos los cuidaba en vida Dª María del Carmen.

Doña Rosa tiene un hijo de su primer matrimonio llamado Don José Luís.

Al fallecer Don José Carlos en 2010 su esposa Doña Rosa no demanda ni denuncia por unas
extracciones dinerarias efectuadas de la cuenta corriente de Don José Carlos posteriores a su
fallecimiento con una tarjeta de débito que tenía su cuidadora Dª María del Carmen dado que ella
autorizaba dichas extracciones dinerarias. La tarjeta de débito estaba a nombre de Dª María
del Carmen. Sin embargo, al fallecer Doña Rosa, y sin que ella hubiese emprendido acciones legales contra Dª María del Carmen por las extracciones dinerarias efectuadas, el hijo (Don José Luís) si que reclama judicialmente vía demanda de juicio ordinario a Dª María del Carmen las extracciones dinerarias efectuadas de la cuenta corriente de Don José Carlos con la tarjeta de débito. Doña Rosa no fue incapacitada en ningún momento. Don José Luís (el heredero de Doña Rosa) es continuador de la personalidad jurídica de su madre,pero si la madre pudiendo reclamar el dinero NO LO HIZO;

¿puede reclamar Don José Luís a Dª María del Carmen el dinero de las extracciones?. ¿Está
legitimado para ello?, ¿dicha reclamación no iría contra los actos propios de Dª. Rosa y por tanto el hijo no estaría legitimado para ello?.
06/08/2020 20:49
El hijo de los propietarios del dinero está facultado para exigir lo que correspondía a sus padres. Esta situación de una cuidadora que toma el dinero para atender a los ancianos es muy común, porque en general el acto de ir al cajero puede resultar gravoso para la gente mayor. Pero en lo que respecta a su pregunta sobre la legitimación, el hijo ha heredado de sus padres la plena capacidad legal de reclamación.
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Reclamación extracciones dinerarias tarjeta débito

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Reclamación extracciones dinerarias tarjeta débito
06/08/2020 11:22
Doña Rosa se casa en segundas nupcias con Don José Carlos.

Dicho matrimonio NO tiene descendientes.

A ambos los cuidaba en vida Dª María del Carmen.

Doña Rosa tiene un hijo de su primer matrimonio llamado Don José Luís.

Al fallecer Don José Carlos en 2010 su esposa Doña Rosa no demanda ni denuncia por unas
extracciones dinerarias efectuadas de la cuenta corriente de Don José Carlos posteriores a su
fallecimiento con una tarjeta de débito que tenía su cuidadora Dª María del Carmen dado que ella
autorizaba dichas extracciones dinerarias. La tarjeta de débito estaba a nombre de Dª María
del Carmen. Sin embargo, al fallecer Doña Rosa, y sin que ella hubiese emprendido acciones legales contra Dª María del Carmen por las extracciones dinerarias efectuadas, el hijo (Don José Luís) si que reclama judicialmente vía demanda de juicio ordinario a Dª María del Carmen las extracciones dinerarias efectuadas de la cuenta corriente de Don José Carlos con la tarjeta de débito. Doña Rosa no fue incapacitada en ningún momento. Don José Luís (el heredero de Doña Rosa) es continuador de la personalidad jurídica de su madre,pero si la madre pudiendo reclamar el dinero NO LO HIZO;

¿puede reclamar Don José Luís a Dª María del Carmen el dinero de las extracciones?. ¿Está
legitimado para ello?, ¿dicha reclamación no iría contra los actos propios de Dª. Rosa y por tanto el hijo no estaría legitimado para ello?.
06/08/2020 20:49
El hijo de los propietarios del dinero está facultado para exigir lo que correspondía a sus padres. Esta situación de una cuidadora que toma el dinero para atender a los ancianos es muy común, porque en general el acto de ir al cajero puede resultar gravoso para la gente mayor. Pero en lo que respecta a su pregunta sobre la legitimación, el hijo ha heredado de sus padres la plena capacidad legal de reclamación.