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Recurso de reforma por sobreseimiento.

1 Comentarios
 
Recurso de reforma por sobreseimiento.
18/01/2024 18:03
Buenas tardes.
Sufri una agresión y fui a un hospital de la capital para que me atendieran. Presente la denuncia en la Guardia Civil del lugar en donde ocurrió (junto con el parte de lesiones) y la trasladaron al juzgado de la zona, pero me ha llegado una carta de otro juzgado, situado en la localidad en la que está el hospital, diciendo que han recibido un parte de lesiones y que acuerdan el sobreseimiento provisional y archivo porque no se ha justificado la comisión de la agresión. Supongo que ese sobreseimiento se debe a que ese otro juzgado no tiene noticia de la denuncia que yo presente.
Me dicen en la carta que puedo presentar recurso de reforma o de apelación. Les agradecería que me dijeran si, en caso de presentarlo yo, que no soy abogada, lo tendran en consideración, o me contestaran diciendo que lo presente un abogado o ni siquiera me contestaran por no ser abogada? Si me contestan diciendo que lo presente un abogado, me darán un nuevo plazo?
También les agradecería que me dijeran si, en caso de no presentar el recurso, el procedimiento seguirá adelante en el primer juzgado.
Muchas gracias por su ayuda.
19/01/2024 18:50
Hola,

Aunque no hubiesen decretado el sobreseimiento, deberían haberse inhibido a favor del juzgado del lugar de la comisión de los hechos, que es el territorialmente competente. Si presentas recurso por ti misma te lo inadmitirán por no estar presentado con abogado y/o procurador. Si bien es posible que te den plazo para subsanar, puede que lo tengan por no presentado.

Los procedimientos son distintos y, como he indicado, el primer juzgado debería haberse inhibido al segundo, por lo que el procedimiento debería continuar en el juzgado del lugar de la comisión de los delitos.

Mi recomendación es que comparezcas en este último. Si han instruido como Diligencias Previas deberás hacerlo con abogado y procurador, si han incoado como Delito Leve podrás comparecer sin necesidad de estos profesionales, aunque nada te impide designar abogado.

Un saludo.
Recurso de reforma por sobreseimiento. | PorticoLegal
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Recurso de reforma por sobreseimiento.

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Recurso de reforma por sobreseimiento.
18/01/2024 18:03
Buenas tardes.
Sufri una agresión y fui a un hospital de la capital para que me atendieran. Presente la denuncia en la Guardia Civil del lugar en donde ocurrió (junto con el parte de lesiones) y la trasladaron al juzgado de la zona, pero me ha llegado una carta de otro juzgado, situado en la localidad en la que está el hospital, diciendo que han recibido un parte de lesiones y que acuerdan el sobreseimiento provisional y archivo porque no se ha justificado la comisión de la agresión. Supongo que ese sobreseimiento se debe a que ese otro juzgado no tiene noticia de la denuncia que yo presente.
Me dicen en la carta que puedo presentar recurso de reforma o de apelación. Les agradecería que me dijeran si, en caso de presentarlo yo, que no soy abogada, lo tendran en consideración, o me contestaran diciendo que lo presente un abogado o ni siquiera me contestaran por no ser abogada? Si me contestan diciendo que lo presente un abogado, me darán un nuevo plazo?
También les agradecería que me dijeran si, en caso de no presentar el recurso, el procedimiento seguirá adelante en el primer juzgado.
Muchas gracias por su ayuda.
19/01/2024 18:50
Hola,

Aunque no hubiesen decretado el sobreseimiento, deberían haberse inhibido a favor del juzgado del lugar de la comisión de los hechos, que es el territorialmente competente. Si presentas recurso por ti misma te lo inadmitirán por no estar presentado con abogado y/o procurador. Si bien es posible que te den plazo para subsanar, puede que lo tengan por no presentado.

Los procedimientos son distintos y, como he indicado, el primer juzgado debería haberse inhibido al segundo, por lo que el procedimiento debería continuar en el juzgado del lugar de la comisión de los delitos.

Mi recomendación es que comparezcas en este último. Si han instruido como Diligencias Previas deberás hacerlo con abogado y procurador, si han incoado como Delito Leve podrás comparecer sin necesidad de estos profesionales, aunque nada te impide designar abogado.

Un saludo.