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Reparto de seguro de renta vitalicia

5 Comentarios
 
Reparto de seguro de renta vitalicia
20/12/2018 21:58
Hola a todos!!
Estoy bastante preocupado por unos seguros vitalicios que tenia mi madre y de la cual ella era la beneficiaria. En su testamento dejo a un hermano mío como heredero universal y a mi la legitima. Los seguros los tenia antes de que hiciera su testamento y en el testamento no metió esos seguros.
Mi madre falleció en el 2015, hace dos meses que hemos firmado la adjudicación de la herencia. Como ya sabemos los seguros vitalicios no entran dentro de la la masa hereditaria y una vez hemos mandando todos lo papeles al banco con la adjudicación y demás papeles, la asesoría jurídica del banco ha dictaminado que los seguros se deben repartir al 50% entre los dos. A mi me lo han transferido, pero mi dinero esta retenido a falta de que el firme su documento, pero como no esta de acuerdo con el reparto del banco dice que no lo va a firmar y que lo va a reclamar.
Ha hecho el banco mal el reparto (entiendo que no puesto que son abogados y profesionales del sector financiero)? A que me atengo en el caso de que no quiera firmar? Puedo reclamar al banco que desbloquee mi parte? Puede mi hermano impugnar ese reparto de alguna manera y quedarme solo con la legitima de los seguros?
Gracias de antemano y espero que alguien me pueda ayudar en este aspecto.
20/12/2018 22:22
Flordelis00
El banco ha actuado con total corrección, puesto que ese dinero se reparte al 50%. Tiene usted razón con respecto a la naturaleza del seguro, que está al margen de la masa hereditaria. La única condición con respecto a los seguros suscritos por el causante es que los herederos tengan cubierta su porción legítima, para evitar una desproporción que devendría de usar esta vía como un fraude para eludir las normas de reparto hereditario (por ejemplo, suscribiendo un seguro que absorbiese la totalidad de los fondos del causante). Por lo tanto, su hermano NO tiene razón y el banco sí que la tiene. Y, desde luego, la aseguradora también lo tiene claro.
21/12/2018 17:42
Flordelis00
Muchísimas Gracias Carlos!
Me queda una consulta mas y ya no le molesto mas. Da igual que el seguro haya sido la beneficiaria ella?? Ella no designo beneficiarios a nadie, aun asi corresponde lo mismo el 50%??
Puedo reclamar al banco que aunque el no firme mi hermano su parte, desbloqueen mi saldo que me lo han dejado retenido??
Muchísimas gracias de nuevo por todo, me deja mas tranquilo.

Un saludo
22/12/2018 09:57
Flordelis00
Su madre no era beneficiaria del seguro, pues es un contrasentido que alguien sea beneficiario del seguro contra su propia muerte. Lo que ocurrió es que no designó a nadie como beneficiario de la póliza, y en esos casos la ley señala que el beneficiario serán (tras el cónyuge), los hijos A PARTES IGUALES. Como se trata de un capital que no pertenece a la masa hereditaria, el banco ha dado cumplimiento a la ley, y usted puede reclamar a la aseguradora su mitad de la póliza, con independencia de lo que haga su hermano. En relación a éste, es evidente que considera que eso es capital relicto de la masa hereditaria y que él, como heredero universal, tendría derecho al 85% (frente a la legítima de usted, de un 15%) y por tanto, a bastante más del 50% que le corresponde. Manténgase firme, Flor de Lís: su derecho por encima de todo.
23/12/2018 15:00
Flordelis00
Efectivamente reclame sus derechos. El Banco no tiene potestad para retener nada. Se están extralimitando en sus atribuciones. El Seguro tiene que estar transferido a una cuenta suya, firme o no su hermano. Y en cuanto al resto de los bienes, mas de lo mismo, ya que la firma de su hermano ha quedado reflejada en la Escritura particional, por lo que el Banco no tiene ninguna capacidad de retener, tampoco por este concepto.
Si el Banco no le atiende, dirija escrito al Departamento de Atención al cliente (que le firmen copia para Vd.) como paso previo a reclamación ante el Banco de España. Ya verá como cambian de actitud.
Hay determinadas oficinas bancarias que se aprovechan de la falta de conocimientos financieros/legales de sus clientes para cometer actos que exceden de sus atribuciones.
26/12/2018 16:27
1996
Muchísimas gracias! Ya hemos procedido a la reclamación vía atención al cliente. Estamos esperando respuesta, si no es satisfactoria haremos la reclamación vía banco de España. Muchísimas gracias por toda su ayuda, me deja mas tranquilo para seguir con esto.
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Reparto de seguro de renta vitalicia
20/12/2018 21:58
Hola a todos!!
Estoy bastante preocupado por unos seguros vitalicios que tenia mi madre y de la cual ella era la beneficiaria. En su testamento dejo a un hermano mío como heredero universal y a mi la legitima. Los seguros los tenia antes de que hiciera su testamento y en el testamento no metió esos seguros.
Mi madre falleció en el 2015, hace dos meses que hemos firmado la adjudicación de la herencia. Como ya sabemos los seguros vitalicios no entran dentro de la la masa hereditaria y una vez hemos mandando todos lo papeles al banco con la adjudicación y demás papeles, la asesoría jurídica del banco ha dictaminado que los seguros se deben repartir al 50% entre los dos. A mi me lo han transferido, pero mi dinero esta retenido a falta de que el firme su documento, pero como no esta de acuerdo con el reparto del banco dice que no lo va a firmar y que lo va a reclamar.
Ha hecho el banco mal el reparto (entiendo que no puesto que son abogados y profesionales del sector financiero)? A que me atengo en el caso de que no quiera firmar? Puedo reclamar al banco que desbloquee mi parte? Puede mi hermano impugnar ese reparto de alguna manera y quedarme solo con la legitima de los seguros?
Gracias de antemano y espero que alguien me pueda ayudar en este aspecto.
20/12/2018 22:22
Flordelis00
El banco ha actuado con total corrección, puesto que ese dinero se reparte al 50%. Tiene usted razón con respecto a la naturaleza del seguro, que está al margen de la masa hereditaria. La única condición con respecto a los seguros suscritos por el causante es que los herederos tengan cubierta su porción legítima, para evitar una desproporción que devendría de usar esta vía como un fraude para eludir las normas de reparto hereditario (por ejemplo, suscribiendo un seguro que absorbiese la totalidad de los fondos del causante). Por lo tanto, su hermano NO tiene razón y el banco sí que la tiene. Y, desde luego, la aseguradora también lo tiene claro.
21/12/2018 17:42
Flordelis00
Muchísimas Gracias Carlos!
Me queda una consulta mas y ya no le molesto mas. Da igual que el seguro haya sido la beneficiaria ella?? Ella no designo beneficiarios a nadie, aun asi corresponde lo mismo el 50%??
Puedo reclamar al banco que aunque el no firme mi hermano su parte, desbloqueen mi saldo que me lo han dejado retenido??
Muchísimas gracias de nuevo por todo, me deja mas tranquilo.

Un saludo
22/12/2018 09:57
Flordelis00
Su madre no era beneficiaria del seguro, pues es un contrasentido que alguien sea beneficiario del seguro contra su propia muerte. Lo que ocurrió es que no designó a nadie como beneficiario de la póliza, y en esos casos la ley señala que el beneficiario serán (tras el cónyuge), los hijos A PARTES IGUALES. Como se trata de un capital que no pertenece a la masa hereditaria, el banco ha dado cumplimiento a la ley, y usted puede reclamar a la aseguradora su mitad de la póliza, con independencia de lo que haga su hermano. En relación a éste, es evidente que considera que eso es capital relicto de la masa hereditaria y que él, como heredero universal, tendría derecho al 85% (frente a la legítima de usted, de un 15%) y por tanto, a bastante más del 50% que le corresponde. Manténgase firme, Flor de Lís: su derecho por encima de todo.
23/12/2018 15:00
Flordelis00
Efectivamente reclame sus derechos. El Banco no tiene potestad para retener nada. Se están extralimitando en sus atribuciones. El Seguro tiene que estar transferido a una cuenta suya, firme o no su hermano. Y en cuanto al resto de los bienes, mas de lo mismo, ya que la firma de su hermano ha quedado reflejada en la Escritura particional, por lo que el Banco no tiene ninguna capacidad de retener, tampoco por este concepto.
Si el Banco no le atiende, dirija escrito al Departamento de Atención al cliente (que le firmen copia para Vd.) como paso previo a reclamación ante el Banco de España. Ya verá como cambian de actitud.
Hay determinadas oficinas bancarias que se aprovechan de la falta de conocimientos financieros/legales de sus clientes para cometer actos que exceden de sus atribuciones.
26/12/2018 16:27
1996
Muchísimas gracias! Ya hemos procedido a la reclamación vía atención al cliente. Estamos esperando respuesta, si no es satisfactoria haremos la reclamación vía banco de España. Muchísimas gracias por toda su ayuda, me deja mas tranquilo para seguir con esto.