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Requisito audiencia previa

1 Comentarios
 
17/09/2020 09:53
Por supuesto que en la Audiencia Previa y en cualquier fase del pleito la parte tiene todas sus facultades íntegras. Puede disponer del objeto del pleito como le parezca mejor, y llegar al acuerdo que quiera. Como además, esos juicios no forman cosa juzgada, en nada perjudica al resto de los herederos.
Requisito audiencia previa
17/09/2020 09:05
Un heredero reclama la recuperación de un bien proindiviso, para la comunidad hereditaria conformada por el único reclamante y 5 hermanos más.

Entiendo que ostenta la legitimación activa ad causam porque reclama para la comunidad hereditaria.

Pero, en la Audiencia Previa, puede considerarse que posee la capacidad para renunciar, allanarse, o transigir, y, así tenerle por compareciente a ese acto.

No olvidemos que el solo ostenta una parte proindivisa del bien que se reclama.

Gracias