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Rescision contrato alquiler

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Rescision contrato alquiler
16/05/2008 10:59
Tengo un piso alquilado con contrato de 2 años. Los inquilinos me avisaron para dejar el piso. En el piso parece que ya no viven, pero no soy capaz de quedar con ellos para formalizar la rescision del contrato.
No tengo nada por escrito que confirmen que dejan el piso , solo de palabra. Los vecinos son testigos de verles haciendo la mudanza y comentarles que se cambiaban de piso.
-¿Puedo entrar en la propiedad? y cambiar la cerradura?
Ademas han incumplido el contrato: deben 1 mes y medio. Facturas de gas/luz.
-¿qué puedo hacer?
Debido a los impagos, van a proceder al corte y retirada de contador que esta a nombre de los inquilinos. Si pago yo la deuda, puedo reclamar luego el dinero a ellos? muchas gracias
16/05/2008 12:29
Cuanto tiempo estuvieron en el piso sus inquilinos desde la firma del contrato hasta que le avisaron de que dejaban el piso?
Primero debe preguntar al portero o llamar a la puerta de su piso insistentemente y llamar por teléfono a horas en las que sea probable encontrarles dentro para asegurarse de que no vive nadie. Si no hay señal de vida lo normal es que entre en su piso puesto que le avisaron de que se iban.
Pague Ud. las facturas adeudadas por los inquilinos y después reclámeles a ellos todo lo que deben.
Para dudas o seguir su caso: abogadoesp@gmail.com
16/05/2008 14:54
6 meses. ¿que importancia tiene este dato?
Si yo entro en el piso, ¿puede demandarme el inquilino? ¿Que derechos tengo sobre mi piso? ¿Puedo volver a alquilar el piso? ¿Tiene valor que me digan de palabra que se marchan? La ultima conversación con ellos, fue que ya no estaban en el piso, pero que les quedaba alguna cosa por recoger y limpiar el piso. Muchas gracias
16/05/2008 17:03
Ni se te ocurra entrar el piso, no sé como Goldesky te recomienda esa temeridad.

Si entras, cambias la cerradura y te denuncian, se te caerá el pelo. Es poco probable que lo hagan pero no serías el primero ni el último, ten en cuenta que, además, hablamos de un delito.

Si no tienes constancia por escrito, el cauce legal, aunque sea lento y te cueste dinero, es el desahucio.

Evidentemente, lo más rápido es que ellos te firmen que se van y ya está, pero si eso no es posible, sólo te queda, actuando legalmente, por la vía del desahucio.
17/05/2008 14:35
Abundando en lo expuesto por @l compañer@ TN, goldensky me parece poco fiable. No sé cómo puede darte estos consejos pero...

Por supuesto que no puedes acceder a la propiedad, NO HAY QUE HACERLO NUNCA. Puede que no sea el caso pero hay verdaderos profesionales del timo en el mundo de los arrendamientos.
Mi consejo, si tiene posibilidades de contactar con ellos por teléfono, es que intente quedar con los inquilinos exponiéndoles la situación, que necesita un documento en el que conste su voluntad de dejar la vivienda y que, mientras no lo hagan seguirán debiendo las mensualidades. Dígales que Ud. no tiene intención de demandarles por estos impagos pero que no le dejan otra salida legal.

Quizás esto les haga reaccionar.

Espero haberle ayudado.

17/05/2008 21:42
Muchas gracias Tn y jupumeper. Seguire vuestros consejos. Ha sido de gran ayuda vuestra informacion. Una vez mas, gracias
17/05/2008 22:05
Hola Universal. Coincido plenamente con la respuesta ofrecida por mi compañero jupumeper.

Reciba un cordial saludo.
19/05/2008 10:51
TN y jupumeper deberían tener más respeto por las opiniones de los demás y no manipular mis consejos. Yo jamás he recomendado a universal que entre por las buenas en ese piso como primera opción, sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente.

Cuando alguien aconseja que acuda al desahucio sin más, también debe decir los inconvenientes, costes y tiempo de espera que eso implica y que el interesado valore y decida, y no quedarse a medias como han hecho jupumeper y TN.

Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar??
Si consideran mi parecer equivocado expongan el suyo sólo con argumentos jurídicos, sin despreciar ni descalificar.
Se aprende a respetar al prójimo antes de ser abogado, no después.
19/05/2008 14:55
goldensky, no he podido resistirme a la tentación de contestarle.
Yo pensaba que había sido un lapsus pasajero por su parte, que a veces nos ocurre a tod@s, pero ante su insistencia y falta de rectificación y para que vea que lo cortés no quita lo valiente, allá va, sin ánimo de polemizar más que lo estrictamente necesario, lo siguiente:

1. "Si no hay señal de vida lo normal es que entre en su piso puesto que le avisaron de que se iban".

Sacro error porque si el arrendador tuviese ese "aviso" por escrito o de modo que pudiera probarlo ni siquiera se habría dirigido al foro. Lo que, a sensu contrario, indica que seguir tus consejos le llevaría a cometer un delito de allanamiento de morada.

2. "Yo jamás he recomendado a universal que entre por las buenas en ese piso como primera opción, sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente".

Muy bien, aún así, estamos en las mismas. El problema del arrendador es de prueba y en Derecho no hay vencedores ni vencidos, sólo "probadores" y "probados".

3. "Cuando alguien aconseja que acuda al desahucio sin más, también debe decir los inconvenientes, costes y tiempo de espera que eso implica y que el interesado valore y decida, y no quedarse a medias como han hecho jupumeper y TN".

Exactamente igual que cuando es Ud. quien aconseja; se le olvidó tipificar la conducta propuesta: ALLANAMIENTO DE MORADA (art. 202 y ss. CP)

4. "Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar?? "

No sé si es que es Ud. omnipresente con lo de la competencia pero le aseguro que no es esa mi motivación. Sería de simples siquiera pensarlo.

5. "Si consideran mi parecer equivocado expongan el suyo sólo con argumentos jurídicos, sin despreciar ni descalificar".

Creo que están más que expuestos.

Ah! Una última cosa:

Todas las soluciones no son extrapolables a similares supuestos. Al arrendador le interesa cobrar pero mucho más le interesa poder disponer libremente de su propiedad cuanto antes. Por ello, y porque además en este caso es la vía correcta, es por lo que tod@s l@s compañer@os hemos recomendado la vía del desahucio. Parece que a Ud. lo que le interesa es acudir al ordinario. Por qué será? No es una pregunta retórica del todo, espero su respuesta.


Saludos compañer@.
19/05/2008 17:11
Yo no tengo que responder a ninguna de sus preguntas teniendo en cuenta su prepotencia desmedida, no me llame compañero porque yo sólo reconozco como tal a quien me respeta tanto como yo a él, pero su mala educación no tiene remedio ha quedado patente.

Aquí Ud. es el único que me ha acusado de incitar al forero a que cometa un delito de allanamiento de morada, pero Ud. qué pretende?? No voy a permitir tal acusación, porque cuando un inquilino desaparece con sus muebles y enseres del piso que ocupaba y el propietario comprueba de distintas formas, si llega el caso, que se ha marchado definitivamente, ese piso deja de ser morada del inquilino por mucho que no envíe la carta de rigor avisándolo, se entera jupumeper?? Esté de acuerdo o no, su obligación jurídica y moral es respetar esa opinión, no denigrarla.

Ud. se comporta como el jefe sabelotodo del foro, cuando aquí cada uno expresa libremente su opinión y nadie tiene derecho a despreciar a quien no opina lo mismo, Ud. lo ha hecho conmigo: eso se llama autoritarismo intolerante y todo lo que se quiera imaginar más.

Picapleitos provocadores e intolerantes hay muchos: no se empeñe Ud. en parecerlo además de serlo.

Tal vez debiera Ud. aprender alemán _también español: "sacro error" (sic)_ y ejercer en la Alemania de los años 30: se sentiría más cómodo, más en su salsa.

No vuelva a dirigirse a mí: yo jamás lo he hecho con Ud. más que para responder a sus intolerables provocaciones.
20/05/2008 11:21
Sabe qué le digo? Que tiene Ud. razón, sus exposiciones se comentan solas y no necesitan de más pérdidas de tiempo por mi parte.

Auf Wiedersehen !!!
20/05/2008 13:01
Goldensky, sinceramente, lo tuyo no sé cómo llamarlo...

"Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar?? "

Dónde manipulo o denigro? lo que has recomendado es una TEMERIDAD que ningún abogado debe recomendar nunca, ni he manipulado lo que tú has dicho, ni te he denigrado.

Pero es que además, después de decírtelo vas y dices "sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente. "

pues ni por esas, sin tener constancia POR ESCRITO que han abandonado la casa, NO PUEDEN ENTRAR porque se arriesgan a una denuncia por allanamiento, eso es algo básico para cualquier abogado que se dedica a estos temas.

Y como no indicamos los plazos y los costes(que por cierto, son imposibles de saber sin saber de dónde es está persona), nos quedamos a medias. Es decir, que lo importante no es que te hayas equivocado gravemente, lo importante es lo que supuestamente nos hemos dejado, quién manipula?

Pero encima te pones de víctima e insultas a los que te han corregido.

Me da que no eres abogado y por eso te pones así, de lo contrario, no tiene explicación lógica.

Tu retórica, tu forma de actuar y tu email, me recuerda a otro "abogado" del foro, Teofilo...
21/05/2008 11:38
Hola goldensky. Permiteme que te tutee pues ambos somos compañeros de profesión y, aunque como dice un amigo mío nunca hayamos comido juntos, creo que es lo más normal.

Yo no dudo de tus conocimientos o valía profesional,pero sí he de decirte que la respuesta que ofreciste en tu primer post es incorrecta. Puedes comprobarlo a través de la abundante jurisprudencia que hay al respecto.

Todos somos humanos y, por ello, susceptibles de cometer errores en todos los ámbitos de nuestra vida, incluido el profesional. En éste y debido a nuestra profesión debemos tratar de ser más cuidadosos y diligentes,pues nuestros errores pueden causar un grave perjuicio a terceras personas(consultantes del foro o clientes del despacho). Creo que ésta ha sido la causa de la reacción, - quizás equivocada en la forma pero acertada en el fondo - de los compañeros jupumeper y Maiz.

Yo no voy a entrar a valorarte como abogado por el error cometido pues no soy quien para hacerlo, y máxime cuando yo también he cometido más de un error en este foro que afortunadamente no causó perjuicio alguno debido, precisamente, a la rápida intervención de algún compañero forista que lo corrigió.

Un saludo.
21/05/2008 16:42
Fe de erratas: Donde dije "de los compañeros jupumeper y Maiz" quise decir "de los compañeros jupumeper y TN"

Un saludo.
28/05/2008 15:06
Muchas gracias por la información facilitada ya que me ha servido de gran ayuda.
Conseguí que firmara un papel comforme rescindían el contrato. Ahora está la segunda parte: no me pagan la renta que deben (1 mes y medio) y facturas de gas/luz y agua. Ahora que debo hacer? Desconozco el domicilio actual y la dirección como domicilio familiar que aparecía en el contrato es la de un centro médico.
Muchas gracias una vez más
28/05/2008 21:27
Me alegro mucho de que haya conseguido su próposito. Supongo que el documento firmado recojerá claramente la voluntad del inquilino de rescindir el contrato y la entrega de llaves. Si es así, ya no hay problema.

Cosa distinta es la reclamación de las rentas y facturas debidas, para lo cual deberá ud. plantearse si le va a resultar útil acudir al juzgado o va a ser mejor dejarlo correr, en función del importe y de su interés. Dice también que no le conoce domicilio, lo que inevitablemente le conduce a citar el que conoce, que puede o no ser ya el actual. En ese caso, la notificación va a resultar lenta y, por ende, el procedimiento también. Puede intentar averiguar si su ex inquilino tiene alguna clase de relación con ese domiicilio pero ya le digo que igual le compensa más olvidarse ya del asunto. Ha recuperado la vivienda que no crea que es fácil ni rápido en muchos casos.

Saludos y hasta otra.

29/05/2008 10:51
Hola Universal. Coincido con la respuesta de mi compañero jupumeper. Sin embargo, si la cuantía de la deuda NO supera los 900€ podrá usted reclamarla judicialmente SIN NECESIDAD de estar asistido por Abogado/a y representado por Procurador/a.

Reciba un cordial saludo.
29/05/2008 11:35
jupumeper, jan gracias por vuestras respuestas. La deuda no supera los 900 € ya que me he quedado con la fianza (aunque es menos que un mes de renta, ya que me convencieron para que se la rebajara...En esto de los alquileres no se puede ser buena persona!). ¿Cómo puedo hacer el reclamo judidicialmente? Por donde empiezo? Muchas gracias
29/05/2008 16:29
Hola Universal. El primer paso es que usted envíe a su exarrendatario un burofax con acuse de recibo, a la dirección que usted posea, en el que conste la cantidad adeudada(rentas de meses x, importe de las facturas de consumos y resta de la fianza), el plazo en que debe pagarla(vg 7 días), la forma(numero de cuenta) y advirtiendo que en caso de no pagar en el plazo indicado usted ejercerá las acciones legales oportunas.

Si no paga en el plazo indicado acuda a un/a profesional de la abogacía para que le redacte la demanda( o puede redactarla usted mismo) y le asesore sobre cómo será el juicio.

Reciba un cordial saludo.
01/06/2008 00:04
Mi intención es dar un ultimatum verbal antes de enviar el burofax y si no actuar judicialmente, pero me pregunto:
Los ingresos recibos por el alquiler no los he declarado a hacienda. ¿Podría el exarrendatario denunciarme por esto? o no tiene nada que ver...
Muchas gracias
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Rescision contrato alquiler
16/05/2008 10:59
Tengo un piso alquilado con contrato de 2 años. Los inquilinos me avisaron para dejar el piso. En el piso parece que ya no viven, pero no soy capaz de quedar con ellos para formalizar la rescision del contrato.
No tengo nada por escrito que confirmen que dejan el piso , solo de palabra. Los vecinos son testigos de verles haciendo la mudanza y comentarles que se cambiaban de piso.
-¿Puedo entrar en la propiedad? y cambiar la cerradura?
Ademas han incumplido el contrato: deben 1 mes y medio. Facturas de gas/luz.
-¿qué puedo hacer?
Debido a los impagos, van a proceder al corte y retirada de contador que esta a nombre de los inquilinos. Si pago yo la deuda, puedo reclamar luego el dinero a ellos? muchas gracias
16/05/2008 12:29
Cuanto tiempo estuvieron en el piso sus inquilinos desde la firma del contrato hasta que le avisaron de que dejaban el piso?
Primero debe preguntar al portero o llamar a la puerta de su piso insistentemente y llamar por teléfono a horas en las que sea probable encontrarles dentro para asegurarse de que no vive nadie. Si no hay señal de vida lo normal es que entre en su piso puesto que le avisaron de que se iban.
Pague Ud. las facturas adeudadas por los inquilinos y después reclámeles a ellos todo lo que deben.
Para dudas o seguir su caso: abogadoesp@gmail.com
16/05/2008 14:54
6 meses. ¿que importancia tiene este dato?
Si yo entro en el piso, ¿puede demandarme el inquilino? ¿Que derechos tengo sobre mi piso? ¿Puedo volver a alquilar el piso? ¿Tiene valor que me digan de palabra que se marchan? La ultima conversación con ellos, fue que ya no estaban en el piso, pero que les quedaba alguna cosa por recoger y limpiar el piso. Muchas gracias
16/05/2008 17:03
Ni se te ocurra entrar el piso, no sé como Goldesky te recomienda esa temeridad.

Si entras, cambias la cerradura y te denuncian, se te caerá el pelo. Es poco probable que lo hagan pero no serías el primero ni el último, ten en cuenta que, además, hablamos de un delito.

Si no tienes constancia por escrito, el cauce legal, aunque sea lento y te cueste dinero, es el desahucio.

Evidentemente, lo más rápido es que ellos te firmen que se van y ya está, pero si eso no es posible, sólo te queda, actuando legalmente, por la vía del desahucio.
17/05/2008 14:35
Abundando en lo expuesto por @l compañer@ TN, goldensky me parece poco fiable. No sé cómo puede darte estos consejos pero...

Por supuesto que no puedes acceder a la propiedad, NO HAY QUE HACERLO NUNCA. Puede que no sea el caso pero hay verdaderos profesionales del timo en el mundo de los arrendamientos.
Mi consejo, si tiene posibilidades de contactar con ellos por teléfono, es que intente quedar con los inquilinos exponiéndoles la situación, que necesita un documento en el que conste su voluntad de dejar la vivienda y que, mientras no lo hagan seguirán debiendo las mensualidades. Dígales que Ud. no tiene intención de demandarles por estos impagos pero que no le dejan otra salida legal.

Quizás esto les haga reaccionar.

Espero haberle ayudado.

17/05/2008 21:42
Muchas gracias Tn y jupumeper. Seguire vuestros consejos. Ha sido de gran ayuda vuestra informacion. Una vez mas, gracias
17/05/2008 22:05
Hola Universal. Coincido plenamente con la respuesta ofrecida por mi compañero jupumeper.

Reciba un cordial saludo.
19/05/2008 10:51
TN y jupumeper deberían tener más respeto por las opiniones de los demás y no manipular mis consejos. Yo jamás he recomendado a universal que entre por las buenas en ese piso como primera opción, sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente.

Cuando alguien aconseja que acuda al desahucio sin más, también debe decir los inconvenientes, costes y tiempo de espera que eso implica y que el interesado valore y decida, y no quedarse a medias como han hecho jupumeper y TN.

Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar??
Si consideran mi parecer equivocado expongan el suyo sólo con argumentos jurídicos, sin despreciar ni descalificar.
Se aprende a respetar al prójimo antes de ser abogado, no después.
19/05/2008 14:55
goldensky, no he podido resistirme a la tentación de contestarle.
Yo pensaba que había sido un lapsus pasajero por su parte, que a veces nos ocurre a tod@s, pero ante su insistencia y falta de rectificación y para que vea que lo cortés no quita lo valiente, allá va, sin ánimo de polemizar más que lo estrictamente necesario, lo siguiente:

1. "Si no hay señal de vida lo normal es que entre en su piso puesto que le avisaron de que se iban".

Sacro error porque si el arrendador tuviese ese "aviso" por escrito o de modo que pudiera probarlo ni siquiera se habría dirigido al foro. Lo que, a sensu contrario, indica que seguir tus consejos le llevaría a cometer un delito de allanamiento de morada.

2. "Yo jamás he recomendado a universal que entre por las buenas en ese piso como primera opción, sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente".

Muy bien, aún así, estamos en las mismas. El problema del arrendador es de prueba y en Derecho no hay vencedores ni vencidos, sólo "probadores" y "probados".

3. "Cuando alguien aconseja que acuda al desahucio sin más, también debe decir los inconvenientes, costes y tiempo de espera que eso implica y que el interesado valore y decida, y no quedarse a medias como han hecho jupumeper y TN".

Exactamente igual que cuando es Ud. quien aconseja; se le olvidó tipificar la conducta propuesta: ALLANAMIENTO DE MORADA (art. 202 y ss. CP)

4. "Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar?? "

No sé si es que es Ud. omnipresente con lo de la competencia pero le aseguro que no es esa mi motivación. Sería de simples siquiera pensarlo.

5. "Si consideran mi parecer equivocado expongan el suyo sólo con argumentos jurídicos, sin despreciar ni descalificar".

Creo que están más que expuestos.

Ah! Una última cosa:

Todas las soluciones no son extrapolables a similares supuestos. Al arrendador le interesa cobrar pero mucho más le interesa poder disponer libremente de su propiedad cuanto antes. Por ello, y porque además en este caso es la vía correcta, es por lo que tod@s l@s compañer@os hemos recomendado la vía del desahucio. Parece que a Ud. lo que le interesa es acudir al ordinario. Por qué será? No es una pregunta retórica del todo, espero su respuesta.


Saludos compañer@.
19/05/2008 17:11
Yo no tengo que responder a ninguna de sus preguntas teniendo en cuenta su prepotencia desmedida, no me llame compañero porque yo sólo reconozco como tal a quien me respeta tanto como yo a él, pero su mala educación no tiene remedio ha quedado patente.

Aquí Ud. es el único que me ha acusado de incitar al forero a que cometa un delito de allanamiento de morada, pero Ud. qué pretende?? No voy a permitir tal acusación, porque cuando un inquilino desaparece con sus muebles y enseres del piso que ocupaba y el propietario comprueba de distintas formas, si llega el caso, que se ha marchado definitivamente, ese piso deja de ser morada del inquilino por mucho que no envíe la carta de rigor avisándolo, se entera jupumeper?? Esté de acuerdo o no, su obligación jurídica y moral es respetar esa opinión, no denigrarla.

Ud. se comporta como el jefe sabelotodo del foro, cuando aquí cada uno expresa libremente su opinión y nadie tiene derecho a despreciar a quien no opina lo mismo, Ud. lo ha hecho conmigo: eso se llama autoritarismo intolerante y todo lo que se quiera imaginar más.

Picapleitos provocadores e intolerantes hay muchos: no se empeñe Ud. en parecerlo además de serlo.

Tal vez debiera Ud. aprender alemán _también español: "sacro error" (sic)_ y ejercer en la Alemania de los años 30: se sentiría más cómodo, más en su salsa.

No vuelva a dirigirse a mí: yo jamás lo he hecho con Ud. más que para responder a sus intolerables provocaciones.
20/05/2008 11:21
Sabe qué le digo? Que tiene Ud. razón, sus exposiciones se comentan solas y no necesitan de más pérdidas de tiempo por mi parte.

Auf Wiedersehen !!!
20/05/2008 13:01
Goldensky, sinceramente, lo tuyo no sé cómo llamarlo...

"Jupumeper y TN: unos supuestos abogados como Uds. que manipulan y denigran a sus compañeros para quitárselos de encima porque la competencia molesta, son esos abogados de fiar?? "

Dónde manipulo o denigro? lo que has recomendado es una TEMERIDAD que ningún abogado debe recomendar nunca, ni he manipulado lo que tú has dicho, ni te he denigrado.

Pero es que además, después de decírtelo vas y dices "sino que antes de nada se asegure por todos los medios expuestos, preferentemente comunicándose con los inquilinos (llamando a la puerta, por teléfono, carta, etc.), que nadie vive en esa casa y que los inquilinos han abandonado el piso definitivamente. "

pues ni por esas, sin tener constancia POR ESCRITO que han abandonado la casa, NO PUEDEN ENTRAR porque se arriesgan a una denuncia por allanamiento, eso es algo básico para cualquier abogado que se dedica a estos temas.

Y como no indicamos los plazos y los costes(que por cierto, son imposibles de saber sin saber de dónde es está persona), nos quedamos a medias. Es decir, que lo importante no es que te hayas equivocado gravemente, lo importante es lo que supuestamente nos hemos dejado, quién manipula?

Pero encima te pones de víctima e insultas a los que te han corregido.

Me da que no eres abogado y por eso te pones así, de lo contrario, no tiene explicación lógica.

Tu retórica, tu forma de actuar y tu email, me recuerda a otro "abogado" del foro, Teofilo...
21/05/2008 11:38
Hola goldensky. Permiteme que te tutee pues ambos somos compañeros de profesión y, aunque como dice un amigo mío nunca hayamos comido juntos, creo que es lo más normal.

Yo no dudo de tus conocimientos o valía profesional,pero sí he de decirte que la respuesta que ofreciste en tu primer post es incorrecta. Puedes comprobarlo a través de la abundante jurisprudencia que hay al respecto.

Todos somos humanos y, por ello, susceptibles de cometer errores en todos los ámbitos de nuestra vida, incluido el profesional. En éste y debido a nuestra profesión debemos tratar de ser más cuidadosos y diligentes,pues nuestros errores pueden causar un grave perjuicio a terceras personas(consultantes del foro o clientes del despacho). Creo que ésta ha sido la causa de la reacción, - quizás equivocada en la forma pero acertada en el fondo - de los compañeros jupumeper y Maiz.

Yo no voy a entrar a valorarte como abogado por el error cometido pues no soy quien para hacerlo, y máxime cuando yo también he cometido más de un error en este foro que afortunadamente no causó perjuicio alguno debido, precisamente, a la rápida intervención de algún compañero forista que lo corrigió.

Un saludo.
21/05/2008 16:42
Fe de erratas: Donde dije "de los compañeros jupumeper y Maiz" quise decir "de los compañeros jupumeper y TN"

Un saludo.
28/05/2008 15:06
Muchas gracias por la información facilitada ya que me ha servido de gran ayuda.
Conseguí que firmara un papel comforme rescindían el contrato. Ahora está la segunda parte: no me pagan la renta que deben (1 mes y medio) y facturas de gas/luz y agua. Ahora que debo hacer? Desconozco el domicilio actual y la dirección como domicilio familiar que aparecía en el contrato es la de un centro médico.
Muchas gracias una vez más
28/05/2008 21:27
Me alegro mucho de que haya conseguido su próposito. Supongo que el documento firmado recojerá claramente la voluntad del inquilino de rescindir el contrato y la entrega de llaves. Si es así, ya no hay problema.

Cosa distinta es la reclamación de las rentas y facturas debidas, para lo cual deberá ud. plantearse si le va a resultar útil acudir al juzgado o va a ser mejor dejarlo correr, en función del importe y de su interés. Dice también que no le conoce domicilio, lo que inevitablemente le conduce a citar el que conoce, que puede o no ser ya el actual. En ese caso, la notificación va a resultar lenta y, por ende, el procedimiento también. Puede intentar averiguar si su ex inquilino tiene alguna clase de relación con ese domiicilio pero ya le digo que igual le compensa más olvidarse ya del asunto. Ha recuperado la vivienda que no crea que es fácil ni rápido en muchos casos.

Saludos y hasta otra.

29/05/2008 10:51
Hola Universal. Coincido con la respuesta de mi compañero jupumeper. Sin embargo, si la cuantía de la deuda NO supera los 900€ podrá usted reclamarla judicialmente SIN NECESIDAD de estar asistido por Abogado/a y representado por Procurador/a.

Reciba un cordial saludo.
29/05/2008 11:35
jupumeper, jan gracias por vuestras respuestas. La deuda no supera los 900 € ya que me he quedado con la fianza (aunque es menos que un mes de renta, ya que me convencieron para que se la rebajara...En esto de los alquileres no se puede ser buena persona!). ¿Cómo puedo hacer el reclamo judidicialmente? Por donde empiezo? Muchas gracias
29/05/2008 16:29
Hola Universal. El primer paso es que usted envíe a su exarrendatario un burofax con acuse de recibo, a la dirección que usted posea, en el que conste la cantidad adeudada(rentas de meses x, importe de las facturas de consumos y resta de la fianza), el plazo en que debe pagarla(vg 7 días), la forma(numero de cuenta) y advirtiendo que en caso de no pagar en el plazo indicado usted ejercerá las acciones legales oportunas.

Si no paga en el plazo indicado acuda a un/a profesional de la abogacía para que le redacte la demanda( o puede redactarla usted mismo) y le asesore sobre cómo será el juicio.

Reciba un cordial saludo.
01/06/2008 00:04
Mi intención es dar un ultimatum verbal antes de enviar el burofax y si no actuar judicialmente, pero me pregunto:
Los ingresos recibos por el alquiler no los he declarado a hacienda. ¿Podría el exarrendatario denunciarme por esto? o no tiene nada que ver...
Muchas gracias