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Responsabilidad como comprador de un local con inquilino

2 Comentarios
 
Responsabilidad como comprador de un local con inquilino
04/09/2022 04:20
Yo compre un local comercial que tenía un inquilino (con contrato con el anterior propietario). Al pasar varios meses al inquilino le deniega el Ayuntamiento la licencia de actividad por no reunir el local las condiciones necesarias y carecer de licencia de primera utilización (de lo cual yo no sabía nada en el momento de comprar el local).

Al conocer esta circunstancia el inquilino, de mutuo acuerdo conmigo, rescinde el contrato y le devuelvo la fianza.

Ahora me reclama su abogada 9000 euros por las reformas realizadas en el local por parte del inquilino, daños y perjuicios. Y me dice que soy responsable de ello como subrogador del contrato de arrendamiento.

Yo no firme el contrato de alquiler, ni realice ninguno nuevo con el inquilino. Tampoco firme subrogación alguna en el contrato de compra-venta, y en las escrituras el local estaba libre de cargas (aunque era conocedor de palabra de que tenía un inquilino al que le he facturado varios meses de alquiler, mientras ha estado en el local).

¿Tengo yo alguna responsabilidad legal en este asunto? ¿Debo demandar yo al que me vendió el local a mí por vendérmelo sin licencia de primera utilización?
04/09/2022 11:23
Este caso es mucho más frecuente de lo que parece.
Usted no tiene ninguna responsabilidad, porque el hecho de que no se pueda dedicar el local al fin pactado no es culpa suya. En realidad no es culpa de nadie. Es un riesgo que asume el inquilino cuando acuerdo arrendar el local y que se materializa cuando luego el Ayuntamiento le dice que el local no puede dedicarse a lo que quiere.
Si ha cobrado rentas durante los meses que ha estado "funcionando" el negocio no tiene que devolver nada de nada. Ese dinero es suyo.
04/09/2022 21:24
Coincido con Leonjbr.

Sería bueno ver el contrato, pero en principio el arrendador de un local facilita al inquilino cuatro paredes y un techo, y el inquilino corre con el riesgo y ventura de su negocio, licencias administrativas incluidas.

Cosa distinta sería un arrendamiento no de local sino de industria, por ejemplo una cafetería. O que en el contrato se hubiera puesto que se alquila un local "apto para cafetería", y aún así habría que ver si la denegación de la licencia fue por condiciones del local o por incuria del inquilino al tramitarla. O que se hubiera mentido en el contrato afirmando, por ejemplo, que el local dispone de salida de humos cuando en realidad no tiene.