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¿responsabilidad persona física o jurídica?

1 Comentarios
 
¿responsabilidad persona física o jurídica?
14/07/2023 12:53
Buenos días compañeros. El asunto es el siguiente: mi cliente firma un contrato de compra-venta de bienes muebles de segunda mano como parte compradora por una suma de dinero importante. Cuando recibe el bien no se adecúa en absoluto a lo pactado. La parte vendedora, que es quien realiza el contrato, aparece en el encabezado del mismo con su nombre de persona física y con su Documento Nacional de Identidad, cito textualmente. No aparece si actúa en su propio nombre o si lo hace como representante de alguna empresa. Sin embargo el contrato no lo firma manualmente, sino que lo hace con un sello de una empresa, que resulta ser de esta persona. La empresa existe y está activa porque lo he cotejado, pero lógicamente no es la misma responsabilidad si voy contra persona física y por tanto contra todos sus bienes, que si demando a la empresa. A su vez si me equivoco de a quien corresponde la legitimidad pasiva en el procedimiento, cuando quiera volver a interponer las acciones estas estarán prescritas. En mi opinión si el vendedor se identificó en el contrato con su DNI, entiendo que la responsabilidad es personal y debo ir contra la persona física, aunque el contrato lo firme con un sello de una empresa. ¿Opiniones?¿Alguna ayuda?

Muchas gracias.
15/07/2023 14:04
Sea cual fuere la intención del vendedor con esa doble comparecencia, jamás puede ser beneficado por la ambigüedad (art. 1288 CC), y por tanto has de demandar a ambos, para que respondan solidariamente y en régimen litisconsorcial, pues de otra forma quedaría en manos del demandado fijar su propia responsabilidad con respecto a una obligación, y a su cumplimiento. Revisa la correspondencia anterior que necesariamente tuvo que haber entre las partes, y haz una perceptiva comprobación de solvencia de ambos: de la sociedad y de la persona física, y de ese resultado sabrás si esa comparecencia y la firma fueron una maniobra deliberada.