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Servidumbre de vistas

3 Comentarios
 
05/04/2024 10:26
Su cuestión es relativa a dos servidumbres completamente distintas, como son la de desagüe y la de luces y vistas. Al hablar de "terreno" parece usted referirse a que ambas propiedades, la del vecino y la de usted, son rústicas, lo cual propendería a un examen del asunto distinto que si son urbanas. En cuanto al desagüe, y a no ser que en el Registro de la Propiedad figure otra cosa, el vecino tiene razón: no puede usted verter las aguas pluviales en su finca. Y en lo que respecta a la servidumbre de vistas, posiblemente le está pidiendo que retranquee los 60 centímetros que prevé la ley, es decir, que está asesorado. En favor de usted cumple que tiene la construcción consolidada desde hace décadas y que si hay algo que cae mal judicialmente es la demanda puesta por un nuevo propietario contra el vecino que tiene una construcción pacífica desde hace mucho tiempo. Al tratarse de un asunto que requiere un examen de documentación y la visita a su inmueble, se le recomienda que vaya a un profesional.
04/04/2024 14:39
Hola
Tengo una casa que heredé hace años, es una construcción que se realizó hace unos 45 años.
Ahora han comprado un terreno colindante.
Yo tengo ventanas hacia ese terreno (con servidumbre de luz). Pero también tengo un balcón.

Ahora la persona que construye en ese terreno me solicita que recoja las aguas fluviales de mi balcón (cosa muy complicada ya que este balcón sólo da a ese terreno) y que retire el balcón unos centímetros
Yo tengo algún derecho o tengo que hacer todo lo que dice?
01/02/2024 17:31
Eso no tiene nada que ver con la servidumbre de vistas, puesto que de forma natural la finca del vecino está más elevada que la suya. Parece desprenderse que existe propiedad horizontal porque las casas están pareadas y comparten ustedes algún elemento constructivo, lo cual orientaría el asunto de otra manera. Para solucionar esto ha de acudir a un arquitecto para que le elabore un proyecto de acuerdo con las ordenanzas, e instalar una estructura (elevación de muro incluida) con que pueda usted eludir la vista del vecino.
Servidumbre de vistas
01/02/2024 10:15
Buenos días,
Tengo un vecino, que construyo su casa pareada con la mía con mayor elevación y su retranqueo unos 50 cm mas cerca de la calle que el mio. Tenemos un linde o muro de separación que separan las dos parcelas, que fue construido en su parcela de mutuo acuerdo debido a que el arquitecto nos sugirió aprovechar la zapata de hormigón de su garaje.
El muro era muy bajo y se elevo, por mi parte tendrá unos 3 metros y por la suya al estar mas elevada la casa tiene menos altura.
El caso que el construyo una terraza o porche junto a este muro de separación (es decir esta pegada al muro de separación) esta terraza o porche es la salida de su comedor. Al estar mas elevada su casa tiene toda la vista a mi parcela, solo con apoyarse a ese muro, de hecho como ejemplo podría saltar a mi parcela solo con alzar la pierna. El caso que tenemos la piscina, y carecemos de toda intimidad ya que el con apoyarse en el muro ve absolutamente toda mi parcela. Le pedí por favor elevar algo mas ese trozo de muro indicándole que nos sentíamos incómodos porque el puede ver todo lo que hacemos, pero dijo que no, indicándome que ese trozo de muro es parte de su casa y no del linde y que ademas le quitaba las vistas, vistas que solo dan a mi parcela.

Leyendo el código civil que dice lo siguiente en su articulo 582

Tampoco pueden tenerse vistas de costado u oblicuas sobre la misma propiedad, si no hay 60 centímetros de distancia.

Se entiende por vista recta la que tendría una persona mirando al frente y oblicua cuando obligan a girar la cabeza un ángulo de 90 grados.

Me pueden dar su opinión?
Gracias