Tengo un informe del topografo municipal que dice: "De la cartografía de los años 60 el llamado Mapa Catastral Topografico Parcelario del Instituto Geografico y Catastral(1925-1970),aparece un camino sin ningún tipo de designación,significando que no fue considerado como descuento al polígono catastral y por lo tanto una delimitacion de uso privado." ¿Puede ese camino considerarse ahora una servidumbre de paso de tipo inmemorial?
La servidumbre de tipo inmemorial es de casi imposible acreditación, pues se supone que es anterior a la aprobación del código civil (1886?) y ya no quedan vivos testigos para acreditar ese extremo. Con el documento que dices únicamente, puede ser un indicio, pero a mi juicio, insuficiente.