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Sub alquilada y echada del piso rompiendo contrato verbal

4 Comentarios
 
Sub alquilada y echada del piso rompiendo contrato verbal
31/10/2019 12:37
Hola! Necesito ayuda para saber si puedo emprender acciones legales contra la persona que me alquiló una habitación.
Yo no sabía que ella no era propietaria pero lo supuse cuando al empezar a realizar los pagos, me obligó a hacerlo en metálico. El trato inicial era pasar al menos un año en la habitación, no hay contrato, sólo verbal. A los 4 meses me advierte que me tengo que ir y de nuevo verbalmente me concede un mes para abandonar la habitación condonándome el coste del mes. A la mitad del mes me echa con una semana de aviso y me promete devolverme la fianza. Al final no hay fianza devuelta.

La única prueba que tengo son mensajes de chat y fotografías de mí habitando la casa.

Creéis que procede emprender acciones legales?

Gracias por la ayuda.
31/10/2019 14:10
Marimer87
Es muy dificil ganar nada en el posible pleito que nos plantea porque al ser un contrato verbal no hay prueba de casi nada.
Si acaso podria recuperar la fianza, para lo cual habria que leer los mensajes de whatsapp para ver si el contrato era de habitacion habitual con duracion indefinida o no.
02/11/2019 20:40
Marimer87
Coincido con lo expuesto por Leonjbr, hay que leer los mensajes, pero la cosa pinta mal.

¿Hay testigos, alguien mas vivía en la casa, portero?
03/11/2019 08:50
Marimer87
Hola! Muchas gracias, sí pinta mal. Había otra persona en el piso, efectivamente. He estado releyendo los correos y no hay expresión alguna de ninguno de los contratos verbales, solamente indicaciones de cómo pagar el alquiler y avisos de los días en que iba a pasar a recogerlos y la. Indicación del lugar donde dejar el dinero.
03/11/2019 20:16
Marimer87
Yo creo que con los mensajes que dicen dónde y cuánto pagar de alquiler, y el testimonio como testigo de la otra persona, puede al menos intentarlo.

Será un juicio verbal por la cuantía (art. 250, 2 LEC: el contrato de alquiler ya se ha extinguido y por tanto es una mera reclamación de cantidad), que imagino no pasa de 2.000 €, y no requerirá ni abogado ni procurador. No habrá costas procesales.