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Subida IPC alquiler

32 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 32 comentarios
12/02/2022 10:02
itoito
Wambalina: ¿podría repetir esta misma pregunta en un hilo nuevo?
Es que este ya es muy largo y termina siendo incómodo.
Además mi respuesta es un poco "elaborada" y tiene cálculos concretos y creo que sería mejor inciar un hilo nuevo.
A mi me sale una subida mucho menor que la que le hen aplicado.
Inicie un nuevo hilo y se lo explico con más claridad.
12/02/2022 06:21
itoito
Perdón, su contrato está ya en tácita reconducción desde febrero de 2021, por tanto, ahora empieza otro periodo anual y le pueden subir, pero el año pasado ya le podían haber subido.
En resumen, si en su contrato no aparece expresamente una subida de renta, con una cantidad, a partir del 6º año, no le deberían haber subido esa cantidad, sino el ipc, que me sale 13,95€. Pero desde el año pasado si podía haber subido la cantidad que quisiera
12/02/2022 06:15
Si contrato, al ser de febrero de 2013, se regula por la Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos. En dicha Ley, la duración del contrato es de un mínimo de 5 años más 3 de prórroga en caso de que no se comunique previamente entre las partes. Por tanto, su contrato ha prescrito el 1 de febrero del presente año, y se encuentra usted actualmente en tácita reconducción (anual si su renta es anual). Durante la vigencia del contrato, en esos primeros cinco años, sólo le podían subir el ipc anual pero para los 3 de prórroga (a partí de febrero de 2018) podían haberle subido solamente una cantidad pactada en el contrato, y si no existe cantidad pactada, sólo el ipc. Ahora la cosa es distinta, usted se encuentra en periodo de tácita reconducción, en la cual serían nuevos contratos pero ateniéndose a las cláusulas del que tenia en vigor, pero ahora sí podrían subirle la cantidad que el casero estime conveniente, a través de un anexo al contrato en el que se pacta una nueva renta
11/02/2022 17:49
Hola, llevo viviendo en un piso de alquiler desde febrero de 2013 pagando 450€ ,en febrero de 2019 me subió 50€ de golpe y ahora en febrero de 2022 me comunica por carta que me lo sube otra vez 31,50€. Puede subirlo? Gracias
26/02/2016 18:34
Es perfectamente posible si el contrato es posterior a junio de 2013, segun se establece en el art. 17.1 LAU 94 a cuyo tenor:
"1. La renta será la que libremente estipulen las partes."
Más claro el agua.
26/02/2016 18:29
Puede un contrato recoger que la actualizacion de la renta sera la del incremento del iPC en los 12 meses anteriores mas un 1% en concepto de " desgaste de los enseres" , entendiendose estos como los electrodomesticos y muebles. Es legal acordar cualquier tipo de subida en contrato superior al IPC??
08/09/2012 13:39
Se me ha olvidado preguntar: la notificación por escrito que me ha de hacer el arrendador...
¿un e-mail es suficiente?
¿o lo tiene que hacer por carta/nota en el recibo?
08/09/2012 13:16
Se que el post el bastante antiguo, pero me ha parecido el mejor lugar donde plantear mi duda para mantener la coherencia en el foro.

En noviembre me cumple el primer año de mi contrato de alquiler (firma en 11 noviembre 2011), y estoy intentando preveer cuanto me subirá el alquiler por el IPC.

Pero claro, por lo que he leido aquí, hasta diciembre no se sabrá cual será dicho IPC.
¿que mes he de tener en cuenta como referencia para pagar la mensualidad de noviembre 2012 si hasta diciembre no se cual es el ipc?

Tengo dudas también sobre el mes de inicio para el cálculo: cojo noviembre 2011 por ser el mes inicio del contrato o septiembre 2011 por ser el IPC disponible a fecha de la firma del contrato?

Gracias y un saludo.
18/06/2009 09:29
buenos días,
desde julio 2007 estoy en alquiler y el año pasado con la subida del ipc el alquiler actual q estamos abonando asciende a 677,30€
este año q ipc nos deberían aplicar? por lo que he visto en mayo 2009 esta -0,9%? eso implicaría bajada del alquiler?

por otra parte, mensualmente se viene abonando una tarifa de 12€ de cuota caldera y hasta este mes de abril 2009 no nos lo ha reclamado porque el propietario lo desconocía. ¿nos puede reclamar las cuotas de los años anteriores o solamente nos puede reclamar los 12€ a partor de mayo 2009?
gracias
un saludo
29/05/2009 18:37
La Ley es imperativa en un Estado de Derecho...Si esperamos y esperamos... a que unos "señores" nos den o nos quiten la razón..."LA LEY ESTÁ DEMÁS...", y no cumple su cometido por culpa de terceros.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.

29/05/2009 11:03
Hola de nuevo, he estado mirando las notas de prensa del Instituto Nacional de Estadistica, y el dia 11 de abreil del 2008 se publico el ipc de marzo del 2008, así que en la pagina del ine, calculé la renta que me saldria con el ipc en el periodo de marzo 2008-marazo 2009, y me sale -0'1.

Con lo que me pasaria de 550 a 549'45.

Aunque ya lo he preguntado en el mensaje anterior, ¿está obligada a bajarmelo? aunqeu por 55 centimos realmente me da igual, lo unico es que si está obligada y este año no me pide lo del ipc, y el año que viene sube y si me lo pide, ¿se lo podria reclamar?

Perdon porque ya he echo otra pregunta del mensaje anterior.

Muchas gracias.

Por cierto menotti yo lo he calculado de la primera forma que has dicho, de la pagina del ine. Porque en mi contrato dice que la variacion se hara respecto a lo que publice el ine.
29/05/2009 10:45
Muchas gracias Jan.

A fecha de hoy no me ha notificado lo del IPC, creo que porque ahora está en negativo.

Supongo que el año que viene si ha subido seguro que me lo notificará.

Si el ipc es negativo, como está ahora en -0'2, debe bajar el alquiler, no? o no está obligada?

¿En el caso en el que se pueda bajar el alquiler, y ella no me notifica la actualización del IPC, y el año que viene si que lo hiciera, porque seria para subirme el alquiler, yo le podria reclamar la supuesta bajada de este año?

¿Alguien sabria responderme?

Muchas gracias
18/04/2009 21:13
Hola,
Yo también tengo que renovar el alquiler y he entrado en la siguiente pagina
http://www.ine.es/daco/daco42/daco421/lau.htm
Está página me propene 3 formas de calcular la subida.
Yo pago 600 € y entré en marzo de 2008.
De la primera forma (http://www.ine.es/calcula/) me sale a pagar 599,4 (me baja el alquler)
De la segunda forma (http://www.ine.es/varipc/index.do), que es la tasa de variación, me sale un 3,8%, por lo que me subiría el alquiler.
Y de la tercera forma, que viene explicada en la página, me sale como la primera.
No entiendo la segunda forma.
¿Alguien me la puede explicar?.

Saludos.
14/04/2009 19:09
Hola kikoka. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:

1)"¿el IPC se calcularia desde abril del 2008 a abril del 2009?"

la renta base será la que se viniese pagando en la anualidad anterior. Para la PRIMERA actualización se tomará como mes de referencia el IPC que corresponda al ÚLTIMO IPC que estuviera publicado EN LA FECHA de celebración del contrato.

Al ser la fecha del contrato 15 de Abril el último IPC publicado en la citada fecha fue el de Febrero de 2008. Por lo tanto, la actualización irá de Febrero de 2008 a Febrero de 2009.

2)"2º ¿Una vez actualizado, tengo qeu pagar a la dueña esa subida desde el mes de enero del 2009?

NO.La actualización SOLO es exigible desde el MES SIGUIENTE a áquel en el que su arrendador le NOTIFICASE POR ESCRITO la actualización. Por lo tanto, si se lo notifica el, por ejemplo, 20 de Abril de 2009, la renta actualizada será pagadera A PARTIR de Mayo de 2009.

3)" Alguien sabe o me podria decir en cuanto se me quedaria el alquiler, si estoy pagando 550€?"

Renta Inicial 550,00 €
Renta Actualizada 553,85 €
Tasa de Variación 0,7 %

Reciba un cordial saludo.
13/04/2009 11:11
Buenos días. Mi duda es si es legal que el arrendador especifique en el contrato de arrendamiento que el incremento de renta anual no se regirá por el IPC sino por una cantidad determinada por el mismo. En mi caso un 14,5% más de lo que me pide de alquiler mensual actualmente. Muchas gracias. Un saludo.
03/04/2009 08:35
Hola kikoka,

no pueden pedirte que pagues desde Enero del 2009, porque el IPC se pagaría desde el mes siguiente al año vencido y cuando te lo notifique por correo ordinario y acuse de recibo.
01/04/2009 20:41
HOla , buenas a todos. Yo empece a vivier de alquiler el 15 de abril del 2008, y la dueña me ha comunicado que me informará de la subida correspondiente al IPC, así que tengo unas preguntas para quien pueda resolvermelas.

1º ¿el IPC se calcularia desde abril del 2008 a abril del 2009?
2º ¿Una vez actualizado, tengo qeu pagar a la dueña esa subida desde el mes de enero del 2009?
3º¿ Alguien sabe o me podria decir en cuanto se me quedaria el alquiler, si estoy pagando 550€?

Ya se que son muchas preguntas, pero agradeceria unas respuestas.

Muchas gracias a todos por vuestra atención
06/01/2009 15:48
Hola buenas tarde,

En Febrero de 2008 me mude a un piso nuevo. Me ha llegado una carta del administrador de fincas con fecha Diciembre 2008, que me van a subir el aquiler desde enero 2009. La subida va ha ser un 3,6% de IPC. Mi duda es si la subida es correcta y si me pueden subir el alquiler desde Enero 2009?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
15/10/2008 12:03
Gracias por su rápida respuesta.
Si me dice que "en principio sí" entiendo que existe alguna posiblidad de que no. ¿Cuál es esa posibilidad?
Muchas gracias y perdón por tanta pregunta pero en los tiempos que corren ese dinero nos vendría muy muy bien, jeje.
15/10/2008 11:18
Hola ascen1. En principio su novio SÍ podrá reclamar esa diferencia a su arrendador.

Reciba un cordial saludo.
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12/02/2022 10:02
itoito
Wambalina: ¿podría repetir esta misma pregunta en un hilo nuevo?
Es que este ya es muy largo y termina siendo incómodo.
Además mi respuesta es un poco "elaborada" y tiene cálculos concretos y creo que sería mejor inciar un hilo nuevo.
A mi me sale una subida mucho menor que la que le hen aplicado.
Inicie un nuevo hilo y se lo explico con más claridad.
12/02/2022 06:21
itoito
Perdón, su contrato está ya en tácita reconducción desde febrero de 2021, por tanto, ahora empieza otro periodo anual y le pueden subir, pero el año pasado ya le podían haber subido.
En resumen, si en su contrato no aparece expresamente una subida de renta, con una cantidad, a partir del 6º año, no le deberían haber subido esa cantidad, sino el ipc, que me sale 13,95€. Pero desde el año pasado si podía haber subido la cantidad que quisiera
12/02/2022 06:15
Si contrato, al ser de febrero de 2013, se regula por la Ley 29/1994 de arrendamientos urbanos. En dicha Ley, la duración del contrato es de un mínimo de 5 años más 3 de prórroga en caso de que no se comunique previamente entre las partes. Por tanto, su contrato ha prescrito el 1 de febrero del presente año, y se encuentra usted actualmente en tácita reconducción (anual si su renta es anual). Durante la vigencia del contrato, en esos primeros cinco años, sólo le podían subir el ipc anual pero para los 3 de prórroga (a partí de febrero de 2018) podían haberle subido solamente una cantidad pactada en el contrato, y si no existe cantidad pactada, sólo el ipc. Ahora la cosa es distinta, usted se encuentra en periodo de tácita reconducción, en la cual serían nuevos contratos pero ateniéndose a las cláusulas del que tenia en vigor, pero ahora sí podrían subirle la cantidad que el casero estime conveniente, a través de un anexo al contrato en el que se pacta una nueva renta
11/02/2022 17:49
Hola, llevo viviendo en un piso de alquiler desde febrero de 2013 pagando 450€ ,en febrero de 2019 me subió 50€ de golpe y ahora en febrero de 2022 me comunica por carta que me lo sube otra vez 31,50€. Puede subirlo? Gracias
26/02/2016 18:34
Es perfectamente posible si el contrato es posterior a junio de 2013, segun se establece en el art. 17.1 LAU 94 a cuyo tenor:
"1. La renta será la que libremente estipulen las partes."
Más claro el agua.
26/02/2016 18:29
Puede un contrato recoger que la actualizacion de la renta sera la del incremento del iPC en los 12 meses anteriores mas un 1% en concepto de " desgaste de los enseres" , entendiendose estos como los electrodomesticos y muebles. Es legal acordar cualquier tipo de subida en contrato superior al IPC??
08/09/2012 13:39
Se me ha olvidado preguntar: la notificación por escrito que me ha de hacer el arrendador...
¿un e-mail es suficiente?
¿o lo tiene que hacer por carta/nota en el recibo?
08/09/2012 13:16
Se que el post el bastante antiguo, pero me ha parecido el mejor lugar donde plantear mi duda para mantener la coherencia en el foro.

En noviembre me cumple el primer año de mi contrato de alquiler (firma en 11 noviembre 2011), y estoy intentando preveer cuanto me subirá el alquiler por el IPC.

Pero claro, por lo que he leido aquí, hasta diciembre no se sabrá cual será dicho IPC.
¿que mes he de tener en cuenta como referencia para pagar la mensualidad de noviembre 2012 si hasta diciembre no se cual es el ipc?

Tengo dudas también sobre el mes de inicio para el cálculo: cojo noviembre 2011 por ser el mes inicio del contrato o septiembre 2011 por ser el IPC disponible a fecha de la firma del contrato?

Gracias y un saludo.
18/06/2009 09:29
buenos días,
desde julio 2007 estoy en alquiler y el año pasado con la subida del ipc el alquiler actual q estamos abonando asciende a 677,30€
este año q ipc nos deberían aplicar? por lo que he visto en mayo 2009 esta -0,9%? eso implicaría bajada del alquiler?

por otra parte, mensualmente se viene abonando una tarifa de 12€ de cuota caldera y hasta este mes de abril 2009 no nos lo ha reclamado porque el propietario lo desconocía. ¿nos puede reclamar las cuotas de los años anteriores o solamente nos puede reclamar los 12€ a partor de mayo 2009?
gracias
un saludo
29/05/2009 18:37
La Ley es imperativa en un Estado de Derecho...Si esperamos y esperamos... a que unos "señores" nos den o nos quiten la razón..."LA LEY ESTÁ DEMÁS...", y no cumple su cometido por culpa de terceros.

Eloy Peña Rico, denunciante oficial del Ayuntamiento de Madrid.

29/05/2009 11:03
Hola de nuevo, he estado mirando las notas de prensa del Instituto Nacional de Estadistica, y el dia 11 de abreil del 2008 se publico el ipc de marzo del 2008, así que en la pagina del ine, calculé la renta que me saldria con el ipc en el periodo de marzo 2008-marazo 2009, y me sale -0'1.

Con lo que me pasaria de 550 a 549'45.

Aunque ya lo he preguntado en el mensaje anterior, ¿está obligada a bajarmelo? aunqeu por 55 centimos realmente me da igual, lo unico es que si está obligada y este año no me pide lo del ipc, y el año que viene sube y si me lo pide, ¿se lo podria reclamar?

Perdon porque ya he echo otra pregunta del mensaje anterior.

Muchas gracias.

Por cierto menotti yo lo he calculado de la primera forma que has dicho, de la pagina del ine. Porque en mi contrato dice que la variacion se hara respecto a lo que publice el ine.
29/05/2009 10:45
Muchas gracias Jan.

A fecha de hoy no me ha notificado lo del IPC, creo que porque ahora está en negativo.

Supongo que el año que viene si ha subido seguro que me lo notificará.

Si el ipc es negativo, como está ahora en -0'2, debe bajar el alquiler, no? o no está obligada?

¿En el caso en el que se pueda bajar el alquiler, y ella no me notifica la actualización del IPC, y el año que viene si que lo hiciera, porque seria para subirme el alquiler, yo le podria reclamar la supuesta bajada de este año?

¿Alguien sabria responderme?

Muchas gracias
18/04/2009 21:13
Hola,
Yo también tengo que renovar el alquiler y he entrado en la siguiente pagina
http://www.ine.es/daco/daco42/daco421/lau.htm
Está página me propene 3 formas de calcular la subida.
Yo pago 600 € y entré en marzo de 2008.
De la primera forma (http://www.ine.es/calcula/) me sale a pagar 599,4 (me baja el alquler)
De la segunda forma (http://www.ine.es/varipc/index.do), que es la tasa de variación, me sale un 3,8%, por lo que me subiría el alquiler.
Y de la tercera forma, que viene explicada en la página, me sale como la primera.
No entiendo la segunda forma.
¿Alguien me la puede explicar?.

Saludos.
14/04/2009 19:09
Hola kikoka. Voy a responder a sus preguntas por orden de aparición:

1)"¿el IPC se calcularia desde abril del 2008 a abril del 2009?"

la renta base será la que se viniese pagando en la anualidad anterior. Para la PRIMERA actualización se tomará como mes de referencia el IPC que corresponda al ÚLTIMO IPC que estuviera publicado EN LA FECHA de celebración del contrato.

Al ser la fecha del contrato 15 de Abril el último IPC publicado en la citada fecha fue el de Febrero de 2008. Por lo tanto, la actualización irá de Febrero de 2008 a Febrero de 2009.

2)"2º ¿Una vez actualizado, tengo qeu pagar a la dueña esa subida desde el mes de enero del 2009?

NO.La actualización SOLO es exigible desde el MES SIGUIENTE a áquel en el que su arrendador le NOTIFICASE POR ESCRITO la actualización. Por lo tanto, si se lo notifica el, por ejemplo, 20 de Abril de 2009, la renta actualizada será pagadera A PARTIR de Mayo de 2009.

3)" Alguien sabe o me podria decir en cuanto se me quedaria el alquiler, si estoy pagando 550€?"

Renta Inicial 550,00 €
Renta Actualizada 553,85 €
Tasa de Variación 0,7 %

Reciba un cordial saludo.
13/04/2009 11:11
Buenos días. Mi duda es si es legal que el arrendador especifique en el contrato de arrendamiento que el incremento de renta anual no se regirá por el IPC sino por una cantidad determinada por el mismo. En mi caso un 14,5% más de lo que me pide de alquiler mensual actualmente. Muchas gracias. Un saludo.
03/04/2009 08:35
Hola kikoka,

no pueden pedirte que pagues desde Enero del 2009, porque el IPC se pagaría desde el mes siguiente al año vencido y cuando te lo notifique por correo ordinario y acuse de recibo.
01/04/2009 20:41
HOla , buenas a todos. Yo empece a vivier de alquiler el 15 de abril del 2008, y la dueña me ha comunicado que me informará de la subida correspondiente al IPC, así que tengo unas preguntas para quien pueda resolvermelas.

1º ¿el IPC se calcularia desde abril del 2008 a abril del 2009?
2º ¿Una vez actualizado, tengo qeu pagar a la dueña esa subida desde el mes de enero del 2009?
3º¿ Alguien sabe o me podria decir en cuanto se me quedaria el alquiler, si estoy pagando 550€?

Ya se que son muchas preguntas, pero agradeceria unas respuestas.

Muchas gracias a todos por vuestra atención
06/01/2009 15:48
Hola buenas tarde,

En Febrero de 2008 me mude a un piso nuevo. Me ha llegado una carta del administrador de fincas con fecha Diciembre 2008, que me van a subir el aquiler desde enero 2009. La subida va ha ser un 3,6% de IPC. Mi duda es si la subida es correcta y si me pueden subir el alquiler desde Enero 2009?
Muchas gracias por vuestra ayuda.
15/10/2008 12:03
Gracias por su rápida respuesta.
Si me dice que "en principio sí" entiendo que existe alguna posiblidad de que no. ¿Cuál es esa posibilidad?
Muchas gracias y perdón por tanta pregunta pero en los tiempos que corren ese dinero nos vendría muy muy bien, jeje.
15/10/2008 11:18
Hola ascen1. En principio su novio SÍ podrá reclamar esa diferencia a su arrendador.

Reciba un cordial saludo.