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Subida ipc

8 Comentarios
 
12/04/2024 22:38
Coincido plenamente con la acertada respuesta de Hoplon.
12/04/2024 17:04
Muchas gracias, son muy amables por responder tan rápido.
12/04/2024 09:40
Para un contrato de abril hay que usar el IPC de marzo, que se publicará el lunes o el martes. El índice adelantado publicado por el INE es del 3,2 %.

Sobre el porcentaje a aplicar cuando el IPC es inferior al límite establecido por la Ley de Vivienda hay dos posturas:

Unos dicen que ateniéndose a la literalidad del texto legal que he publicado en mi nota anterior es porcentaje será del 3 %; no hay motivos para interpretar otra cosa.

Y otros dicen que si el IPC es inferior debe aplicarse el IPC. Mantener esta segunda postura supone una desigualdad de trato y un agravio comparativo para el arrendador, que sufre el límite cuando el IPC pudiera favorecerle, pero no puede aplicar el porcentaje limitado cuando la situación le perjudica.

Yo, tras reflexionar sobre ello, me inclino por la segunda postura: si el IPC es menor del 3 % entonce se aplica el IPC.
11/04/2024 12:33
Muchas gracias, es que mi duda era si la subida era el 3% o el 2,8% que hubo de ipc en febrero, creo.
11/04/2024 10:28
Hola:

Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. D. F. sexta:

"2. La persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda sujeto a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos, cuya renta deba ser actualizada porque se cumpla la correspondiente anualidad de vigencia dentro del periodo comprendido entre el 1 de enero de 2024 y el 31 de diciembre de 2024, podrá negociar con el arrendador el incremento que se aplicará en esa actualización anual de la renta, con sujeción a las siguientes condiciones:

a) En el caso de que el arrendador sea un gran tenedor en los términos que establece el artículo 3.k) de la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda, el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes, sin que la variación anual de la renta pueda exceder del tres por ciento. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta quedará sujeto a esta misma limitación.

b) En el caso de que el arrendador no sea un gran tenedor, el incremento de la renta será el que resulte del nuevo pacto entre las partes. En ausencia de este nuevo pacto entre las partes, el incremento de la renta a aplicar no podrá ser superior al tres por ciento.»

Es un tres por ciento.
10/04/2024 16:19
Que yo sepa es el 3%.
Vamos a ver si se pasa por aquí Hoplon y nos lo confirma.
10/04/2024 15:01
Pero mi pregunta es si es el 3 % o es el 2 con algo que ha habido el último mes.
10/04/2024 14:39
Tiene que subir el IPC anual con un máximo del 3%.
Subida ipc
10/04/2024 13:52
Tengo que aumentar la renta a mi inquilino, según contrato con el ipc, el contrato es de fecha 9 abril, con lo cual para el mes que viene ya les tengo que avisar de la subida, mi duda es si sería el 3% estipulado por el gobierno, o es más bajo al aplicar el ipc de algún mes anterior.