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suprimir al administrador

22 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 22 comentarios
Suprimir al administrador
03/01/2006 12:13
queremos no contar ya con los servicios del administrador ya que no hace nada y cada año cobra más dinero que tenemos que hacer, que mayoria necesitamos para echarlo?
03/01/2006 12:15
Junta con 25%
03/01/2006 12:22
1º. Convocar junta incluyendo en la convocatoria un punto sobre remoción del cargo de Administrador.

2º. Mayoría simple.

¿Estás seguro de que no hace nada? ¿Ni siquiera lo que establece la Ley?
03/01/2006 12:24
No hace nada aunque parezca mentira, esta alli en las reuniones como un hombre de piedra, me da un poco de pena porque se la cara que se le quedará cuando votemos que no lo necesitamos ya , por cierto tiene el que votar?
03/01/2006 12:28
Tengo otra pregunta en que articulo está esto, lo digo para estar enterado cuando sea la reunion
03/01/2006 12:51
Artículo 17.3º de la L.P.H.

De todos modos las juntas las dirige el Presidente y el Adinistrador únicamente tiene el deber de rendir cuentas y asesorar técnicamente a los comuneros que soliciten dicho asesoramiento.
04/01/2006 17:40
El fulano ese, ¿es propietario?.
04/01/2006 18:12
Discolo, lo de fulano me parece una pasada, aunque "el pobre" no haga nada y sea un "convidado de piedra".
Lo que se hecha en falta en este foro, es la intervencion de algun buen Administrador, que nos asesore a todos, incluso en contra de las malas practicas de otros Administradores poco honestos, indicandonos lo que deberian ser actuaciones correctas en beneficio de los propietarios, incluso contra los Presidentes de Comunidades. Creo que contribuiria a "limpiar" la mala fama que hay por aqui de esa profesion.
04/01/2006 18:31
Lexis, "el fulano":
1. ¿"el pobre"?.
Que pasa, ¿no cobra?.

2. ¿"convidado de piedra"?.
El administrador, con rendir cuentas, presentar y justificazr el presupuesto a partir de los desos expresados por el Presidente y los comuneros, en debida forma, y advertir de las posibles ilegalidades en los acuerdos, y pedir al secretario que consten en acta sus intervenciones, ya tiene bastante.
04/01/2006 18:34
No el no tiene que votar, pero otra cosa es si el es propietario, o algun propietario le da su representación para esa junta, en ambos casos si tiene derecho al voto, siempre que este al corriente en las cuotas de la Comunidad.
El que en las reuniones no diga nada, no quiere decir que no haga nada, pues si no dice nada, es que la reunión va bien, y no tiene que asesorar, que ese es su cometido.
Y Lexis, yo me considero una administradora como muchos de los que ejercen, si en algo te puedo ayudar pregunta, pues siempre he respondido, y a veces no son malas prácticas de los administradores, si no que los administrados creen que tienen que realizar funciones que no le competen.
De este tema podría hablar un buen rato.
Ejmplo. Portero comunidad, le roban en su casa y como es guardia civil en la escala b tiene pistola, se la roban y a quien llama para que se presente para que le saque las castañas del fuego, a la administradora, pero la hora una muy buena las dos de la mañana, hora en la que llega a su casa despues de unas vacaciones. Y la administradora, tonta ella, se presenta en la comunidad, viviendo a 30 km de la misma.
Vecino que se ahorca colgandose de una cuerda en la plaza de garaje de su mujer, persona a la que llama el Presidente, a la administradora. Otra vez de madrugada. NO llama a la policia, no a la administradora.
Vecino que le gotea un radiador, y a las doce de la noche llama a la administradora, para que le solucione el problema,mensaje " se esta inundando el edificio, cae agua desde mi casa"l la tonta de la administradora se persona con un fontanero, ese dia no se cometio un homicidio porque la administradora se lo tomo a guasa, problema que se le soluciona poniendo un cubito debajo de la llave de entrada de agua al radiador.
Saludos
04/01/2006 18:36
Lexis, del DRAE:

Voz fulano:
Voz con la que se suple el nombre de una persona cuando se ignora, o de propósito no quiere expresarse.

¿Me explicas la pasada?. Sabes que, en este caso, se cumplen las dos condiciones. ¿Es malo?.
31/01/2006 12:14
Como es que es suficiente con el 25% para suprimir al administrador si en el art. 17.1 de la ley para suprimir al portero hacen falta 3/ 5?
31/01/2006 12:16
Sidi se refiere a Junta convocada con el 25% de propietarios. La mayoría necesaria es mayoría simple.
31/01/2006 12:29
Perdona mi ignorancia pero cuanto porcentaje es mayoria simple?
31/01/2006 12:46
Más de la mitad de los presentes en segunda, y más de la mitad del total en primera convocatoria.
31/01/2006 23:38
Mitad de propietarios y que sumen, al menos, la mitad de cuotas de participación.
En primera convocatoria sobre el total de propietarios de la comunidad y en segunda sobre los presentes.
01/02/2006 09:50
Perdona mi atrevimiento "harto", pero si no sabes qué es mayoría simple, quizá no seas capaz de valorar objetivamente el trabajo de tu administrador. ¿Por qué no le visitas y le preguntas que hace para la comunidad? Quizá te ayude a verlo de otro modo y evite una posible injusticia porque no es lo mismo echarle por no hacer nada que echarle por considerar que sois capaces de hacer su trabajo vosotros solitos.
01/02/2006 10:18
Perdona "Dick", "harto" está hablando de echar al administrador. No, de si son capaces de hacer su trabajo ellos solitos.
Pueden estar pensando contratar otro administrador.
01/02/2006 14:24
Perdonado emani, jejeje.

Ya se que está hablando de echar al administrador. La sugerencia de hablar con el Administrador le vendrá bien para darse cuenta de que el Administrador probablemente hace algo más que "nada".

El resto era un EJEMPLO acerca de las motivaciones y el plano subjetivo de lo que podría pensar un administrador, no una afirmación.
02/02/2006 10:29
Perdonar mi ignorancia pero precisamente lo consulto. En mi comunidad somos gente que no tiene estudios y el " creo" que abusa de ello.