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Testamento anulable y herencia yacente

7 Comentarios
 
Testamento anulable y herencia yacente
02/03/2016 13:16
Estimados Foreros: Se me presenta este testamento en cual uno de los hijos no está conforme con el mismo, fundamentalmente por el tema del legado. Y se me plantean diferentes cuestiones.
-Interpretación de la cláusula primera. Puede ser interpretada, ¿qué lo que lega es la mitad de lo que coge cada hijo de la mitad del tercio de libre disposición?.
-¿Es anulable el testamento?.
-¿ Hay que constituir una herencia yacente por un tema de finca agrícola? . ¿Quién se pone de administrador?. ¿El albacea contador-partidor?. ¿Se incluye al nieto legatario en la herencia yacente si uno no está conforme?.
-Si el contador partidor renuncia ¿ qué pasa?

PRIMERA. Lega a su nieto Don ………………………………………………., el
50% de lo que reciba en su herencia uno cualquiera de sus hijos y
ello con cargo al tercio de libre disposición. ----------------------------------
SEGUNDA.- Lega a su citada esposa, el resto de dicho tercio
de libre disposición en pleno dominio, a quien asimismo corresponde
el usufructo del tercio de mejora.
TERCERA.- En el remanente de sus bienes, derechos y.
acciones, instituye herederos universales, por partes iguales, a sus
cuatro hijos antes citados, sustituidos vulgarmente, por sus
respectivos descendientes. --------------------------------------------------------
CUARTA. Nombra albacea contador-partidor, que actuará
con las máximas facultades legales y prórroga del plazo legal por
tres años más, a Don…………………………………………………………... ----------
Podrá prescindirse de su intervención si todos los herederos
son mayores de edad, plenamente capaces y de común acuerdo
,realizan la partición. -----------------------------------------------------------------
02/03/2016 20:58
Entiendo que el tercio de libre disposición lo lega integro a su nieto y a su esposa. ¿cuanto a cada uno?. Pues sobre los otros dos tercios, descontado el valor del usufructo vidual con que está grabado el tercio de mejora, habría que dividirlo entre 4 (los hijos que tiene) y la mitad del valor de lo que corresponda a cada uno, sería lo que le correspondería al nieto con cargo al tercio de libre disposición. El resto de este último tercio sería para la esposa.
04/03/2016 12:34
¿Alguna opinión más sobre el primer legado?. Y sobre el resto de las cuestiones. Gracias.
04/03/2016 13:39
El testamento es perfectamente válido, de principio a fin, y además justo. La interpretación correcta es la siguiente:
1º. Los hijos han recibido en herencia una determinada cantidad , dándose la circunstancia de que cada uno de ellos tiene la misma. Esa cantidad es X.
2º. X /2, es decir, el 50% de lo que haya recibido cada uno, es la cantidad que le lega al nieto. Esa cantidad se pagará con cargo al tercio de libre disposición (y por tanto, no se tocan los dos tercios legítimos).
3º. Una vez que el nieto haya cobrado su X/2, y si sobra dinero del tercio de libre disposición, la esposa del causante cobrará esa suma.
4º.El albacea es quien se pone al frente de la herencia. Solo podrán deponerlo los herederos, si están de acuerdo al 100% en la forma de proceder con las disposiciones testamentarias.
Un testamento completo y correcto.
04/03/2016 17:20
Juan Carlos. Injusto desde luego que es habiendo hijos...además de otras consideraciones...
No has comentado el tema de la renuncia del albacea contador partidor.



04/03/2016 17:24
Alguien que pueda ver anulabilidad en la cláusula por confusa y por ininteligible.
04/03/2016 19:12
De acuerdo con Juan Carlos. En mi opinión la cláusula es clara y el testamento perfectamente legal. Dispone de lo disponible, el tercio de libre disposición. En temas de moral no entro, pero considero que se ajusta plenamente a Derecho.
04/03/2016 21:01
Compañero Nexus, estás cometiendo el catastrófico error de dejarte dirigir por los clientes. El testamento está redactado con pericia y es claro; ni por lo más remoto es anulable y mucho menos nulo. Vuelve a leerlo, pero no busques defectos por el hecho de que no lo entiendas. El albacea está perfectamente designado y solo lo apeará un acuerdo, no lo contrario. Ningún abogado ni notario te dirá que las cláusulas que transcribes son confusas ni anulables, por lo que no te obstines en solicitar opiniones hasta que te den la razón.