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Testamento ingles y/o testamento español

1 Comentarios
 
29/10/2020 16:18
Usted puede hacer el testamento en español y en inglés (es habitual una columna de cada) disponiendo lo que mejor le parezca sobre sus propiedades tanto en UK como aquí en España. Ese mismo testamento será ejecutable en ambos países, sin necesidad de otro requisito que la mera declaratoria de herederos. Ni se le ocurra otorgar varios testamentos para agrupar bienes según su localización, porque solo creará un conflicto que puede derivar en nulidad. Usted no tiene que decir cuáles son las reglas que rigen el testamento, puesto que tiene dos leyes nacionales y ambas le son aplicables. En el caso de conflicto, como por ejemplo que no respete una porción legítima, triunfará la norma del país de residencia en el momento del otorgamiento del testamento. No tiene que preocuparse de fideicomisos ni complicarse la vida. Vaya al notario y diga cuáles son sus últimas voluntades y ya está.
Testamento ingles y/o testamento español
29/10/2020 12:56
Hola a todos,



Estoy en el proceso de redactar un testamento, pero mis circunstancias personales "complejas" y el hecho de que quiero "utilizar" todas las reglas a mi disposición para que mi hijo pueda heredar pagando la menor cantidad de impuestos posible me están retrasando para completar uno.

Aquí va:

Soy doble ciudadana (poseo pasaporte británico y español) casada con un ciudadano español y tenemos un hijo de 17 años también con doble nacionalidad (británica y española). Vivimos en Inglaterra desde hace 22 años. Tenemos una casa donde vivimos en Inglaterra y un puñado de cuentas bancarias. En España también tenemos otra propiedad y otra cuenta bancaria. Ambas propiedades están a nuestro nombre. Como dije, hemos estado trabajando y viviendo en Inglaterra, pero mi esposo y yo todavía estamos empadronados como residentes en nuestras ciudades de origen en España. Menciono esto porque puede ser relevante para establecer nuestra residencia o domicilio. También diría que soñamos con retirarnos en España, así que ojalá dentro de 20 años nos mudemos a España.

Hay algo que debo confesar también: tanto mi esposa como yo estamos de acuerdo en que tenemos que estipular detalles particulares para evitar la trampa de la desheredación lateral y proteger de los costos de atención que ocurren aquí en Inglaterra (en parte y sin depravación contable de activos).



He estado leyendo literatura diferente y hay algunas consideraciones / preguntas que debo hacer:

1. Creo que será mejor que haga dos testamentos diferentes: uno en el Reino Unido para proteger los activos ingleses y otro en España para proteger el los españoles.

2. Sin embargo, cuál está escrito antes parece importante ya que podrían invalidarse entre sí.

3. Además, ¿tienen que indicar explícitamente qué legislación del país van a seguir?

4. Para proteger a mi hijo de la trampa de la desheredación lateral, ¿necesitamos incluir un fideicomiso de interés vitalicio? ¿Qué tipo?

De todos modos, estaría muy agradecido si alguien pudiera compartir un poco de luz y explicar qué curso de acción sería mejor para mí teniendo en cuenta mis circunstancias personales. Gracias a todos.



Saludos