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Testar en nombre de un incapaz

8 Comentarios
 
Testar en nombre de un incapaz
13/09/2023 17:23
Una persona con incapacidad, está incapacitado para testar, literalmente dice "el Incapaz carece de capacidad para testar, quedando rehabilitada la patria potestad, sobre el Incapaz".
Y seguidamente también literal"Se nombra para el ejercicio de esta patria potestad rehabilitada a Doña..... es la madre y tutora. Está persona puede testar en nombre de su hijo,? Muchas gracias!!!
14/09/2023 10:00
El testamento es un acto personalísimo. EN NINGÚN CASO nadie puede testar a nombre de otra persona, y el juez no puede autorizarlo.
14/09/2023 22:46
Yo creo que alguna solución o cláusula habrá, pero muchas gracias de todas formas, saludos
15/09/2023 08:39
No la hay. Si no había testamento, su herencia será intestada. No se puede hacer testamento por otro, capacitado o incapacitado; sus bienes NO son del tutor y no puede disponer de ellos como si fueran suyos ni beneficiarse a sí mismo en testamento ajeno.
16/09/2023 10:58
Con la nueva ley creo que sí puede hacer un testamento el Incapaz, ya consultaré, muchas gracias de todas formas un saludo
18/09/2023 08:40
Si no reforman el Código Civil la nueva ley no puede ni va a cambiar esto.
Aún es un proyecto pero no es para esto.

art 670.
El testamento es un acto personalísimo: no podrá dejarse su formación, en todo ni en parte, al arbitrio de un tercero, ni hacerse por medio de comisario o mandatario
22/09/2023 20:06
Marj50
Si tiene usted razón (cosa que dudo) por favor, háganoslo saber para sacarnos de nuestra ignorancia.
22/09/2023 20:09
mosca cojonera
Perdón, le había leído mal. Pensaba que se refería a que con la nueva ley puede hacer testamento el tutor y, evidentemente, no es así, puesto que desaparece la tutela como tal.
Con la nueva ley puede testar la persona, pero seguramente que para un acto tan personalísimo necesitará un defensor judicial.
¿Algún jurista lo puede confirmar?
23/09/2023 09:48
Lo que ha ocurrido es que la consultante ha llegado a la conclusión (o le han informado mal) de que la modificación del Código Civil de "medidas de apoyo a las personas con discapacidad" autoriza a una tercera persona a sustituir al incapaz y testar en su nombre; lo cual es un disparate, y muy especialmente porque en el caso que menciona hay una resolución judicial que declara absolutamente incapaz de testar al discapacitado en cuestión. NI CON DEFENSOR JUDICIAL. Una tercera persona NO puede testar por el causante. En ningún caso.