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Titularidad sobre una pared.

9 Comentarios
 
Titularidad sobre una pared.
09/10/2019 09:23
Nos encontramos con una casa (400m2) con varias alturas que se dividió verticalmente hace 50 años con una pared, desde abajo hasta el tejado, para dos familias, cada uno un lado.

¿Puedo decir que esa pared es mía? El artículo 573 CC dice que si esta construida en la propiedad de uno es de él.

La casa se dividió por la mitad (en aquella época y siendo las mitades de familiares, no se midió, o no se midió bien). Y ahora se ve que la pared está en mí mitad.

El otro propietario de la otra mitad esta haciendo obras, y quiero saber mis derechos, puede "tocar" esa pared.
09/10/2019 14:59
mallacan
¿Quien pagó en su día, la ejecución de esa pared?.
¿Se estableció antes de su ejecución, que constituiría pared medianera?.
11/10/2019 10:17
mallacan
- No consta en ningún sitio quien la pagara, hace tantos años que si había algún documento se ha perdido.
- Pues tampoco se sabe, no hay ningún documento en donde conste así explicitamente, y en la escritura no hace ninguna referencia.
Como digo, simplemente la casa se dividió en dos, supongo que ocurriría en casas similares al que al ser tan grandes serian compradas por varias familias, pero se ve a simple vista que la división no es equitativa, ya que la pared divisoria se encuentra en mí mitad. Por eso al leer lo que señala el artículo del CC surgen la dudas, de si realmente nos encontramos con pared privativa.
11/10/2019 11:12
mallacan
Si tiene usted una vivienda registrada como finca independiente, se presupone una escritura de división de la propiedad horizontal. En esa escritura queda delimitada cuáles son los elementos comunes, uno de los cuales, por definición, es la pared que usted menciona, y que tiene una función perimetral tanto legal como físicamente. Por lo tanto, la pared pertenece al inmueble y es una zona común, de la que es propietario no solo el vecino y usted, sino el resto de los vecinos. En ningún caso la pared es suya ni está construida sobre su propiedad.
14/10/2019 08:26
Grisolía
La vivienda esta registrada como independiente, en escritura no se hace mención a ningún elemento común, solamente señala los linderos. Delante y detrás son calles, por la derecha a fulano y por la izquierda a herederos de tal (que es la otra mitad de la casa). Con el vecino de la derecha cada uno tenemos nuestra pared, hay no existe problema de medianería. No existen más vecinos, media casa es mía (con tres alturas) y la otra media del vecino. No se porque va a ser la pared zona común cuando podría decir que la pague yo -antepasados- y por eso esta en mí parte.
14/10/2019 08:54
mallacan
Cualquier acción que tenga en relación a esa pared prescribió hace 30 años. La casa donde usted vive nació a la vida jurídica como segregación de una finca urbana o como obra nueva tras la segregación. En ninguno de los dos casos el muro es exclusivamente suyo, sino que, si es divisorio, comparte la propiedad con el vecino hasta la mitad del mismo. Aunque lo pagasen los antepasados y aunque originariamente, antes de nacer las dos fincas independientes, una resultase más grande que la otra con ocasión de la ubicación del muro de separación.
14/10/2019 11:02
mallacan
Antes que nada disculpe si no es lo que pregunta, porque igual es que no me ha quedado claro, pero si la pared es lindera entre los dos, no veo por qué iba a ser más suya por estar a la derecha o a la izquierda; es de los dos. Y por otro lado si es un elemento estructural, si la vivienda en cuanto a edificación es estructuralmente es la misma, es un elemento común, aunque la división sea vertical y no horizontal (como ocurre típicamente en los adosados).
15/10/2019 08:20
paquito xocolatero
No hay nada que disculpar. Cuando se compró la propiedad entre las dos familias, fue en proindiviso por mitades, y se levantó la pared para que cada una viviera en su lado, eso se hizo sin medir -sin hacerlo en la linea media de la casa- por lo que mí lado tiene algún metro menos. Si se hubiera hecho justo por la bisectriz de la casa, pues ya no tendría ningún problema entendería perfectamente que media pared es de cada parte -pared medianera-.
Como el CC señala que si la pared esta en la propiedad de uno pertenece a él...pues ahí mis dudas, porque entiendo que la pared se levanto en su totalidad en mí parte -que no llegaba a ser la mitad de la casa-.
Si es estructural, pues hasta hace poco si hubiéramos quitado la pared en su totalidad no hubiera ocurrido absolutamente nada, porque las paredes maestras y vigas de madera que sustentan la casa que van transversalmente no se hubieran visto afectadas. Ahora como la otra parte ha iniciado obras ha cortado parte de esas vigas para hacer escalera, y él ha levantado otra pared -pegada a la existente- en esa parte cortada, para que el resto de las vigas -que ahora solo están en mi parte- tengan buen apoyo.
No se si me he explicado, cualquier duda la intento aclarar.
15/10/2019 11:56
mallacan
¿Pero sigue siendo un proindiviso, o ya se hizo la segregación? Si se hizo: ¿cuándo, y con qué límites? Si cuando se hizo la segregación aunque la superficie fuera diferente pero se estableció ahí el límite en las escrituras o catastro, pues el límite es ese, y si se hizo hace 50 años y el límite habría sido otro pero se construyó ahí la pared por error o lo que fuera, y se ha venido disfrutando como tal por parte del vecino, entiendo que podría haber derecho de usucapión adquisitiva, y esa pared sería el límite entre propiedades, pero como ve depende de muchas cosas como para darle una respuesta sencilla, más allá del art. 573 del CC.
18/10/2019 13:58
paquito xocolatero
He ido a la Notaria donde se realizaron los trámites de la herencia, ya que el proindiviso no se menciono en ningún momento.
Como ya comente en la escritura de los años 50 se compra en proindiviso por mitad entre las dos familias.
En los años 80 mí abuela vende a mi tío su parte (la mitad de la casa) que dice "que había heredado de sus padres" -que no es cierto-. Me han explicado que esto se haría así para evitar muchos trámites y mucho dinero, ya que habría que hacer una división de proindiviso, división horizontal, aceptación de herencia de mí abuelo, de mí abuela. Y que quizá la otra parte hubiera hecho lo mismo.
En las escrituras los metros no corresponden con la realidad, y en el catastro la medida de la casa solo difiere en 2m, que entiendo que esta bien.

Todo esto surge porque el vecino al enseñarme la obra y en conversación distendida comentó: me ha comentado el arquitecto que la pared esta en tú lado.
Él que esta asesorado y antes de comprar inmuebles para rehabilitarlos los visita con el arquitecto y quizá con algún letrado, porque dijo esto.

Como dije, en la pared de abajo ha levantado una de hormigón pegada a la existente solo en el trozo que corresponde con las vigas de madera cortadas, en el resto no, solamente la ha enlucido, y no ha puesto ninguna caja de luces o similar.
En la pared del segundo piso, ha levantado una pared de ladrillo delgado pegada a la existente y ahí a puesto cajas de luz. Si hubiera estado seguro de que era pared medianera y que media era suya, ahí podía haber puesto las cajas de luz, que al tener unos 25 cm de grosor tenía espacio. O haber hecho como abajo, enfocarla sin más. El tercer piso no lo he visto.
De ahí las dudas que tengo.