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Tope alquiler y renta antigua

8 Comentarios
 
Tope alquiler y renta antigua
23/12/2022 17:53
Soy arrendadora de un piso de renta antigua. Según contrato actualizo desde hace años el ipc cada año. Este diciembre le escribo la actualización a la inquilina y me contesta q solo puedo subir el 2 por cien. Paga 227 euros. Yo leí q ese tope no afecta a la renta antigua, sino a los posteriores al año 94.Bastante favorece a los inquilinos. Pregunto:que puedo hacer si se niegan al aumento del 6,8 q les pedí? Gracias
23/12/2022 22:59
Efectivamente la limitación sólo afecta a los arrendamientos sujetos a la LAU de 1994, y por lo tanto no afecta a los arrendamientos de renta antigua.
Lo dice claramente el art. 45 del Real Decreto-ley 11/2022, de 25 de junio, , a cuyo tenor:
"«Artículo 46. Limitación extraordinaria de la actualización anual de la renta de los contratos de arrendamiento de vivienda.
La persona arrendataria de un contrato de alquiler de vivienda sujeto a la Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos cuya renta deba ser actualizada (...)."
Si se niegan a dicho argumento lo único que puede hacer es acudir a un abogado para que interponga la oportuna demanda.
24/12/2022 00:21
Coincido en todo con la intachable respuesta de Leonjbr.
24/12/2022 00:31
Puede usted instar el desahucio por falta de pago, según la autorizada opinión del reconocido experto Alejandro Fuentes-Lojo Rius:

«La falta de pago de la renta o, en su caso, de cualquiera de las cantidades cuyo pago haya asumido o corresponda al arrendatario», aun cuando el arrendatario hubiera abonado el importe relativo a la renta sin actualizar (SAP Las Palmas, Sec. 3ª, no 177/2006 (LA LEY 81081/2006), de 19 de abril; SAP Álava, Sec. 1ª, no 349/2008, de 25 de septiembre).

Para un contrato de renta antigua como el suyo la oposición no solamente debe ser escrita, sino que debe formularse en el plazo de 30 días, de conformidad con lo dispuesto por el art. 101.2.2ª del TRLAU 64.

¿Le ha contestado por escrito y de forma fehaciente? en ese caso, podría frustrarse el desahucio, lo considerarían cuestión compleja y le tocaría acudir a juicio para fijar la renta: ese juicio lo ganaría usted casi con toda seguridad. Sigue Fuentes-Lojo:

"La controversia sobre cuál es la renta exigible no puede dilucidarse en el juicio de desahucio, existiendo inadecuación de procedimiento, tratándose de una «cuestión compleja» que debe dilucidarse en un proceso plenario (STS, Sala Primera, de lo Civil, 848/2010, de 27 de diciembre)"
25/12/2022 10:10
Muchas gracias a todos ustedes. Entiendo que debo esperar 30 días desde que le comuniqué el aumento y luego si me sigue pagando igual o con el tope del 2 que afirma ella, sin contestarme, o bien contestando que solo pagarán ese tope del 2,buscar un abogado. Porque hay un impago. Pero habría un juicio por desahucio o bien otro por impago. Dependiendo de si me contestan fehacientemente o no. He entendido bien esos términos legales? Muchas gracias por todo.
25/12/2022 10:25
Si: lo ha entendido bien, si hay respuesta negativa, juicio para determinar la renta, y si no hay respuesta puede instar el desahucio si no le pagan la nueva renta.
25/12/2022 12:01
Asi es: en primer lugar un juicio para determinar la renta y si después de ese juicio no le pagan la cantidad que se determine entonces desahucio por falta de pago.
Pero lo que no puede hacerse "a la primera" es interponer una demanda de desahucio por falta de pago.
04/01/2023 17:02
Siempre tomo el mes de noviembre cuyo ipc se publica a mediados de diciembre para la actualización de un alquiler de renta antigua. Este año era 6,8.la inquilina me escribió que había un tope del 2.Yo le contesté que no afectaba a las rentas antiguas. Ella me dijo que consultaría un abogado. No ha habido contestación, pero hoy he comprobado que me ha pagado subiendo un 5,8 que creo que es el ipc adelantado de Diciembre, que aún no está publicado. Cuando sabe que ES EL DE NOVIEMBRE QUE SE PUBLICA En Diciembre EL MES DE REFERENCIA. COMO DEBO ACTUAR. ESTOY HARTA!! MUCHAS GRACIAS POR ADELANTADO
04/01/2023 23:32
Yo creo que si se ha avenido a razones con lo del 2% también se avendrá a razones con este pequeño cálculo. Hable con ella y seguramente se arreglará el problema.