Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

trabajar menos horas que en el contrato

30 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 30 comentarios
Trabajar menos horas que en el contrato
05/08/2011 18:17
por falta de trabajo,me llaman para trabajar entre 25 y 30 horas semanales, en lugar de las cuarenta que se refleja en mi contrato indefinido, y solo me pagan las horas trabajadas, es legal o me deben de pagar las 40 horas.Mi convenio es el de empresas especiales de empleo.
06/08/2011 15:57
¿Tu empresa tiene realizado un ERE?, ¿No verdad?, pues entonces, no pueden penalizar al trabajador por causas ajenas a sus obligaciones y por supuesto no pueden tocarte el salario. Es el empresario o en quien el delegue el encargado de organizar el empleo dando a cada trrabajador tsarea efeectiva pero si tu cto es de 40 H/semanales debe buscar tarea para ella y si no la hay no es problema tuyo.
Cosa distinta, sería que el empresario al no tener suficiente tarea y para mantener el empleo, de común acuerdo con los trabajadores (lo dicho para que no haya despidos),acepten una reducción de jornada hasta que la cosa mejore.
09/07/2016 16:47
Mi pregunta es la siguiente tengo contrato de 7 horas diarias de lunes a viernes mi trabajo es limpieza de tiendas y comunidades .si mis jefes me meten prisa para acabar rápido y plegó antes de las 7 horas mis jefes luego me dicen que les debo horas eso es legal .
09/07/2016 17:14
Perdón por repetirme pero yo no hago la misma pregunta que luzmaria ami mi jefa me hace correr para terminar antes porque ella también trabaja conmigo y luego apunta la hora y al cabo de 6 meses me dicen que debo horas
09/07/2016 17:18
Y a mi quien me responde no hay ninguna respuesta a mi pregunta .a lo mejor es que no se como funciona esto
09/07/2016 18:32
A ver no se ponga nervioso, a veces se ponen consultas y tardan días en responderlas e incluso muchas no reciben respuesta y usted pone una en fin de semana que no suele entrar tanta gente en el foro y ¿ya esta nervioso?
Vera, en primer lugar, el ritmo de trabajo debe ser el adecuado, el trabajar forzado o apurado da pie a posibles accidentes, en segundo lugar, si quien marca el ritmo es su jefa y termina cuando ella se lo dice, (otra cosa es que usted hiciese su trabajo y se marcharse una vez terminada a tarea, podrían exigirle que se quedase limpiando por ej el almacén o lo que sea que tenga la empresa), pero quien tiene la obligación de buscar tarea para esas 7 h/día es la empresa, si por ej, tiene tarea para 5 h y es su jefa quien le dice que se puede ir, es su problema, y no el tuyo, usted no se va porque quiere sin preguntar a nadie sino que es ella quien ya no tiene tarea para asignarte y te dice que te puedes ir por tanto esa jornada es tiempo si se hubiesen trabajado las 7 h/día.
Si insiste en decirte que le debes horas pedes hacer dos cosas, negarte a recuperarlas y si te las descuenta de la nomina presentar reclamación de cantidad y a su vez denunciar anate inspección de trrabajo esa práctica.
SMO
15/01/2017 17:36
luzmaria
Estoy contratada desde el año 2002 por 8 horas con contrato indefinido. Por un acuerdo con el empresario/socio de la empresa que me contrató, sólo haría 3 horas diarias en la sede de la empresa pero con una categoria inferior a la mia (yo soy economista pero me contrataron como auxiliar administrativa) en la seguridad social la empresa ha cotizado por mí las 8 horas diarias (total 40/semanales).En casa he trabajado el resto de las horas (aunque esto entiendo que no se puede controlar) Llevo con esa situación durante todo este tiempo y ahora el empresario que me contrató se jubila y el resto de los socios empresarios desean que trabaje las 8 horas en la sede social. Yo entiendo que esto me perjudica y no sé qué puedo hacer al respecto.Por mis circunstancias personales (tengo un hijo minusvàlido) no puedo trabajar las 8 horas en la empresa. No sé qué puedo hacer al respecto. Agradecería que me dieran una orientación. Muchas gracias
26/02/2017 19:15
luzmaria
Mi pregunta es la siguiente, trabajo a turnos en una empresa en la que entramos a trabajar a turnos, pero con una clausula en la que decía que trabajaríamos 5 dias de mañana, 5 de tarde y 5 de noche prorrogables a 6 cuando cayera en fin de semana, y que estos trabajaríamos a 12 horas. Ahora nos han impuesto un cuadrante en el que no se respeta esta cláusula de tal manera que solo hacemos tardes a 6 horas, noches a 8 horas y fines de semana de mañana a 12 horas sabado y domingo y el fin de semana de noche incluye el viernes a 12 horas cuando eran a 8. Por consiguiente hacemos 120 horas menos de las que marca el convenio, las horas extras como no llegamos a las horas, no las pagan ni las disfrutamos en días libres. Mi pregunta es, ¿ esa cláusula tienen que respetarla? ¿se pueden hacer menos horas de las que marca el convenio? y que acciones legales se pueden tomar. muchas gracias y un saludo
06/05/2020 10:25
luzmaria
Tengo un contrato de empleado d hogar de 30h semanales pero q por mutuo acuerdo se ha reducido a 24h semanales, no hemos modificado, el contrato sino q de palabra acordamos la reduccion, mi pregunta es, estoy obmigada a presentar la modificacion en trabajo?
04/11/2020 16:38
Tengo un contrato indefinido del 85% de la jornada pero la empresa quiere que trabajes solo un 37%. Es legal y como me afecta
05/11/2020 00:18
Duendecilla16
Buenas noches,

Si tu contrato es de X horas semanales, sólo existen dos opciones para trabajar menos:

1-. Que la empresa te meta en un ERTE, donde te diga que pasas a trabajar sólo una parte de la jornada, pasando a cobrar el resto del SEPE.
2- Obligándote a firmar una modificación de contrato. Por supuesto no firmes nada en lo que diga que consientes en modificar ni que solicitas modificar tus horas. Si la empresa quiere que pases a hacer menos horas, y pagarte menos, que te lo comunique POR ESCRITO. Con esa comunicación por escrito les mandas un burofax solicitando la resolución de tu contrato por modificación sustancial de las condiciones, de forma que te tienen que pagar una indemnización y tendrían que comunicar al SEPE esta circunstancia, para que puedas cobrar el desempleo.

Si la empresa no sigue ninguno de esos dos procedimientos, tienes que seguir acudiendo al trabajo con tu horario normal, trabajando (y cobrando) como si no hubieran dicho nada. Y si vuelve a salir el tema de que debes irte antes de la hora porque no hay trabajo, la comunicación tendrá que ser escrita, PERO tu has de sumar ese día como trabajado por completo.
12/09/2021 10:23
Hola, trabajo en una empresa que me hizo un contrato de 166h (jornada completa) para cobrar una subencion puesto que soy persona discapacitada. El problema que tengo es que no puedo trabajar esas horas porque ellos no tienen trabajo, me pagan el 100% de la nomina pero tengo en tres meses una deuda en horas de mas de 1000euros, no puedo saldar esa deuda porque no me dan trabajo. Me dan si el 100% del sueldo porque al cobrar la, subencion no pueden pagar menos pero sigo y sigo aumentando la deuda y a final de año la tengo que saldar
12/09/2021 13:52
Con o sin subvención no pueden pagarle menos, usted está contratada a jornada completa y por tanto deben darle tarea para esa jornada, la empresa está obligada, (ya que es quien tiene la potestad organizativa), de dar ocupación efectiva, si no lo hacen no es problema suyo, por otra parte usted no les debe un duro, usted les debería, en todo caso un defecto de jornada porque normalmente o bien el convenio o bien el ET recogen una jornada irregular del 10 % de la jornada anual, en su caso esto supondría que su jornada anual serían 1826 h/año lo que nos dan 183 h (redondeando) que la empresa puede distribuir durante todo el año, (unos meses haciendo más horas y otros menos), pero solo esas 181 h y que al final deben quedará 0, es decir un mes hace 25 h demás y al mes siguiente hace 40 de menos y así sucesivamente pero usted a final de año tiene que realizar las 1826h/año, ni una más ni una menos.
Así que si como dice.
Por otra parte debería decirnos en qué trabaja y cual es el convenio de aplicación porque la jornada de 155 h/mes es la máxima permitida legalmente y los ctos con discapacitados no permiten que se realice el 100 % de la jornada.
smo
12/09/2021 14:02
Jamgrrhh28
Trabajo de azafato en television y se rigen por el estatuto de trabajadores. Empece en junio con una jornada de 166h mes. Solo realizo el prpgrama, de la hora de la1 que son 6 h y algun evento que vaya saliendo pero porque ellos no me dan mas trabajo no porque yo no quiera pero como me pagan el sueldo entero me obligan a devolver esas horas y nos como porque no hay mas trabajo, he decidido dejarlo xq no quiero que me siga sumando la deuda que va por 147h porque si sigo trabajando la deuda ira subiendo y a final de año tendria que haber devuelto las horas, de dos formas 1 haciendo mas horas para ir pagando las que no hice o con dinero. Perp repito yo no hice mas xq no me dieron mas porque ellos no tenian mas trabajo
12/09/2021 14:27
No eres el único que "pica" con esas triquiñuelas de la empresa, y te adelanto que no tienes que devolver NADA.
Lo primero que tiene que hacer la empresa es darte trabajo para cubrir las horas mensuales que hay firmadas, y si no hay trabajo tu acudes a tu puesto aunque sea para estar de brazos cruzados.
Cuando la empresa tiene conocimiento de que no va a darte trabajo, te tiene que comunicar POR ESCRITO de que va a establecer una bolsa de horas para recuperar más tarde. Esas horas como máximo serán el 10% del total anual.
Si no te ha comunicado por escrito, no debes ninguna hora, simplemente sigues acudiendo a tu puesto aunque sea para estar allí sentado mirando.
Y por supuesto NO TIENES QUE DEVOLVER NINGUN DINERO. La empresa te hace una nómina de X y eso es lo que tienes que cobrar, es tu dinero y punto. Nadie tiene que exigirte ni sugerirte que devuelvas nada, porque te estarían tratando como tonto, y tú haciéndolo. (ojo que no lo digo con afán de insultar, sólo a modo de explicación).
Tu cobra tu nómina, y punto. El día que te ingresen de menos denuncias en inspección de trabajo y listo.
12/09/2021 15:06
Robertolol
Muchisimas gracias por todo, lo he pasado fatal por me exigian mas de 1000 de todas las horas que no me dieron, mañana hablare con ellos igualmente muchas gracias
12/09/2021 15:26
Robertolol
Esto es lo mismo en el caso de que yo deje el trabajo por miedo avisando los 15 días as de antelación?
Tampoco me puede obligar a que se las pague?
12/09/2021 23:44
¿La empresa tiene algún documento donde diga que existe una bolsa de horas donde se recuperarán las horas no trabajadas? Estoy entendiendo que no, por lo que si tienes un horario de 8 a 15 por ejemplo, pero te dicen que a las 13:30 te vayas porque no hay trabajo, no es culpa tuya. Como si tienen que ponerte a barrer la oficina...

Si en el convenio no dice nada especial sobre los plazos para renunciar al puesto, se avisa con los 15 días y no hay más que hablar.
En la liquidación, no pueden descontar nada del salario puesto que no existe una bolsa de horas, por mucho que la empresa diga que no se han hecho...
No creo que digan que te saltas horas de motu propio, porque eso lo haces dos días en una empresa y tendrías una sanción, no te dejarían hacerlo ¿Meses?, no resulta creíble desde fuera.

Los últimos días de trabajo serán malos en el trato con la empresa, pues seguramente, pero toca armarse de paciencia.
15/09/2021 13:44
Carlosoco
La organización del trabajo, como son los turnos de trabajo siempre corresponde a la empresa.

Saludos.
15/09/2021 13:52
Donidas
Tendría que hacer todas las horas que figuran en su contrato.

Si no le dan tarea, se sienta en una silla y confirma con el método de que disponga su empresa su salida.

De esa forma, estará sujeto a contrato y no deberá horas, pero si usted por su cuenta y riesgo se marcha y confirma su salida antes de tiempo, es usted el que consiente la situación, porque tampoco ha manifestado si ha comunicado a Recursos Humanos de su empresa ésta situación para que haya una constancia.