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Usucapión

5 Comentarios
 
Usucapión
16/01/2024 19:29
Hola. No sé si este de foro idóneo, pero como no sé en cuál debería publicar la pregunta y se toca algo el tema, la planteo aquí:
¿Puede una persona que vive sola en una vivienda desde hace más de 30 años, y cuya propiedad compartía al 50 % con su hermano, ejercer el derecho de usucapión sobre los herederos de este? Tanto el hermano como sus herederos han vivido siempre en latinoamérica y nunca han hecho uso de la vivienda ni se han ocupado de ella.
Muchas gracias
17/01/2024 17:27
La usucapión requiere el paso del tiempo, pero no es el único requisito. Para que un comunero pueda usucapir la parte de otro comunero hay que invertir el concepto posesorio, y pasar de poseer en concepto de copropietario al de propietario de la totalidad. Para ello es preciso ver lo que tiene: pagos de recibos relativos a la comunidad, interlocución con organismos públicos en concepto de dueño y, en general, todo lo que sea expresivo de una posesión completa de la finca y de que los terceros así lo consideran. No hay una norma legal sobre el particular, por lo que habrá que evaluar su caso con criterios jurídicos.
17/01/2024 20:41
Desde luego todos los pagos, los contratos y las gestiones del piso las ha hecho la persona que vive en él desde que el piso se compró, siempre desde sus cuentas. Si es por eso no debería haber problema, pero, como dices, habría que analizar el caso en detalle. Me quedo con que a la pregunta que hacía, la respuesta sería que es posible. Muchas gracias
19/01/2024 19:13
monodon
Te aconsejaria que no te hicieras falsas ilusiones. Te han dejado utilizar la parte que no te corresponde por simple liberalidad del propietario, pero no por eso le puedes despojar de sus bienes.
Intenta llegar a un acuerdo de compra. Es lo mas prudente que te evitará gastos y tiempo perdidos.
21/01/2024 11:35
monodon
Si, puedes hacerlo yo lo he hecho pero mejor te guíe un abogado ya que la ley exige al hacer el expediente,se publique en tablón de anuncios del ayuntamiento la comunicación base a adquirir la propiedad
06/02/2024 11:15
Muchas gracias, Tendré todos los consejos en cuenta
Usucapión | PorticoLegal
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Usucapión
16/01/2024 19:29
Hola. No sé si este de foro idóneo, pero como no sé en cuál debería publicar la pregunta y se toca algo el tema, la planteo aquí:
¿Puede una persona que vive sola en una vivienda desde hace más de 30 años, y cuya propiedad compartía al 50 % con su hermano, ejercer el derecho de usucapión sobre los herederos de este? Tanto el hermano como sus herederos han vivido siempre en latinoamérica y nunca han hecho uso de la vivienda ni se han ocupado de ella.
Muchas gracias
17/01/2024 17:27
La usucapión requiere el paso del tiempo, pero no es el único requisito. Para que un comunero pueda usucapir la parte de otro comunero hay que invertir el concepto posesorio, y pasar de poseer en concepto de copropietario al de propietario de la totalidad. Para ello es preciso ver lo que tiene: pagos de recibos relativos a la comunidad, interlocución con organismos públicos en concepto de dueño y, en general, todo lo que sea expresivo de una posesión completa de la finca y de que los terceros así lo consideran. No hay una norma legal sobre el particular, por lo que habrá que evaluar su caso con criterios jurídicos.
17/01/2024 20:41
Desde luego todos los pagos, los contratos y las gestiones del piso las ha hecho la persona que vive en él desde que el piso se compró, siempre desde sus cuentas. Si es por eso no debería haber problema, pero, como dices, habría que analizar el caso en detalle. Me quedo con que a la pregunta que hacía, la respuesta sería que es posible. Muchas gracias
19/01/2024 19:13
monodon
Te aconsejaria que no te hicieras falsas ilusiones. Te han dejado utilizar la parte que no te corresponde por simple liberalidad del propietario, pero no por eso le puedes despojar de sus bienes.
Intenta llegar a un acuerdo de compra. Es lo mas prudente que te evitará gastos y tiempo perdidos.
21/01/2024 11:35
monodon
Si, puedes hacerlo yo lo he hecho pero mejor te guíe un abogado ya que la ley exige al hacer el expediente,se publique en tablón de anuncios del ayuntamiento la comunicación base a adquirir la propiedad
06/02/2024 11:15
Muchas gracias, Tendré todos los consejos en cuenta