una pregunta, en mi empresa siempre hago vacaciones todos los años en el mes de junio, pero este año se casa mi hija y quisiera estar con ella unos días, así que me pedí de hacer tres semanas en junio y la otra en septiembre para la boda. De recursos humanos me dijeron que nada de eso y tendré que hacerlas todas en junio. Tengo algo que alegar?? Si voy a Inspeccions del Trabajo tengo alguna posibilidad ??
Las vacaciones se fijan por acuerdo entre empresario y trabajador. Si no hay acuerdo, se debe acudir al orden social y que sea un juez quién determine el período de disfrute. La ITSS poco o nada tiene que hacer al respecto.
¿Artículo sobre vacaciones anuales? El art. 38 ET. ¿Jurisprudencia? No es fuente del derecho y en todo caso, para ser alegada, se tendría que acudir a juicio (vas a tu empresario con jurisprudencia y se ríe). Además la jurisprudencia propiamente dicha es la del Tribunal Supremo y la del Tribunal Constitucional.