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Venta en pública subasta

3 Comentarios
 
Venta en pública subasta
02/04/2024 16:50
Buenas tardes! he solicitado una división de cosa común de varios bienes con venta en pública subasta de los inmuebles.
Los inmuebles constan en el registro de la propiedad a nombre de un antepasado sin que se haya actualizado el tracto sucesivo ¿podría suponer eso un obstáculo para que salga a subasta?
En ese caso ¿cómo tendría que hacer para que todos contribuyeran a la actualización del tracto sucesivo es que hay que pedir copia de muchas escrituras antiguas más la inscripción en el registro? gracias de antemano.
03/04/2024 17:01
Hola Rocío. En general, primero se hace un declarativo para la división de la cosa común que termina en sentencia, y después se presenta una demanda para la ejecución de la misma, en la que se pide la subasta. Dentro de los lances de este juicio ejecutivo puedes encontrarte con una tasación litigiosa por no haber acuerdo sobre la misma ,y con el cómputo de cargas no inscritas (vgr, un inquilino), con las que es preciso lidiar. Dicho lo que antecede, los descendientes del titular pueden tener unos derechos hereditarios sobre la propiedad en cuestión, pero NO son los propietarios, por lo que primero hay que hacer la división de herencia, pues puede haber algún heredero que fallezca, que no quiera aceptar la herencia o que renuncie en favor de otro heredero, o que exista el derecho a acrecer, es decir: que entren en funcionamiento mecanismos de concreción y modificación de esos derechos hereditarios. Por lo tanto, se te recomienda: 1. División de herencia (notarial o judicial), 2. Demanda si es el caso para la división. 3. Demanda de ejecución de la sentencia.
03/04/2024 17:29
Buenas tardes! gracias por contestar. La división de la herencia se fue haciendo en su momento en escritura pública adjudicándose todo por partes iguales en pro indiviso. Ahora estamos con la extinción del condominio donde he solicitado la venta en pública subasta. No hay acuerdo en la tasación. Para actualizar el tracto sucesivo hay que pedir muchas escrituras antiguas que son muy costosas y no sé si luego lo inscribirán porque pidan impuestos de sucesiones, por eso preguntaba cómo podría hacerlo para no hacerlo para no tener que correr con todo el gasto yo y si eso realmente podría suponer un impedimento para que salga a subasta, el hecho que de que esté a nombre de la bisabuela aunque existan escrituras posteriores de aceptación y adjudicación de herencia. Un saludo.
03/04/2024 18:01
Hola. Parece algo raro que el notario aceptase una escritura donde el título del causante está cuestionado por la información registral, por lo que habrá que ver precisamente qué pone la escritura en el correspondiente apartado; quizás algo así como "TÍTULO: Herencia de su padre en testamento tal, citándose para su búsqueda (antetítulos)". En cualquier caso, y si ese inmueble está repartido en cuotas ideales no tiene mayor importancia quién sea el titular registral, salvo por dos importantes objeciones: ni se puede inscribir lo que resulte de la subasta, ni es verosímil que nadie acuda a la puja en estas circunsntancias, salvo los propios herederos; porque quien se haga con la propiedad adquirirá un problema. En todo caso, la inscripción por sí no supone la propiedad, por lo que si tienes un título de adjudicación notarial podrás subastar, y el nuevo propietario (si quiere) tendrá la responsabilidad de conectar el tracto. Por lo demás, quien adquiera debe asumir que aunque haya una declaratoria de herederos el asunto puede entrar en contradicción con otros posibles herederos que como tales aleguen interés legítimo.
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Venta en pública subasta
02/04/2024 16:50
Buenas tardes! he solicitado una división de cosa común de varios bienes con venta en pública subasta de los inmuebles.
Los inmuebles constan en el registro de la propiedad a nombre de un antepasado sin que se haya actualizado el tracto sucesivo ¿podría suponer eso un obstáculo para que salga a subasta?
En ese caso ¿cómo tendría que hacer para que todos contribuyeran a la actualización del tracto sucesivo es que hay que pedir copia de muchas escrituras antiguas más la inscripción en el registro? gracias de antemano.
03/04/2024 17:01
Hola Rocío. En general, primero se hace un declarativo para la división de la cosa común que termina en sentencia, y después se presenta una demanda para la ejecución de la misma, en la que se pide la subasta. Dentro de los lances de este juicio ejecutivo puedes encontrarte con una tasación litigiosa por no haber acuerdo sobre la misma ,y con el cómputo de cargas no inscritas (vgr, un inquilino), con las que es preciso lidiar. Dicho lo que antecede, los descendientes del titular pueden tener unos derechos hereditarios sobre la propiedad en cuestión, pero NO son los propietarios, por lo que primero hay que hacer la división de herencia, pues puede haber algún heredero que fallezca, que no quiera aceptar la herencia o que renuncie en favor de otro heredero, o que exista el derecho a acrecer, es decir: que entren en funcionamiento mecanismos de concreción y modificación de esos derechos hereditarios. Por lo tanto, se te recomienda: 1. División de herencia (notarial o judicial), 2. Demanda si es el caso para la división. 3. Demanda de ejecución de la sentencia.
03/04/2024 17:29
Buenas tardes! gracias por contestar. La división de la herencia se fue haciendo en su momento en escritura pública adjudicándose todo por partes iguales en pro indiviso. Ahora estamos con la extinción del condominio donde he solicitado la venta en pública subasta. No hay acuerdo en la tasación. Para actualizar el tracto sucesivo hay que pedir muchas escrituras antiguas que son muy costosas y no sé si luego lo inscribirán porque pidan impuestos de sucesiones, por eso preguntaba cómo podría hacerlo para no hacerlo para no tener que correr con todo el gasto yo y si eso realmente podría suponer un impedimento para que salga a subasta, el hecho que de que esté a nombre de la bisabuela aunque existan escrituras posteriores de aceptación y adjudicación de herencia. Un saludo.
03/04/2024 18:01
Hola. Parece algo raro que el notario aceptase una escritura donde el título del causante está cuestionado por la información registral, por lo que habrá que ver precisamente qué pone la escritura en el correspondiente apartado; quizás algo así como "TÍTULO: Herencia de su padre en testamento tal, citándose para su búsqueda (antetítulos)". En cualquier caso, y si ese inmueble está repartido en cuotas ideales no tiene mayor importancia quién sea el titular registral, salvo por dos importantes objeciones: ni se puede inscribir lo que resulte de la subasta, ni es verosímil que nadie acuda a la puja en estas circunsntancias, salvo los propios herederos; porque quien se haga con la propiedad adquirirá un problema. En todo caso, la inscripción por sí no supone la propiedad, por lo que si tienes un título de adjudicación notarial podrás subastar, y el nuevo propietario (si quiere) tendrá la responsabilidad de conectar el tracto. Por lo demás, quien adquiera debe asumir que aunque haya una declaratoria de herederos el asunto puede entrar en contradicción con otros posibles herederos que como tales aleguen interés legítimo.