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Via de la lau o via ley concursal

3 Comentarios
 
Via de la lau o via ley concursal
03/03/2024 12:38
No sé como enfocar .
Una junta de vecinos tiene un local, casi abandonado ( antiguas escuelas) , desde hace 20 años lo tiene alquilado, verbalmente, a un Grupo de amigos.
Estos arreglan el local, lo restauran, lo modernizan y gastan un montón de dinero.
La junta vecinal al observar el estado actual del local les hace un contrato privado, por 5 años, estipulando que “ el Grupo , si hubiese otros concursantes tendrían preferencia sobre ellos, siempre que lleguen a un acuerdo económico “.

Una vez pasados los 5 años, ¿ Que derechos tiene el Grupo si la junta vecinal no saca a concurso el local, porque se lo quieren quedar ellos, al estar modernizado, completamente restaurado ?
Gracias de antemano .
03/03/2024 16:17
Yo creo que esta pregunta debe hacerla en el foro de Derecho Administrativo.
Sin embargo a mi me da que los arrendatarios no van a tener ningun derecho pasados esos 5 años. El derecho de adquisición preferente se tiene en tanto esté vigente el contrato de arrendamiento, pero una vez finalizado ese derecho decae.
No obstante le reitero que pregunte en el foro de Derecho Administrativo.
04/03/2024 09:37
No estoy seguro de haber entendido bien el relato.

La Ley 6/1994, de 19 de mayo reguladora de las Entidades Locales Menores, establece que una junta vecinal es una entidad local que no llega a la categoría de municipio. Hay comunidades que tienen su propia regulación, como por ejemplo la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

¿O se refiere usted a una Comunidad de Propietarios que tiene alquilado un local, que es un elemento comunitario, a un grupo da amigos?

Si nos atenemos a la literalidad de sus palabras, es una cuestión de derecho administrativo: expirado el plazo contractual se sacará a concurso el alquiler del local, con su pliego de condiciones, y con un derecho preferente del actual ocupante.

Para ampliar la información pregunte en el foro de administrativo.
04/03/2024 19:16
Gracias Hoplon.
Si efectivamente, es una Junta vecinal de un pueblo de Leon, donde había una escuela, escuela propiedad del ayuntamiento, que debería ser quien hiciera el contrato.
Ahora la Junta vecinal quiere quedarse con el local para sus actos, no quieren alquilarlo a otros , por lo menos por ahora.
Gracias nuevamente muy amables
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Via de la lau o via ley concursal
03/03/2024 12:38
No sé como enfocar .
Una junta de vecinos tiene un local, casi abandonado ( antiguas escuelas) , desde hace 20 años lo tiene alquilado, verbalmente, a un Grupo de amigos.
Estos arreglan el local, lo restauran, lo modernizan y gastan un montón de dinero.
La junta vecinal al observar el estado actual del local les hace un contrato privado, por 5 años, estipulando que “ el Grupo , si hubiese otros concursantes tendrían preferencia sobre ellos, siempre que lleguen a un acuerdo económico “.

Una vez pasados los 5 años, ¿ Que derechos tiene el Grupo si la junta vecinal no saca a concurso el local, porque se lo quieren quedar ellos, al estar modernizado, completamente restaurado ?
Gracias de antemano .
03/03/2024 16:17
Yo creo que esta pregunta debe hacerla en el foro de Derecho Administrativo.
Sin embargo a mi me da que los arrendatarios no van a tener ningun derecho pasados esos 5 años. El derecho de adquisición preferente se tiene en tanto esté vigente el contrato de arrendamiento, pero una vez finalizado ese derecho decae.
No obstante le reitero que pregunte en el foro de Derecho Administrativo.
04/03/2024 09:37
No estoy seguro de haber entendido bien el relato.

La Ley 6/1994, de 19 de mayo reguladora de las Entidades Locales Menores, establece que una junta vecinal es una entidad local que no llega a la categoría de municipio. Hay comunidades que tienen su propia regulación, como por ejemplo la Ley 1/1998, de 4 de junio, de Régimen Local de Castilla y León.

¿O se refiere usted a una Comunidad de Propietarios que tiene alquilado un local, que es un elemento comunitario, a un grupo da amigos?

Si nos atenemos a la literalidad de sus palabras, es una cuestión de derecho administrativo: expirado el plazo contractual se sacará a concurso el alquiler del local, con su pliego de condiciones, y con un derecho preferente del actual ocupante.

Para ampliar la información pregunte en el foro de administrativo.
04/03/2024 19:16
Gracias Hoplon.
Si efectivamente, es una Junta vecinal de un pueblo de Leon, donde había una escuela, escuela propiedad del ayuntamiento, que debería ser quien hiciera el contrato.
Ahora la Junta vecinal quiere quedarse con el local para sus actos, no quieren alquilarlo a otros , por lo menos por ahora.
Gracias nuevamente muy amables