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Vicio oculto en compra de piso

1 Comentarios
 
07/01/2019 11:06
Rodrigo2018
El plazo de 6 meses relativo a los vicios ocultos es de caducidad (no de prescripción), lo cual significa que finaliza exactamente 6 meses después de haber firmado la escritura de compraventa; y no hay otro cómputo posible, aunque usted haya venido a conocer la realidad por razones lógicas,transcurrido ese plazo. Pero eso no significa que la mala fe y el dolo con que el vendedor abordó la venta hayan de quedar sin respuesta jurídica. Tiene usted abiertas dos vías conectadas al cumplimiento del contrato de compraventa: la resolución por incumplimiento y la nulidad por el error de la voluntad. Así como los vicios ocultos se refieren al coste de unos determinados arreglos, las dos vías mencionadas recaen sobre la totalidad de la obligación, y por tanto son juicios de gran calibre. Se le recomienda, por experiencia probada, que anuncie su intención verosímil de acudir a esta vía, y recibirá una llamada intentando un acuerdo.
Vicio oculto en compra de piso
05/01/2019 22:09
El año pasado adquirimos una vivienda en Madrid.

Cuando la visitamos antes de comprarla no vimos que había problemas de ruidos en las tuberías de la calefacción central ni tampoco lo comentó la vendedora. Antes de entrar a vivir hicimos obras y cuando entramos ya había pasado la temporada de calefacción.

A mediados de noviembre cuando arrancó la caldera comenzamos a sufrir ruidos de dilataciones (crujidos y golpes) y vibraciones/zumbidos en diferentes estancias de la casa.

Los vecinos nos comentan que ruidos de dilataciones llevan sufriendo desde hace 20 años y las vibraciones/zumbidos se escuchan en el piso continuo al mío.

Ya sé que han pasado más de seis meses desde la comprar pero nosotros no hemos vivido en el piso la temporada de calefacción por lo que entiendo que hemos sufrido un vicio oculto respecto a los problemas con la caldera del edificio.

Estoy equivocado en esta apreciación?

Espero me puedan ayudar

Muchas gracias de antemano
Vicio oculto en compra de piso | PorticoLegal
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Vicio oculto en compra de piso

1 Comentarios
 
07/01/2019 11:06
Rodrigo2018
El plazo de 6 meses relativo a los vicios ocultos es de caducidad (no de prescripción), lo cual significa que finaliza exactamente 6 meses después de haber firmado la escritura de compraventa; y no hay otro cómputo posible, aunque usted haya venido a conocer la realidad por razones lógicas,transcurrido ese plazo. Pero eso no significa que la mala fe y el dolo con que el vendedor abordó la venta hayan de quedar sin respuesta jurídica. Tiene usted abiertas dos vías conectadas al cumplimiento del contrato de compraventa: la resolución por incumplimiento y la nulidad por el error de la voluntad. Así como los vicios ocultos se refieren al coste de unos determinados arreglos, las dos vías mencionadas recaen sobre la totalidad de la obligación, y por tanto son juicios de gran calibre. Se le recomienda, por experiencia probada, que anuncie su intención verosímil de acudir a esta vía, y recibirá una llamada intentando un acuerdo.
Vicio oculto en compra de piso
05/01/2019 22:09
El año pasado adquirimos una vivienda en Madrid.

Cuando la visitamos antes de comprarla no vimos que había problemas de ruidos en las tuberías de la calefacción central ni tampoco lo comentó la vendedora. Antes de entrar a vivir hicimos obras y cuando entramos ya había pasado la temporada de calefacción.

A mediados de noviembre cuando arrancó la caldera comenzamos a sufrir ruidos de dilataciones (crujidos y golpes) y vibraciones/zumbidos en diferentes estancias de la casa.

Los vecinos nos comentan que ruidos de dilataciones llevan sufriendo desde hace 20 años y las vibraciones/zumbidos se escuchan en el piso continuo al mío.

Ya sé que han pasado más de seis meses desde la comprar pero nosotros no hemos vivido en el piso la temporada de calefacción por lo que entiendo que hemos sufrido un vicio oculto respecto a los problemas con la caldera del edificio.

Estoy equivocado en esta apreciación?

Espero me puedan ayudar

Muchas gracias de antemano