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Alargamiento incesario de la detención

22 Comentarios
Viendo 21 - 22 de 22 comentarios
10/04/2006 00:35
Pues a eso me refería yo. Que se inicien las denuncias que sean precisas hasta que la situación se corrija o de otro modo se modifique la legislación. Aunque esto último considero que sería supeditar un derecho fundamental a los recursos existentes, lo cual me parece un atropello y un retroceso. Que se modifique si, pero no permitiendo la prolongación de la detención sino obligando a los jueces a que se pronuncien por teléfono si es necesario y decidan sobre la situación de los detenidos. La LECr es tan vieja y parcheada que ya va haciendo aguas.
10/04/2006 07:35
Perfectamente de acuerdo con la iniciativa del defensor del pueblo o sus análogos autonómicos y todas las diversas instancias administrativas. En mi caso, será la enésima. Pero antes que nada expongo mi experiencia personal:
Del defensor del pueblo sólo se obtienen cartas semestrales donde comunican lo que hacen, pero rara vez sus resultados. Es decir, el sistema es: ".... puestos en contacto con el órgano X .. se solicitan datos respecto a su denuncia .... recibiendo contestación ..... a raíz de la cual se solicita una ampliación de datos que estamos pendientes de recibir...". Y cuando informan de algo (muy poco), es porque el demandante hace tiempo que ya lo sabe. Conclusión, una inutilidad de tiempo y recursos públicos.
El síndic de greuges (siempre en mi caso) más o menos lo mismo, pero agravado con más retraso si el órgano administrativo que motiva la queja depende del gobierno central, como ocurre con la administración de justicia que, aunque tenga competencias traspasadas, las esenciales relativas a jueces, etc. dependen del CGPJ o del Ministerio. El retraso se debe a que siempre hacen sus gestiones a través del defensor del pueblo y muy raramente de forma directa con el órgano interesado. Eso sí, suele comunicarse con más brevedad en el tiempo.
Respecto a los distintos órganos administrativos relacionados con el tema que tratamos, mi experiencia no puede ser más negativa (incluso indignante y quebrantadora de la legalidad más absoluta).
Respecto al CNP (RD 208/1996, de 9/2, por el que se regulan los Servicios de Información Administrativa y Atención al Ciudadano, BOE 4-3-96) incumple sistemáticamente la normativa. El trato, además, es la grosería personificada. Se limitan a remitir una insulsa y prototípica carta de recepción de la queja-denuncia y finito. Las visitas al régimen disciplinario (cuando citan, cosa rara) es mejor obviarlas por respeto al resto de componentes que sí cumplen (o lo intentan, pese a ellos) hacer bien su trabajo. Ya puede el interesado recurrir al órgano correspondiente o al superior, ya sea la jefatura superior, Subdirección general de Servicios ....., o al propio ministro (he pasado por todos los escalones remitiendo varias cartas o burofaxes en diversos plazos de tiempo), y no se molestan ni en contestar. En las comunicaciones suelen hacen juicios de valor respecto a la injusticia de las quejas y la "honorabilidad" de la Institución, como si ello se estuviese poniendo en duda. Nunca investigan las posibles pruebas objetivas que se les aporten, corriendo un tupido velo y, cuando justifican algo, siempre es en base a declaraciones de los interesados, que nunca se comprueban, constatan o documentan. Son siempre verdades absolutas, aunque se den de bruces con la realidad. En fin, algo esotérico.
La Guardia Civil es otra cosa, no solucionan nada pero por lo menos la cortesía está asegurada. A cada mensaje que se les remite contestan puntualmente a su recepción. El problema es que su jerarquía y estructura es inexflible y hasta llegar al decisor pasan meses. Por supuesto, el decisor no decide, reflexiona mucho para llegar a la conclusión de que la culpa es siempre ajena. No cabe error alguno en sagrada institución pues siempre " .... obedecen órdenes .....
De otros cuerpos no tengo experiencia suficiente como para poder manifestarme con la claridad con la que puedo hacerlo de las instituciones anteriores, aunque la policía autonómica de esta comunidad no es que prometa mucho en ese aspecto, lamentablemente para todos.
Por todo lo anterior, siendo consciente de que muchas veces los agentes no tengan la culpa de las dilaciones, lo que está muy claro es que la culpa no es del detenido (que es el que lo sufre en primera persona) o su letrado. Por ello, la cosa no puede quedar en que "yo no ...". De ahí, que la próxima vez que personalmente me encuentre con un caso de esta índole, de los sangrantes (no con un exceso de tiempo de 20 minutos, etc. sino de los que se pegan mucho más), tenga muy claro cómo obrar. Lo mismo que obrarían conmigo en el caso de que cometiera un delito (denuncia o querella y detención) o no respetara las obligaciones que impone mi profesión (denuncia al Colegio).
Con los jueces (los nuevos Dioses del posmodernismo) entraré otro día.
10/04/2006 20:28
Se me ocurre plantear directamente la recogida de firmas y plantear directamente la queja a la Comisión Europea y al Tribuanl de derechos Humanos de Estrasburgo, porque esto sí puede llegar a preocupar a las instituciones españolas. La manera de plantear esta queja sería a traves de la reunión de firmas en queja para que se respeten los derechos del detenido a tener una detención sin dilaciones indebidas, y creo que sí se reunieran unos cuantos cientos de firmas la cosa podría llegar a tener repercusión que es precisamente lo que los jueces no quieren.
Bueno me parece que ya estoy hablando en ciencia ficción, pero por experiencia a veces algo que haya ido a la Comisión Europea luego ha vuelto aquí y han corrido por arreglarla.
Saludos.