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Baja 18 meses

76 Comentarios
Viendo 41 - 60 de 76 comentarios
12/07/2012 02:01
Joche lui, te estas haciendo un lío de mil demonios.
La empresa te puede dar de baja en la seguridad social, es completamente legal.
Con este art. Lo resumo todo, y no te preocupes que estas Armando un lío.

Dos. El apartado 2 del artículo 131 bis queda redactado en los siguientes términos:

2. Cuando la situación de incapacidad temporal se extinga por el transcurso del plazo de dieciocho meses fijado en el párrafo primero de la letra a del apartado 1 del artículo 128, se examinará necesariamente, en el plazo máximo de tres meses, el estado del incapacitado a efectos de su calificación, en el grado de incapacidad permanente que corresponda.

No obstante lo previsto en el párrafo anterior, en aquellos casos en los que, continuando la necesidad de tratamiento médico por la expectativa de recuperación o la mejora del estado del trabajador, con vistas a su reincorporación laboral, la situación clínica del interesado hiciera aconsejable demorar la citada calificación, ésta podrá retrasarse por el período preciso, que en ningún caso podrá rebasar los veinticuatro meses siguientes a la fecha en que se haya iniciado la incapacidad temporal.

Durante los períodos previstos en este apartado no subsistirá la obligación de cotizar.
12/07/2012 08:31
Hola Llobu.

A mi me pasa lo mismo me quedan 2 meses para los 18. Pero la empresa me dice qu si al cabo del tiempo me deniegan la incapacidad , la empresa me puede hacer una prueba en el trabajo para ver si estoy apto para trabajar y que si no la pasó me pueden despedir si pagarme nada indemnizacion.

Y por supuesto ya me hab dicho que dirán que no estoy apto para no pagarme nada y dedpedireme . ¿Sabes sí es así?

Luego cuando se cumpla los 18 meses y la empresa me de de baja por que sigo de baja, sabes sí seguiré cobrando y quien me pagara.

Gracias

12/07/2012 16:01
muchas gracias trola,tienes razon con lo del lio de mil demonios,te agradezco tu contestacion. saludos.
12/07/2012 16:06
trola es que el laborista por encima me explico que era un despido inprocedente ya que la empresa me queria pagar las vacaciones incluso que devolviera la ropa etc,cosa que ahora no dicen nada y todo va como tu dices gracias.
12/07/2012 16:09
Ten en cuenta, que a ninguna empresa le interesa despedirte al filo de que obtengas una Incapacidad.
Ya que le costaría mucho dinero tener que indennizarte si te despidiera.
Por lo que si consigues una Incapacidad nontendra que indennizarte, solamente las vacaciones.
¿Has comprendido?
Así que tranquilízate.
Algunos de los que te han dado consejo no tienen ni idea y confunden dejar de cotizar con despido.
12/07/2012 16:13
gracias por contestar te lo agradezco de corazon trola un abrazo por ser tan rapida gracias.
17/07/2012 00:50
hola trola en 3 meses sale la resolucion,no lo sabia, estoy mas liado,pero todo lo tengo un poco mas claro lo unico que si que es verdad que la empresa a lo primero queria pagarme las vacaciones y que devolviera la ropa que pasara por la empresa me digeron en 10 dias ahora ya dicen que eelos sabran antes que yo si me dan la incapacidad y me mandara la empresa un burofax eso es correcto.gracias.
17/07/2012 08:05
hola, veo que el tema esta muy animado y aunque lo mio no tiene mucho que ver con esto... Llevo casi dos meses de baja por una ernia discal. Mi jefe (por decirle las verdades educadamente) me hace la vida imposible(me pone en lo peor a trbajar,siempre los peores turnos...etc)desde que estoy de baja esta muy ´´simpatico y comprensibo con migo´´´diciandome de que por que no me busco algo mejor en dnd no aga tantos
esfuerzos,q mi espalda es lo primero...etc, vamos que esta buscando que firme la baja en la empresa para no pagarme. Que puedo acer?lo que quiero es que me despida el para poder optar ami finiquito y para q me firme mi papel del paro.
Pero nose si reincorporarme y tomarme mi tiempo para todo(es decir no meterme la caña q me e metido siempre... Y acer el trabajo peor aver si de esa forma me despide... Q me aconsejais? Esque no tengo ni idea de que acer de verdad.
17/07/2012 09:29
Hacer el trabajo peor, no te lo lo aconsejo, en todo caso hacer el trabajo mejor.
No firmar baja voluntaria nunca.
Trabajar si, pero con moderación y haciendo las cosas bien.
17/07/2012 21:13
cuanto tarda una resolucion de incapacidad,algunos en el foro dicen 135 dias es cierto saludooos.
25/07/2012 02:31
me gustaria saber si el burofax que recibi de la empresa nada claro porque dice para recoger documentacion y es para cobrar las vacaciones es eso legal gracias.
25/07/2012 14:55
hola sabe alguien contestarme saludos.
24/08/2012 19:19
Hola buenas tardes,sabe alguien decirme cuando hay silencio negativo porque pasan los 135 dias que pasa,te avisan sigues cobrando de la mutua,que significa eso eso de silencio negativo que hay que hacer gracias .Saludos.
26/08/2012 00:59
sabria alguien la respuesta gracias de antemano.
26/08/2012 17:12
Hola jocheluis....quiero recordar que " General " en un post comento que el silencio administrativo significaba la negativa de la S.social a la invalidez que solicitastes.Me imagino que de todas las maneras te enviaran un escrito, yo de ti lo que haria , si lo que quieres es reclamar judicialmente es ir a una oficina del inss y decirles cuantos dias tienes para ello , desde que te dan le resolucion por escrito para hacerlo judicialmente, ya que creo que solo son 4 dias, ten cuidado con los tiempos.
26/08/2012 17:26
El silencio es negativo como te dice bernabiel, equivale a que te deniegan la IP.
La respuesta la tienes en el art. 6 del RD 1300/1995.

Frenta a la denegación hay que reclamar administrativamente y si la respuesta no sigue siendo la que esperas puedes impugnar judicialmente.

Transcurridos los 135 días...comienza el plazo para interponer reclamación administrativa que es de 30 días....luego el INSS tiene 45 días para contestaste...y si en ese plazo no te contesta o no estás de acuerdo con la resolución transcurrido el mismo tienes 30 dias para interponer demanda judicial.

El plazo para interponer la reclamación administrativa previa lo tienes en el art. 71 Ley 36/2011, reguladora de la jurisdicción social.

Te copio los que te interesa, aunque puedes ver todo el artículo....

2. La reclamación previa deberá interponerse ante el órgano competente que haya dictado resolución sobre la solicitud inicial del interesado, en el plazo de treinta días desde la notificación de la misma, si es expresa, o desde la fecha en que, conforme a la normativa reguladora del procedimiento de que se trate, deba entenderse producido el silencio administrativo.

5. Formulada reclamación previa en cualquiera de los supuestos mencionados en el presente artículo, la Entidad deberá contestar expresamente a la misma en el plazo de cuarenta y cinco días. En caso contrario se entenderá denegada la reclamación por silencio administrativo.

6. La demanda habrá de formularse en el plazo de treinta días, a contar desde la fecha en que se notifique la denegación de la reclamación previa o desde el día en que se entienda denegada por silencio administrativo.



26/08/2012 17:27
Te respondí para el supuesto de solicitud de incapacidad permanente....supongo que es este el supuesto pues hablas de 135 días que es el plazo que tiene el INSS para resolver las solicitudes de IP.
26/08/2012 21:40
hola ainoa si es para una incapacidad permanente,el 9 de mayo hice los 18 meses,el 15 de mayo hice la solicitud cuanto falta para los 135 dias no se como se cuentan gracias a los 2.
26/08/2012 21:48
algun aviso digo que me daran no,hola cocinero bernabiel saludos canpeon. a ver si sabeis contestarme al otro post saludos de corazon.
27/08/2012 15:50
sabria alguien contestarme si con un silencio negativo,algun aviso te dan o carta