En principio está en su perfecto derecho. Todo lo más que en el contrato se haya previsto alguna cláusula indemnizatoria o similar para el supuesto de que ponga la luz a su nombre, pero nada más. En principio es perfectamente legal.
la electrica le habra solicitado al inquilino el contrato de alquiler y un recibo de luz de vd. Y ademas en el contrato debe figurar que vd le da permiso para cambiar de nombre y dejar la fianza de unos 35 euros . Para QUE VD POSTERIORMENTE CUANDO EL SE DE BAJA NO le EXIJAN NUEVO BOLETIN. De no ser asi demande tanto al inquilino como a la electrica...