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¿como se reparte la pension viudedad?

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
04/10/2005 00:15
Que yo sepa si Marino, se de algún caso que es asi... lo que supongo es que la mujer cotizaba en la SS. sino creo que no tiene sentido.
04/10/2005 16:52
Apreciado Sistema, supongo que tú si te lees los la exposición de motivos o los debates parlamentarios de las leyes, reconozco que yo no (y seguiré igual). Pero aunque eso esté escrito no necesariamente es lo más justo ni debemos siempre compartirlo.
Justificas la pensión de viudedad en la ayuda económica que según tu se le debe a la mujer que ha contribuido "al triunfo” de su marido y que luego es abandonada. Cierto es, como reconoces, que ese podía ser el origen, pero no te olvides que cuando el marido abandona a su mujer, esta sigue siendo su mujer y por la tanto será su viuda y podrá cobrar TODA la pensión (no una parte). Desde el año 1981 existe el divorcio, y es a partir de ese momento cuando ya no se “abandona” sino que se divorcia, dejando mutuamente de ser esposos.
Al morirse un casado solamente deja una viuda y no más. Para los casos, entre otros, de mujeres que no han trabajado nunca y por lo tanto no disponen de recursos y pensión propia, el estado ha dispuesto justamente la PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA y es esta la que deben recibir. No entro a valorar la cuantía de la misma sino tan solo el concepto, a pesar de la exposición de motivos a la que tú haces referencia.

Por otro lado, lo que uno cotiza a la SS social es para su propia pensión, aunque debido a regímenes anteriores donde no exista la pensión no contributiva se extendía a su viuda como único recurso para no dejarla en la miseria absoluta. Si el concepto no fuera este, existiría una grave discriminación respecto de aquellos hombres que también han cotizado y nunca se han casado, pues el estado (y no su familia) se apropiaría de sus contribuciones.
Puedo incluso comprender que se mantenga esa pensión de viudedad para la verdadera viuda si es que no tiene otros ingresos o incluso como complemento a los suyos propios que se han visto mermados por la muerte de su marido, aunque en este último caso no necesariamente tendría que ser integro, debiendo proporcionarse a sus propios recursos y al tiempo convivido con el marido.

Lógicamente todo lo expuesto no viene como contestación a la pregunta inicial que creo ya ha sido contestada, sino como debate de lo que yo pienso debería ser la pensión de viudedad.
04/10/2005 17:22
Una simple aclaracion. Desde la sentencia de separacion sea esta en ratificacion de un acuerdo de los conyuges o sea por separacion dictada en litigio, el separado/a no tiene derecho hereditario alguno.
En una sucesion normal se procede a la liquidacion de la sociedad de gananciales y el 50% que se adjudica al conyuge es a titulo de propiedad no de herencia. Del otro 50% tiene establecido que un tercio ( llamado de mejora) sera usufructuado por el conyuge de por vida. Muchas veces los herederos ( en tecnica sucesoria suele aconsejarse se haga) compran el usufruco de la madre o padre perviviente para que no queden nudas propiedades.
esa compra del ususfructo unido a la adjudicacion del 50 de la SG de la que ya era propietario el perviviente es lo que induce a error.
En caso de encontrarse separados con sentencia judicial no hay usufructo algunopq no es heredero forzoso o legitimario
04/10/2005 17:30
Perdigón, solo una matizacion. Las pensiones no contributivas solo pueden solicitarse por jubilacion, es decir, tienes que tenermas de 65 años o por invalidez reconocida en un grado igual o superior al 65% independientemente de la edad. Por lo tanta, quedan fuera de esta asistencia muchos hombres y mujeres. La pension No contributiva tiene otro espiritu y nada tiene que ver con una posible alternativa a la pension de viudedad.
Saludos
22/03/2009 22:20
Quisiera saber si una primera mujer que acaba de peder a su exmarido y esta casada de nuevo, tiene derecho a compartir la pension de viudedad con la segunda mujer
23/03/2009 09:25
marimar, desde la entrada de la nueva ley en enero de 2008 si el difunto esta casado de segundas y la primera mujer no percibia pension compensatoria no tiene derecho a ninguna proporcion de la pension es integramente para la segunda mujer que es su viuda, lo mismo ocurre si el difunto esta legalmente divorciado y no se a vuelto a casar a la ex mujer no le corresponde nada a no ser que percibiera pension compensatoria
23/03/2009 09:27
Shura, este hilo tiene cuatro años, no creo que Marimar te lea.
23/03/2009 13:22
gracias anais38 no me habia fijado.......
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04/10/2005 00:15
Que yo sepa si Marino, se de algún caso que es asi... lo que supongo es que la mujer cotizaba en la SS. sino creo que no tiene sentido.
04/10/2005 16:52
Apreciado Sistema, supongo que tú si te lees los la exposición de motivos o los debates parlamentarios de las leyes, reconozco que yo no (y seguiré igual). Pero aunque eso esté escrito no necesariamente es lo más justo ni debemos siempre compartirlo.
Justificas la pensión de viudedad en la ayuda económica que según tu se le debe a la mujer que ha contribuido "al triunfo” de su marido y que luego es abandonada. Cierto es, como reconoces, que ese podía ser el origen, pero no te olvides que cuando el marido abandona a su mujer, esta sigue siendo su mujer y por la tanto será su viuda y podrá cobrar TODA la pensión (no una parte). Desde el año 1981 existe el divorcio, y es a partir de ese momento cuando ya no se “abandona” sino que se divorcia, dejando mutuamente de ser esposos.
Al morirse un casado solamente deja una viuda y no más. Para los casos, entre otros, de mujeres que no han trabajado nunca y por lo tanto no disponen de recursos y pensión propia, el estado ha dispuesto justamente la PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA y es esta la que deben recibir. No entro a valorar la cuantía de la misma sino tan solo el concepto, a pesar de la exposición de motivos a la que tú haces referencia.

Por otro lado, lo que uno cotiza a la SS social es para su propia pensión, aunque debido a regímenes anteriores donde no exista la pensión no contributiva se extendía a su viuda como único recurso para no dejarla en la miseria absoluta. Si el concepto no fuera este, existiría una grave discriminación respecto de aquellos hombres que también han cotizado y nunca se han casado, pues el estado (y no su familia) se apropiaría de sus contribuciones.
Puedo incluso comprender que se mantenga esa pensión de viudedad para la verdadera viuda si es que no tiene otros ingresos o incluso como complemento a los suyos propios que se han visto mermados por la muerte de su marido, aunque en este último caso no necesariamente tendría que ser integro, debiendo proporcionarse a sus propios recursos y al tiempo convivido con el marido.

Lógicamente todo lo expuesto no viene como contestación a la pregunta inicial que creo ya ha sido contestada, sino como debate de lo que yo pienso debería ser la pensión de viudedad.
04/10/2005 17:22
Una simple aclaracion. Desde la sentencia de separacion sea esta en ratificacion de un acuerdo de los conyuges o sea por separacion dictada en litigio, el separado/a no tiene derecho hereditario alguno.
En una sucesion normal se procede a la liquidacion de la sociedad de gananciales y el 50% que se adjudica al conyuge es a titulo de propiedad no de herencia. Del otro 50% tiene establecido que un tercio ( llamado de mejora) sera usufructuado por el conyuge de por vida. Muchas veces los herederos ( en tecnica sucesoria suele aconsejarse se haga) compran el usufruco de la madre o padre perviviente para que no queden nudas propiedades.
esa compra del ususfructo unido a la adjudicacion del 50 de la SG de la que ya era propietario el perviviente es lo que induce a error.
En caso de encontrarse separados con sentencia judicial no hay usufructo algunopq no es heredero forzoso o legitimario
04/10/2005 17:30
Perdigón, solo una matizacion. Las pensiones no contributivas solo pueden solicitarse por jubilacion, es decir, tienes que tenermas de 65 años o por invalidez reconocida en un grado igual o superior al 65% independientemente de la edad. Por lo tanta, quedan fuera de esta asistencia muchos hombres y mujeres. La pension No contributiva tiene otro espiritu y nada tiene que ver con una posible alternativa a la pension de viudedad.
Saludos
22/03/2009 22:20
Quisiera saber si una primera mujer que acaba de peder a su exmarido y esta casada de nuevo, tiene derecho a compartir la pension de viudedad con la segunda mujer
23/03/2009 09:25
marimar, desde la entrada de la nueva ley en enero de 2008 si el difunto esta casado de segundas y la primera mujer no percibia pension compensatoria no tiene derecho a ninguna proporcion de la pension es integramente para la segunda mujer que es su viuda, lo mismo ocurre si el difunto esta legalmente divorciado y no se a vuelto a casar a la ex mujer no le corresponde nada a no ser que percibiera pension compensatoria
23/03/2009 09:27
Shura, este hilo tiene cuatro años, no creo que Marimar te lea.
23/03/2009 13:22
gracias anais38 no me habia fijado.......