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denegada incapacidad permanente

91 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 91 comentarios
17/03/2005 18:29
hola de nuevo,

Creo que me he precipitado un poco en la respuesta M. Ines ,pues no he leido bien tu mensaje.
Al parecer Tu abogado y Ninfa
puede que estén en lo cierto, pues si se inicia un nuevo periodo de IT, no es una RECAIDA sino otro nuevo periodo de Incapacidad Temporal por tanto tu convenio sigue vigente...
Animo y paciencia , espero que todo se te resuelva de manera favorable...
Un saludo...
18/03/2005 17:55
Hola.

Agradezco que afimco discrepe de lo que parece que la mayoria entendemos. Es bueno que así sea ya que por el hecho de ser mayoría no quiere decir que tengamos razón y además, si no hubiera discrepancias, ¿De qué ibamos a vivir.?

No obtante voy a a intentar razonar de la manera mas breve que me sea posible el motivo por el que yo creo que el abogado de María Ines está en el que yo creo buen camino.

Veras. El tema de la recaida de I.T. es un tema de una enorme complejidad por la cantidad de matices con que se puede analizar. Sin entrar en ese complejo debate debo decirte que hasta el año 2002 el Tribunal Supremo venía manteniendo la doctrina de que cada proceso de I.T. por una misma enfermedad o distinta pero vinculada a aquella que originó la primera I.T. cuando se da un alta y tras esta sobreviene una nueva I.T. sin que hayan trnacurrido seis meses debe considerarse recaida y por tanto seria correcta tu interpretacion de que estamos ante la misma I.T. y no procedería el pago del 100% como indica el convenio ya que se habrian superado los 18 meses de la misma I.T.

Este citerio que expongo está recogido en la S.T.S. de 26 de septiembre de 2001 que recoge la doctrina unificada de este Alto Tribunal en Setencias de 10.12.1997;07.04.1998 y 23.08.1999.

Sin embargo, a partir del año 2.002 y en sucesivas sentencias ( 25.02.2002; 25.07.2002 y 22.10.2002) ha variado algunos criterios y ha venido a establecer que que la extinción del periodo de I.T. por el transcurso del máximo de su duracion con la consabida alta, se refiere a la duracion de cada proceso, pero no a los procesos colaterales o posteriores que tienen, a su vez, en cada caso, aquella duración, de tal forma que si tras un alta por agotamiento de este periodo maximo de I.T. se produce una nueva baja por el mismo motivo que originó al anterior I.T. estaremos ante un nuevo proceso de I.T. siendo suficiente para estos supuestos que el beneficiario cumpla el requisito de haber cotizado al menos seis meses dentro de los ultimos cinco años inmediatamente anteriores para tener derecho al percibo de la correspondiente prestacion.

Quiere decir esto, que si un trabajador que está en I.T. es dado de alta por agotamiento del plazo maximo de 18 meses (María Ines ha sido valorada tras 18 meses de I.T.) y causa nueva baja. En consecuencia, inicia un nuevo proceso incapacitante por la misma enfermedad que antes tenia poniendose su "contador" a efectos de I.T. en cero.

Saludos.

Es importante este criterio, ya que supone la elimiancion de esa especie de espera de seis meses a la que se veia oblighado el trabajador para poder recibir nuevamente prestaciones derivadas de I.T. y qe deja perfectamente claro que al recibir el alta por agotamiento del plazo máximo de I.T. (18 meses) aún cuando sea la misma enfermedad la que causa ese proceso, esta nueba baja de I.T. abre un nuevo periodo.
20/03/2005 00:14
Gracias a los que os habeis interesado por esta situación que he planteado en la pregunta de miguell, al que espero no haber molestado, pero al coincidir practicamente su caso con el mio, he visto mas interesante plantearlo aqui que hacer una consulta independiente.

El criterio que indica Ninfa, es practicamente el mismo que me indica mi abogado con lo cual se afianza más la idea de iniciar un proceso de reclamación de cantidad a la empresa.

MUCHISIMAS GRACIAS Y OJALA FUESEIS CONSCIENTES DE LA AYUDA QUE PRESTAIS A LAS QUE ESTAMOS SUFRIENDO PROBLEMAS Y CONFIO QUE SINTAIS POR MEDIO DE ESTAS LINEAS LA GRATITUD QUE OS EXPRESAMOS

SOYS LO MEJOR QUE HE ENCONTRADO EN LA RED
21/03/2005 09:29

Mi criterio siempre estaba condicionado a que se tratase de la misma IT por recaida, no obstante, conforme a lo que Ninfa a este respecto mantiene y teniendo su opinión como muy documentada, no tengo nada que objetarle, por lo que la hago mia.

Un saludo y gracias
23/03/2005 11:48
¿alguien sabria decirme el costo de llevar al juzgado de lo social un procedimiento de invalidez permanente? ¿es mejor ir con perito particular? gracias por todo.
23/03/2005 14:13
La minuta del abogado la desconozco, pues aún no hemos hablado de este tema.

En cuanto al perito te puedo informar de mi caso particular, ya que mi caso asistió al juicio solamente mi abogado con los informes y pruebas médicas, pero no con peritos particulares, que supongo que su presencia en el juzgado habra que pagar.

Por otro lado tengo entendido que las pruebas que tienen más fuerza ante un juzgado son las de la sanidad pública, pues al parecer a los informes y pruebas particulares, los jueces no le prestan mucha atencíon.

Siempre me han aconsejado llevar pruebas e informes de la salud pública, pues al parecer son más efectivos y por supuesto mas baratos.

Un saludo
23/03/2005 16:31
Hola mª Ines..
No solo no me molesta que intevengas en esta cuestion, sino al contrario estoy encantado que compartamos nuestras dudas y cuestiones ya que asi intecabiando nuestras opiniones y experiencias podemos ayudarnos entre nosotros, ya que a mi como pienso que para los que habeis entrado en esta cuestión les sucederá lo mismo .
En cuanto a la pregunta de Sugus, respecto a los honorarios de abogado depende del mismo unos cobran un porcentaje de la cuantia que te consiguen y otros un tanto pactado ( sobre los 500 € ) y el informe pericial unos 250 € a parte si tiene que acudir el médico a juicio que suele cobrar 60 €
espero que sirva de orientacion en cuanto a costes, pero seguramente los importes podrán variar dependiendo de las comunidades o ciudades donde concurran los hechos.

UN SALUDO A TODOS Y ESPECIALMENTE A NINFA QUE NOS SON DE GRAN AYUDA SUS SIEMPRE SABIOS CONSEJOS...SIGUE CON NOSOTROS TE NECESITAMOS.

23/03/2005 16:49
gracias por la rapidez, a mí me han pedido alrededor de 1.200 € y la verdad es que andaba un poco perdida, por un lado me habian dicho que en temas de Incapacidad Permanente ascendía a 3.000-4.000 € y ahora me dices que es sobre 500 €, pues ya estoy perdida.
El perito me pidió 360 € incluido todo, el informe y asistencia a juicio.
23/03/2005 18:04
Hola.

En primer lugar decir que la sanidad pública no hace informes periciales ni los facultaitivos van de perito de la parte que demanda la invalidez (iria contra su empresa) LO que si se puede aprotar es las pruebas medicas, diagnosticos, informes etc. que se le hayan hecho al trabajador.

Lo mas conviente, en mi opinión, es un informe pericial hecho por especialista a ser posible de cierto prestigio ya sea a nivel local, provincial, autonómico o estatal y por supuesto que desarrolle, aclare y dfienda ese informe en el acto de juicio (la mutua o INSS va a levar su médico que tatará de desacreditar los aspectos esenciales de tal informe)

En cuanto a precios, esto es un mercado persa y cada uno se valora como quiera valorarse. 500 euros es muy caro o 3000 muy barato, en funcion de los resultados.

Saludos.
25/10/2008 12:42
Hola yo estoy en la misma situación. Este tema es antiguo pero supongo que no habrá cambiado demasiado.


A mi me han denegado la incapacidad permanete despues de haber agotado el plazo maximo de it de 18 meses.
y una vez reciba la carta de alta no se bien que hacer, hablais de un plazo de 30 dias para una primera reclamación al propio INSS que puede tardar muchísimo y claro todo ese tiempo se entiende que estaría sin combrar nada ¿no?

Y cuando reciba la notificacion esta del alta y no me incorpore al trabajo ¿que situación tendré en la empresa?

Ahora no puedo trabajar y tengo pendiente otra IQ en el pié para primeros del año que viene y he pensado hasta coger baja por depresion para no quedarme como se dice vulgarmente en la calle, pero no estoy seguro de si eso sería un delito pues el INSS no es tonto y verá que, despues de denegada la incapacidad, he cogido otra baja seguida....


Saludos.
26/10/2008 13:36
Miguel he leido todos los mensajes, la mayoria muy bien expuestos (NInfa por ejemplo), pero creo que sería bueno recordar, que tras una denegación de Incapacidad Permanente por Resolución del INSS (EVI), sólo podrá generarse un nuevo proceso de incapacidad temporal por la misma o similar patología si media un período de actividad laboral superior a seis meses o si el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica incapacidad temporal.
Luego, quien tiene la ultima palabra de reconocer este nuevo proceso es el INSS, y será por eso que la empresa está a la espera de que le indiquen si se le da efectos económicos o nó a esa nueva baja.
Otra cosita, si la empresa te da de baja por agotamiento 18 meses (trámite legal a todas luces) deja de cotizar tb. y tu situación con la empresa sería de suspensión del contrato de trabajo, como dices que te han aconsejado a coger nueva baja, sin antes haberte incorporado a la empresa para que tramiten tu alta en la seguridad social?, no ves que tu empresa no admite esa baja, pq no te habia dado de alta previamente?.....y por supuesto para incorporarte a tu puesto de trabajo (con tramite de alta incluida por parte de la empresa) no puedes hacerlo en situación de Incapacidad Temporal. Salvo mejor opinion. Saludos a todos.
26/10/2008 17:46
Hola espero que no se moleste el creador del hilo pero bueno al fin y al cabo es mas o menos la misma situación. Si lo hace pues le pido mis disculpas.

Yo estoy de acuerdo con Dragoncan cuando comenta el dato (IMPORTANTÍSIMO) de que una vez agotada la I.T de 18 meses y dada la correspondiente alta, no se puede generar, durante un periodo de 6 meses, una baja por el mismo motivo u otra similar. Bueno si se puede, pero la tiene que conceder, no el médico de cabecera, si no los equipos de valoración del INSS, con lo que queda claro que podrían, no se en qué porcentajes o situaciones (sería valioso conocerlo) denegarnos el derecho a los efectos económicos, osea, que estaríamos de baja pero no cobrar un duro.


La reincorporación a la empresa se debería hacer de manera obligatoria una vez se reciba la carta con la denegación de la I.P y que la empresa te de el alta, eso es imprescindible, luego ya pues se podrá optar o bien a pedir la baja por el mismo motivo (con el riesgo letal que antes menciono) o bien por otra patología distinta, si es como en mi caso que real y físicamente no puedo trabajar, la única salida.

Yo estoy en este paso, ¿que hacer una vez reciba la carta con la denegación y viendo que no puedo trabajar? No quiero arriesgarme a que no me concedan los efectos económicos pues sería para mi una ruina total, pero tampoco quiero pedir otra baja por diferente motivo (depresion, ansiedad...) pues esto son cosas muy serias y hay mucho en juego, y auque yo realmente ahora mismo me encuentro muy mal, no se si esto podría constituir un delito si se demostrara que pedí esa nueva baja solamente por necesidad y no por enfermedad real. Y añadir que los del INSS muy tontos no deben ser, ya que verán que una vez agotados los 18 meses y denegada la I.P, el trabajador de manera inmediata tiene otra baja distinta. (digo que dirán: !vaya casualidad no?!)


Yo no he reclamado todavía ya que no he recibido la carta pero lo haré y buscaré todos los informes médicos que pueda, que los que presente para la solicitud de la I.P me han dicho que no eran los mejores posibles.


Así que si algun experto o conocedor de estos procesos quisiera opinar sobre esta, reconozco dificil situación, pues estaría yo, y muchos mas, muy agradecidos.
Parece que en este sentido hay un vacio legal, supongo lo harán por motivos económicos y para evitar morosidad de alguna gente que quiera aprovecharse de esto estirándo el proceso de baja hasta el infinito y mas alla, pero quiza por eso debemos pagar justos por pecadores.

Yo la única esperanza que tengo y que quiero preguntar al INSS, es si se puede saber con antelación si me concederían los efectos económicos si pido baja por la misma patologia, sería un alivio pero imagino que será imposible, de eso me enteraré cuando ya sea demasiado tarde. Tambien apelo a la humanidad de los médicos que valoren, pues hasta ahora en las varias revisiones que me han hecho a lo largo de estos 18 meses no me ha puesto impedimentos con el problema que tengo, no tendría lógica que durante 18 mesea haya superado esa prueba y ahora, tras agotar la it, ya no la supere y me dejen sin dinero y sin poder trabajar. Pero como digo esto lo veo un riesgo que no me deja ni dormir, espero que tengamos suerte se nos trate como nos corresponda sin juagarnos solamente por un fria ley.

Saludos y perdon por extenderme tanto, pero por poner algo de humor, que ya tengo valor para permitirmelo como me encuentro, diré que esto es solamente un resumen de lo que tenía escrio en principio.
26/10/2008 17:53
Añadir ademas, que si pido baja por el mismo motivo, voy a revision de los equipos de valoración y no me la conceden, y una vez lo hagan darme de nuevo de alta y pedir a mi medico de cabecera entonces una baja por patología dístinta ya lo veo casi de película de los hermanos marx.

Digo esto solo para pedir en primer lugar la baja por la misma enfermedad y esperar la suerte que te concedan los efectos económicos, con lo que no habría tanto lío.

Saludos.
27/10/2008 18:55
Ya tengo cita con el abogado pero para mi sorpresa será dentro de 7 dias!! espero que no se me complique la cosa hasta entonces.


Ahora estoy esperando la carta de reincorporación porque tengo resuelto desde el día 24 de este mes.
¿hasta que día cobraré de la mutua hasta el 24 o hasta la fecha de alta en la empresa?

¿se puede dar el caso, como acabo de leer en otro hilo nuevo, que no se me avise y no reciba esa carta pero ya esté de alta? ahora podría mirarlo con el certificado digital pero no se porqué no me funciona, me he hecho hoy uno nuevo del CERES pero hasta mañana no se activa.

Saludos.
27/10/2008 19:03
La asesora del sindicato me ha dicho que esta carta, aun siendo certificada, puede tardar hasta 2 semanas desde la fecha de la resolucion de la denegación de la I.P.....

como la mutua no me pague durante ese periodo que va desde la denegación hasta la fecha de alta en la empresa voy a dejar de percibir una buena parte de la compensación económica, en el caso de que la carta se demore en exceso.

La asesora tambien me ha dicho que no me puedo dar de baja por el mismo motivo si no transcurren 6 meses, pero me parece que se equivoca pues como decía antes Drangoncan y yo tambien he leido en la pagina de la seguridad social, si que se puede coger la baja, lo único que pasaría es que no concedieran la prestación economíca.

Saludos.

04/11/2008 16:01
Hola buenas,

He estado 18 meses de baja por enfermedad común. Dos hernias discales. La Seg. Soc. de momento me sigue teniendo en lista de espera para realizarme la operación pertinente.

Por otro lado la mutua de la empresa donde trabajo, para acelerar el proceso, se hizo cargo de mi operación, pero ésta no salió como debía y estoy igual que al principio.

Con vistas de acogerme a algún alargamiento de tiempo para que la mutua se hiciera cargo de la situación, visto que la Seg Soc. no responde, en la última Inspección Médica me pusieron en la mesa una solicitud de incapacidad permanente (pues ya había agotado los 18 mese de baja) y que tramité.

Esta última semana me ha llegado la resolución: DENEGADA, por lo cual debo incorporarme a mi trabajo mañana mismo.

Mi problema es que yo quiero volver a mi trabajo, pero no en estas condiciones, es por eso que pregunto por algún recurso al que me pueda acoger para que la Seg Soc o alguien se haga cargo de acelerar mi caso, sobretodo curarme las hernias sin necesidad de pegarme otros 18 meses de baja, moralmente me está costando mucho todo esto.

¿Dónde puedo acudir para reclamar mi situación? ¿Qué recursos me quedan? No estoy en condiciones de estar 8 horas en mi trabajo cada día, ¿y si recaigo? (ahora voy cogeando debido al dolor ciático y me siento impedida a la hora de agacharme o levantar peso)

Muchas gracias, ah, soy administrativa y me llevo el día cargando archivos de aquí para allá, ordenandolos y agachada con malas posturas ordenando papeles.
04/11/2008 18:02
Hola aplicada, todos estamos en la misma situación, con la ip denegada y teniendo que reincorporarnos al trabajo si o si.

Lo que yo conozco hasta ahora que se puede hacer es lo sabido de iniciar reclamación previa (que vale su dinero) una vez denegada (que la deniengan casi siempre) ir a juzgados y aportar informe de perito medico y a esperar suerte porque el INSS he leido que es duro y recurre lo que haga falta. Lo malo de esto es que cuesta bastante dinero, solo el informe medico puede costar hasta 1000 euros. Pero bueno si se soluciona estarían muy bien invertidos.

Por cierto dices que has recibido la carta esta semana, yo estoy a a la espera de recibirla muy pronto, podrías decir que se te indica en ella? me refiero a si te propone una fecha de alta o un dia en concreto o te da un plazo....etc


A mi tambien me tienen que operar para primeros de año 2009 y lo malo es que no nos pueden dar una baja por el mismo motivo. Yo tambien me sumo a tu petición a ver que solucion u otra salida podemos coger, pues yo tambien quiero reincorporarme a mi trabajo, pero es que simple y llanamento no puedo hacerlo, es imposible pues fuí operado del pie y no salío bien...


Saludos y animos a todos.
04/11/2008 21:04
aplicada, es curioso que la propia Inspección de la Seg. Social, te haya iniciado expte. de incapacidad permanente, para luego DENEGARLA, ? porque de no existir patologia invalidante, mejor te hubieran dado el alta médica, antes de agotar los 18 meses y hubiesen terminado antes.....no crees?...
Está claro que puedes interponer Reclamación Previa, en un plazo de 30 dias y luego si no hay respuesta satisfactoria, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
Tu problema principal es ASISTENCIAL, pq leo que llevas bastante tiempo a la espera de una I.Q. por la Seg. Social, has solicitado en Antención al Paciente de tu centro hospitalario alguna noticia sobre su intervención?...algún plazo estimativo?
Solo se me ocurre, si recaes, y te dan de nuevo la baja, te presentes con ella en las oficinas de la seguridad social (ya que te aplicarán un articulado que dice que no puedes coger la baja, si no han transcurrido mas de seis meses del alta, (en este caso, resolución denegatoria), a los efectos de que autorizen dicha baja. Saludos.
04/11/2008 21:10
Rebian, esa resolución que estás a la espera, solo te indica la denegación o aprobación de la incapacidad permanente, en ningún sitio encontrarás fecha de alta o algo parecido. Una de las causas de Alta de la IT (Incapacidad Temporal), además de mejoría, curación, jubilación..etc....es cuando se emite una Resolución con o sin declaración de Invalidez. Osea, que la fecha de la resolución, si es denegatoria, es la fecha de alta de tu proceso de IT. Saludos.
05/11/2008 12:37
Hola Dragoncan, entonces ahora estoy de alta desde el día 24 de octubre (dia de resolución) no?
en el informe de "situación actual" de la pagina de la seguridad social me indica esto:
GENERAL | A.S.SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB | ALTA | 02.09.2008


pero en este caso yo no me he reincorporado a mi trabajo por no recibir la carta (solo se la fecha de denegación por el certificado digital) ¿luego podré reincorporarme a la empresa sin problemas cuando reciba la carta no?



Sobre el tema que le planteas a aplicada, a mi tambien me propuso para la I.P el provio evi, quiero decir que yo en ningun momento le pedí nada a aquel medico, simplemente me dieron cita para un día y allí fuí con toda la documentación y solo me dijeron: ya te vendrá una carta de la valoración.
¿hay algo que alegar en este aspecto en una posible reclamación previa?
Lo digo con vista a que la acepten, alengando que ellos fueron los que me propusieron para la IP y luego me la deniegan tambien ellos mismos.


Saludos.
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17/03/2005 18:29
hola de nuevo,

Creo que me he precipitado un poco en la respuesta M. Ines ,pues no he leido bien tu mensaje.
Al parecer Tu abogado y Ninfa
puede que estén en lo cierto, pues si se inicia un nuevo periodo de IT, no es una RECAIDA sino otro nuevo periodo de Incapacidad Temporal por tanto tu convenio sigue vigente...
Animo y paciencia , espero que todo se te resuelva de manera favorable...
Un saludo...
18/03/2005 17:55
Hola.

Agradezco que afimco discrepe de lo que parece que la mayoria entendemos. Es bueno que así sea ya que por el hecho de ser mayoría no quiere decir que tengamos razón y además, si no hubiera discrepancias, ¿De qué ibamos a vivir.?

No obtante voy a a intentar razonar de la manera mas breve que me sea posible el motivo por el que yo creo que el abogado de María Ines está en el que yo creo buen camino.

Veras. El tema de la recaida de I.T. es un tema de una enorme complejidad por la cantidad de matices con que se puede analizar. Sin entrar en ese complejo debate debo decirte que hasta el año 2002 el Tribunal Supremo venía manteniendo la doctrina de que cada proceso de I.T. por una misma enfermedad o distinta pero vinculada a aquella que originó la primera I.T. cuando se da un alta y tras esta sobreviene una nueva I.T. sin que hayan trnacurrido seis meses debe considerarse recaida y por tanto seria correcta tu interpretacion de que estamos ante la misma I.T. y no procedería el pago del 100% como indica el convenio ya que se habrian superado los 18 meses de la misma I.T.

Este citerio que expongo está recogido en la S.T.S. de 26 de septiembre de 2001 que recoge la doctrina unificada de este Alto Tribunal en Setencias de 10.12.1997;07.04.1998 y 23.08.1999.

Sin embargo, a partir del año 2.002 y en sucesivas sentencias ( 25.02.2002; 25.07.2002 y 22.10.2002) ha variado algunos criterios y ha venido a establecer que que la extinción del periodo de I.T. por el transcurso del máximo de su duracion con la consabida alta, se refiere a la duracion de cada proceso, pero no a los procesos colaterales o posteriores que tienen, a su vez, en cada caso, aquella duración, de tal forma que si tras un alta por agotamiento de este periodo maximo de I.T. se produce una nueva baja por el mismo motivo que originó al anterior I.T. estaremos ante un nuevo proceso de I.T. siendo suficiente para estos supuestos que el beneficiario cumpla el requisito de haber cotizado al menos seis meses dentro de los ultimos cinco años inmediatamente anteriores para tener derecho al percibo de la correspondiente prestacion.

Quiere decir esto, que si un trabajador que está en I.T. es dado de alta por agotamiento del plazo maximo de 18 meses (María Ines ha sido valorada tras 18 meses de I.T.) y causa nueva baja. En consecuencia, inicia un nuevo proceso incapacitante por la misma enfermedad que antes tenia poniendose su "contador" a efectos de I.T. en cero.

Saludos.

Es importante este criterio, ya que supone la elimiancion de esa especie de espera de seis meses a la que se veia oblighado el trabajador para poder recibir nuevamente prestaciones derivadas de I.T. y qe deja perfectamente claro que al recibir el alta por agotamiento del plazo máximo de I.T. (18 meses) aún cuando sea la misma enfermedad la que causa ese proceso, esta nueba baja de I.T. abre un nuevo periodo.
20/03/2005 00:14
Gracias a los que os habeis interesado por esta situación que he planteado en la pregunta de miguell, al que espero no haber molestado, pero al coincidir practicamente su caso con el mio, he visto mas interesante plantearlo aqui que hacer una consulta independiente.

El criterio que indica Ninfa, es practicamente el mismo que me indica mi abogado con lo cual se afianza más la idea de iniciar un proceso de reclamación de cantidad a la empresa.

MUCHISIMAS GRACIAS Y OJALA FUESEIS CONSCIENTES DE LA AYUDA QUE PRESTAIS A LAS QUE ESTAMOS SUFRIENDO PROBLEMAS Y CONFIO QUE SINTAIS POR MEDIO DE ESTAS LINEAS LA GRATITUD QUE OS EXPRESAMOS

SOYS LO MEJOR QUE HE ENCONTRADO EN LA RED
21/03/2005 09:29

Mi criterio siempre estaba condicionado a que se tratase de la misma IT por recaida, no obstante, conforme a lo que Ninfa a este respecto mantiene y teniendo su opinión como muy documentada, no tengo nada que objetarle, por lo que la hago mia.

Un saludo y gracias
23/03/2005 11:48
¿alguien sabria decirme el costo de llevar al juzgado de lo social un procedimiento de invalidez permanente? ¿es mejor ir con perito particular? gracias por todo.
23/03/2005 14:13
La minuta del abogado la desconozco, pues aún no hemos hablado de este tema.

En cuanto al perito te puedo informar de mi caso particular, ya que mi caso asistió al juicio solamente mi abogado con los informes y pruebas médicas, pero no con peritos particulares, que supongo que su presencia en el juzgado habra que pagar.

Por otro lado tengo entendido que las pruebas que tienen más fuerza ante un juzgado son las de la sanidad pública, pues al parecer a los informes y pruebas particulares, los jueces no le prestan mucha atencíon.

Siempre me han aconsejado llevar pruebas e informes de la salud pública, pues al parecer son más efectivos y por supuesto mas baratos.

Un saludo
23/03/2005 16:31
Hola mª Ines..
No solo no me molesta que intevengas en esta cuestion, sino al contrario estoy encantado que compartamos nuestras dudas y cuestiones ya que asi intecabiando nuestras opiniones y experiencias podemos ayudarnos entre nosotros, ya que a mi como pienso que para los que habeis entrado en esta cuestión les sucederá lo mismo .
En cuanto a la pregunta de Sugus, respecto a los honorarios de abogado depende del mismo unos cobran un porcentaje de la cuantia que te consiguen y otros un tanto pactado ( sobre los 500 € ) y el informe pericial unos 250 € a parte si tiene que acudir el médico a juicio que suele cobrar 60 €
espero que sirva de orientacion en cuanto a costes, pero seguramente los importes podrán variar dependiendo de las comunidades o ciudades donde concurran los hechos.

UN SALUDO A TODOS Y ESPECIALMENTE A NINFA QUE NOS SON DE GRAN AYUDA SUS SIEMPRE SABIOS CONSEJOS...SIGUE CON NOSOTROS TE NECESITAMOS.

23/03/2005 16:49
gracias por la rapidez, a mí me han pedido alrededor de 1.200 € y la verdad es que andaba un poco perdida, por un lado me habian dicho que en temas de Incapacidad Permanente ascendía a 3.000-4.000 € y ahora me dices que es sobre 500 €, pues ya estoy perdida.
El perito me pidió 360 € incluido todo, el informe y asistencia a juicio.
23/03/2005 18:04
Hola.

En primer lugar decir que la sanidad pública no hace informes periciales ni los facultaitivos van de perito de la parte que demanda la invalidez (iria contra su empresa) LO que si se puede aprotar es las pruebas medicas, diagnosticos, informes etc. que se le hayan hecho al trabajador.

Lo mas conviente, en mi opinión, es un informe pericial hecho por especialista a ser posible de cierto prestigio ya sea a nivel local, provincial, autonómico o estatal y por supuesto que desarrolle, aclare y dfienda ese informe en el acto de juicio (la mutua o INSS va a levar su médico que tatará de desacreditar los aspectos esenciales de tal informe)

En cuanto a precios, esto es un mercado persa y cada uno se valora como quiera valorarse. 500 euros es muy caro o 3000 muy barato, en funcion de los resultados.

Saludos.
25/10/2008 12:42
Hola yo estoy en la misma situación. Este tema es antiguo pero supongo que no habrá cambiado demasiado.


A mi me han denegado la incapacidad permanete despues de haber agotado el plazo maximo de it de 18 meses.
y una vez reciba la carta de alta no se bien que hacer, hablais de un plazo de 30 dias para una primera reclamación al propio INSS que puede tardar muchísimo y claro todo ese tiempo se entiende que estaría sin combrar nada ¿no?

Y cuando reciba la notificacion esta del alta y no me incorpore al trabajo ¿que situación tendré en la empresa?

Ahora no puedo trabajar y tengo pendiente otra IQ en el pié para primeros del año que viene y he pensado hasta coger baja por depresion para no quedarme como se dice vulgarmente en la calle, pero no estoy seguro de si eso sería un delito pues el INSS no es tonto y verá que, despues de denegada la incapacidad, he cogido otra baja seguida....


Saludos.
26/10/2008 13:36
Miguel he leido todos los mensajes, la mayoria muy bien expuestos (NInfa por ejemplo), pero creo que sería bueno recordar, que tras una denegación de Incapacidad Permanente por Resolución del INSS (EVI), sólo podrá generarse un nuevo proceso de incapacidad temporal por la misma o similar patología si media un período de actividad laboral superior a seis meses o si el Instituto Nacional de la Seguridad Social, a través de los órganos competentes para evaluar, calificar y revisar la situación de incapacidad permanente del trabajador, emite la baja a los exclusivos efectos de la prestación económica incapacidad temporal.
Luego, quien tiene la ultima palabra de reconocer este nuevo proceso es el INSS, y será por eso que la empresa está a la espera de que le indiquen si se le da efectos económicos o nó a esa nueva baja.
Otra cosita, si la empresa te da de baja por agotamiento 18 meses (trámite legal a todas luces) deja de cotizar tb. y tu situación con la empresa sería de suspensión del contrato de trabajo, como dices que te han aconsejado a coger nueva baja, sin antes haberte incorporado a la empresa para que tramiten tu alta en la seguridad social?, no ves que tu empresa no admite esa baja, pq no te habia dado de alta previamente?.....y por supuesto para incorporarte a tu puesto de trabajo (con tramite de alta incluida por parte de la empresa) no puedes hacerlo en situación de Incapacidad Temporal. Salvo mejor opinion. Saludos a todos.
26/10/2008 17:46
Hola espero que no se moleste el creador del hilo pero bueno al fin y al cabo es mas o menos la misma situación. Si lo hace pues le pido mis disculpas.

Yo estoy de acuerdo con Dragoncan cuando comenta el dato (IMPORTANTÍSIMO) de que una vez agotada la I.T de 18 meses y dada la correspondiente alta, no se puede generar, durante un periodo de 6 meses, una baja por el mismo motivo u otra similar. Bueno si se puede, pero la tiene que conceder, no el médico de cabecera, si no los equipos de valoración del INSS, con lo que queda claro que podrían, no se en qué porcentajes o situaciones (sería valioso conocerlo) denegarnos el derecho a los efectos económicos, osea, que estaríamos de baja pero no cobrar un duro.


La reincorporación a la empresa se debería hacer de manera obligatoria una vez se reciba la carta con la denegación de la I.P y que la empresa te de el alta, eso es imprescindible, luego ya pues se podrá optar o bien a pedir la baja por el mismo motivo (con el riesgo letal que antes menciono) o bien por otra patología distinta, si es como en mi caso que real y físicamente no puedo trabajar, la única salida.

Yo estoy en este paso, ¿que hacer una vez reciba la carta con la denegación y viendo que no puedo trabajar? No quiero arriesgarme a que no me concedan los efectos económicos pues sería para mi una ruina total, pero tampoco quiero pedir otra baja por diferente motivo (depresion, ansiedad...) pues esto son cosas muy serias y hay mucho en juego, y auque yo realmente ahora mismo me encuentro muy mal, no se si esto podría constituir un delito si se demostrara que pedí esa nueva baja solamente por necesidad y no por enfermedad real. Y añadir que los del INSS muy tontos no deben ser, ya que verán que una vez agotados los 18 meses y denegada la I.P, el trabajador de manera inmediata tiene otra baja distinta. (digo que dirán: !vaya casualidad no?!)


Yo no he reclamado todavía ya que no he recibido la carta pero lo haré y buscaré todos los informes médicos que pueda, que los que presente para la solicitud de la I.P me han dicho que no eran los mejores posibles.


Así que si algun experto o conocedor de estos procesos quisiera opinar sobre esta, reconozco dificil situación, pues estaría yo, y muchos mas, muy agradecidos.
Parece que en este sentido hay un vacio legal, supongo lo harán por motivos económicos y para evitar morosidad de alguna gente que quiera aprovecharse de esto estirándo el proceso de baja hasta el infinito y mas alla, pero quiza por eso debemos pagar justos por pecadores.

Yo la única esperanza que tengo y que quiero preguntar al INSS, es si se puede saber con antelación si me concederían los efectos económicos si pido baja por la misma patologia, sería un alivio pero imagino que será imposible, de eso me enteraré cuando ya sea demasiado tarde. Tambien apelo a la humanidad de los médicos que valoren, pues hasta ahora en las varias revisiones que me han hecho a lo largo de estos 18 meses no me ha puesto impedimentos con el problema que tengo, no tendría lógica que durante 18 mesea haya superado esa prueba y ahora, tras agotar la it, ya no la supere y me dejen sin dinero y sin poder trabajar. Pero como digo esto lo veo un riesgo que no me deja ni dormir, espero que tengamos suerte se nos trate como nos corresponda sin juagarnos solamente por un fria ley.

Saludos y perdon por extenderme tanto, pero por poner algo de humor, que ya tengo valor para permitirmelo como me encuentro, diré que esto es solamente un resumen de lo que tenía escrio en principio.
26/10/2008 17:53
Añadir ademas, que si pido baja por el mismo motivo, voy a revision de los equipos de valoración y no me la conceden, y una vez lo hagan darme de nuevo de alta y pedir a mi medico de cabecera entonces una baja por patología dístinta ya lo veo casi de película de los hermanos marx.

Digo esto solo para pedir en primer lugar la baja por la misma enfermedad y esperar la suerte que te concedan los efectos económicos, con lo que no habría tanto lío.

Saludos.
27/10/2008 18:55
Ya tengo cita con el abogado pero para mi sorpresa será dentro de 7 dias!! espero que no se me complique la cosa hasta entonces.


Ahora estoy esperando la carta de reincorporación porque tengo resuelto desde el día 24 de este mes.
¿hasta que día cobraré de la mutua hasta el 24 o hasta la fecha de alta en la empresa?

¿se puede dar el caso, como acabo de leer en otro hilo nuevo, que no se me avise y no reciba esa carta pero ya esté de alta? ahora podría mirarlo con el certificado digital pero no se porqué no me funciona, me he hecho hoy uno nuevo del CERES pero hasta mañana no se activa.

Saludos.
27/10/2008 19:03
La asesora del sindicato me ha dicho que esta carta, aun siendo certificada, puede tardar hasta 2 semanas desde la fecha de la resolucion de la denegación de la I.P.....

como la mutua no me pague durante ese periodo que va desde la denegación hasta la fecha de alta en la empresa voy a dejar de percibir una buena parte de la compensación económica, en el caso de que la carta se demore en exceso.

La asesora tambien me ha dicho que no me puedo dar de baja por el mismo motivo si no transcurren 6 meses, pero me parece que se equivoca pues como decía antes Drangoncan y yo tambien he leido en la pagina de la seguridad social, si que se puede coger la baja, lo único que pasaría es que no concedieran la prestación economíca.

Saludos.

04/11/2008 16:01
Hola buenas,

He estado 18 meses de baja por enfermedad común. Dos hernias discales. La Seg. Soc. de momento me sigue teniendo en lista de espera para realizarme la operación pertinente.

Por otro lado la mutua de la empresa donde trabajo, para acelerar el proceso, se hizo cargo de mi operación, pero ésta no salió como debía y estoy igual que al principio.

Con vistas de acogerme a algún alargamiento de tiempo para que la mutua se hiciera cargo de la situación, visto que la Seg Soc. no responde, en la última Inspección Médica me pusieron en la mesa una solicitud de incapacidad permanente (pues ya había agotado los 18 mese de baja) y que tramité.

Esta última semana me ha llegado la resolución: DENEGADA, por lo cual debo incorporarme a mi trabajo mañana mismo.

Mi problema es que yo quiero volver a mi trabajo, pero no en estas condiciones, es por eso que pregunto por algún recurso al que me pueda acoger para que la Seg Soc o alguien se haga cargo de acelerar mi caso, sobretodo curarme las hernias sin necesidad de pegarme otros 18 meses de baja, moralmente me está costando mucho todo esto.

¿Dónde puedo acudir para reclamar mi situación? ¿Qué recursos me quedan? No estoy en condiciones de estar 8 horas en mi trabajo cada día, ¿y si recaigo? (ahora voy cogeando debido al dolor ciático y me siento impedida a la hora de agacharme o levantar peso)

Muchas gracias, ah, soy administrativa y me llevo el día cargando archivos de aquí para allá, ordenandolos y agachada con malas posturas ordenando papeles.
04/11/2008 18:02
Hola aplicada, todos estamos en la misma situación, con la ip denegada y teniendo que reincorporarnos al trabajo si o si.

Lo que yo conozco hasta ahora que se puede hacer es lo sabido de iniciar reclamación previa (que vale su dinero) una vez denegada (que la deniengan casi siempre) ir a juzgados y aportar informe de perito medico y a esperar suerte porque el INSS he leido que es duro y recurre lo que haga falta. Lo malo de esto es que cuesta bastante dinero, solo el informe medico puede costar hasta 1000 euros. Pero bueno si se soluciona estarían muy bien invertidos.

Por cierto dices que has recibido la carta esta semana, yo estoy a a la espera de recibirla muy pronto, podrías decir que se te indica en ella? me refiero a si te propone una fecha de alta o un dia en concreto o te da un plazo....etc


A mi tambien me tienen que operar para primeros de año 2009 y lo malo es que no nos pueden dar una baja por el mismo motivo. Yo tambien me sumo a tu petición a ver que solucion u otra salida podemos coger, pues yo tambien quiero reincorporarme a mi trabajo, pero es que simple y llanamento no puedo hacerlo, es imposible pues fuí operado del pie y no salío bien...


Saludos y animos a todos.
04/11/2008 21:04
aplicada, es curioso que la propia Inspección de la Seg. Social, te haya iniciado expte. de incapacidad permanente, para luego DENEGARLA, ? porque de no existir patologia invalidante, mejor te hubieran dado el alta médica, antes de agotar los 18 meses y hubiesen terminado antes.....no crees?...
Está claro que puedes interponer Reclamación Previa, en un plazo de 30 dias y luego si no hay respuesta satisfactoria, presentar demanda ante el Juzgado de lo Social.
Tu problema principal es ASISTENCIAL, pq leo que llevas bastante tiempo a la espera de una I.Q. por la Seg. Social, has solicitado en Antención al Paciente de tu centro hospitalario alguna noticia sobre su intervención?...algún plazo estimativo?
Solo se me ocurre, si recaes, y te dan de nuevo la baja, te presentes con ella en las oficinas de la seguridad social (ya que te aplicarán un articulado que dice que no puedes coger la baja, si no han transcurrido mas de seis meses del alta, (en este caso, resolución denegatoria), a los efectos de que autorizen dicha baja. Saludos.
04/11/2008 21:10
Rebian, esa resolución que estás a la espera, solo te indica la denegación o aprobación de la incapacidad permanente, en ningún sitio encontrarás fecha de alta o algo parecido. Una de las causas de Alta de la IT (Incapacidad Temporal), además de mejoría, curación, jubilación..etc....es cuando se emite una Resolución con o sin declaración de Invalidez. Osea, que la fecha de la resolución, si es denegatoria, es la fecha de alta de tu proceso de IT. Saludos.
05/11/2008 12:37
Hola Dragoncan, entonces ahora estoy de alta desde el día 24 de octubre (dia de resolución) no?
en el informe de "situación actual" de la pagina de la seguridad social me indica esto:
GENERAL | A.S.SUBSID.P.DIREC.EEGG/MUT./EMPR.COLAB | ALTA | 02.09.2008


pero en este caso yo no me he reincorporado a mi trabajo por no recibir la carta (solo se la fecha de denegación por el certificado digital) ¿luego podré reincorporarme a la empresa sin problemas cuando reciba la carta no?



Sobre el tema que le planteas a aplicada, a mi tambien me propuso para la I.P el provio evi, quiero decir que yo en ningun momento le pedí nada a aquel medico, simplemente me dieron cita para un día y allí fuí con toda la documentación y solo me dijeron: ya te vendrá una carta de la valoración.
¿hay algo que alegar en este aspecto en una posible reclamación previa?
Lo digo con vista a que la acepten, alengando que ellos fueron los que me propusieron para la IP y luego me la deniegan tambien ellos mismos.


Saludos.