Buenos días hay una menor de 16 años de edad. Sus padres se encuentran divorciados, y la custodia pertenece a la madre.
Para la emancipación de la menor, ¿es necesario el consentimiento de ambos progenitories al tener la patria potestad? ¿O basta con consentimiento de la madre, por tener la custodia?
Artículo 314 La emancipación tiene lugar: 3. Por concesión de los que ejerzan la patria potestad. La guardia y custodia no es más que una medida (siempre eventual) que regulariza una situación de hecho en los asuntos de divorcio de los padres; o entre progenitor gestante y progenitor de gestación pasiva (cfr.: ley de libertad sexual pendiente de aprobación) . Antes de que se dé cuenta, la chica tendrá 18 años.