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Entrada y Registro

25 Comentarios
Viendo 1 - 20 de 25 comentarios
Entrada y registro
25/02/2006 12:28
Hola:

Supongamos que A y B son copropietarios de una vivienda.

A denuncia a B.

¿Es válido el consentimiento para la entrada y registro en el domicilio común el otorgado únicamente por A, como cotitular, o sería necesario también el de B?

¿Sería válido, pero deberían excluirse las habitaciones de B y limitarse a las zonas comunes?

Gracias de antemano.
perfil HHH
25/02/2006 13:18
Mi querida Ana, entiendo que no se podría practicar la diligencia, por existir intereses contrapuestos.
No obstante, siento no poder asegurártelo.

Un cordial saludo.
25/02/2006 13:24
Muchas gracias, HHH.

Pero ¿ha de diferenciarse la vivienda en su totalidad de una habitación en particular?

Quiero decir que, si el registro se limita a la habitación de A ¿sería necesario el consentimiento de B para entrar en la vivienda, aunque, una vez dentro, sólo se registrara la habitación de A?

Perdona el caos; me ha planteado la cuestión un compañero y él no se ha explicado muy bien y creo que yo lo estoy enmarañando aún más.

Saludos.
perfil HHH
25/02/2006 13:26
Pues....necesito pensarlo.
Ya te diré algo, no te preocupes. Un abrazo.
25/02/2006 13:28
Te lo agradezco mucho.
25/02/2006 15:45
Aclaro una cosa: A es sólo denunciante, no víctima.

Gracias.
perfil HHH
25/02/2006 17:09
Apreciada Ana, si me concretas un poco más, estoy seguro de que al final podremos llegar a una conclusión.
Con todo mi cariño, me da la sensación de que estás hecha un lío (tú o tu amigo).
Será un placer ayudarte. Un saludo.
perfil dp
25/02/2006 21:53
Y qué fin tiene esa entrada y registro? Encontrar pruebas de algo en contra de B? Porque si es así, que A consienta sería lo mismo, para mí, como si la policía entra a saco sin orden judicial.
El que consiente debe ser, en principio, el que corre el riesgo de que es encuentre algo que le comprometa. De no ser así, da igual que consienta o no, lo importante sería el consentimiento de B, pues éste puede ser el posible perjudicado. Por ello, algo tendrá que decir ¿no?
Saludos.
25/02/2006 22:37
Me han aclarado un poco el tema:

A descubre que B esconde en la casa común (no sé en qué estancia) unos objetos cuya procedencia podría ser un delito contra el patrimonio.

A pretende denunciar a B, y que el asunto se lleve con la mayor rapidez posible, ante el riesgo de que B se deshaga de los objetos.

¿Es válido el consentimiento de A para que se pueda practicar la entrada y registro?

¿Es relevante en qué zona de la vivienda (común o habitación de B) se encuentren los objetos?
25/02/2006 22:38
¿O, como dice HHH, existe contraposición de intereses?
perfil HHH
26/02/2006 15:24
A ver, querida Ana. Por lo visto, existe una Sentencia del TC al respecto (te la buscare).
Una mujer denunció a su marido por amenazarla con un arma. Ella, por ser titular de la vivienda, franqueó la entrada a los agentes, que procedieron a registrar el dormitorio e incautar el arma.
Se invalidó dicha diligencia, por entenderse que el consentimiento de ella, aunque fuera titular del domicilio, no era suficiente, pues existian intereses contrapuestos.

Sobre lo de la relevancia del lugar de la casa donde se lleve a cabo el registro, te diría que es indiferente.Aunque no acabo de comprender qué me intentas preguntar.

Si necesitas cualquier otra aclaración te atenderé encantado. Un saludo.
perfil dp
26/02/2006 15:44
Estimada Ana, parece evidente que no puede ser legítimo y válido ese consentimiento. La finalidad consiste en probar la implicación de B en acto delictivo, por ello que consienta A es como si abriera la puerta a la policía o que ésta tirara la puerta abajo. Debe ser B el que consienta pues él es el posible demandado y el que va a acarrear las consecuencias de la posible localización de indicios o pruebas que le comprometan.
Así lo veo yo, al menos.
Lástima que no opinen los profesionales policiales que suelen intervenir en este foro, aportarían aspectos, sin duda, interesantes.
26/02/2006 15:58
Muchas gracias.

Lo de las habitaciones viene a lo siguiente:

Si A y B viven en un chalet, y B ha escondido los objetos en el dormitorio de A. ¿Es válido el consentimiento de A si los agentes entran directamente por la ventana y el registro se limita a esa habitación (la de A)?

Ya sé que suena raro, pero me gustaría saberlo.

Gracias. Un saludo.
perfil HHH
26/02/2006 16:49
El supuesto que planteas ahora es ciertamente raro, más bien un poco rebuscado.
Coincido con el forista DP.: esperemos a los profesionales.

Un abrazo y......no pienses tanto (es broma)
26/02/2006 16:56
¡¡Ja,ja¡¡ Sí, te haré caso, HH.

De todas formas, gracias a los dos. Un saludo.
perfil dp
26/02/2006 18:57
En el caso que planteas, Ana, lo más lógico, ajustado a derecho, con vistas a que lo que se haga sirva posteriormente en el proceso, y para prevenir posible responsabilidades de los agentes sería que A acudiera a Comisaría y planteara todas sus sospechas a los agentes, y que todos (o los agentes sin A) fueran a ver al juez para plantearle la situación y explicarle los posibles riesgos que se derivan de una actuación que posteriormente pudiera considerarse ilegal (prueba obtenido con vulneración de derechos, responsabilidad penal de los agentes por violación del domicilio, etc.). En ese caso, de existir fundados indicios en base a la declaración de A, no creo yo que el juez pusiera grandes problemas para dictar un auto de entrada y registro.
Pongámonos todos en lugar de los agentes, ¿quién se arriesga a entrar en el domicilio, por mucho que A consienta, si el derecho que se puede vulnerar es el de B? ¿Si la cosa funciona, tofdos contentos, pero si la prueba se declara nula y los agentes resultan imputados, de tenerlo todo pasamos a no tener nada, y algunos incluso menos que nada pues pueden salir gravemente perjudicados.
Este tipo de casos hay que estudiarlos con cuidado y proceder, si cabe, con más cuidado.
Saludos
26/02/2006 19:13
Gracias, estimado DP. Sólo eran elucubraciones.

Saludos.
27/02/2006 01:36
Personalmente y como miembro de las FCSE, el consentimiento del denunciante "A" es totalmente irrelevante. Las actuaciones se siguen contra "B" y éste es el único habilitado para dar su consentimiento.
En domicilios compartidos la posicíón del que deniega la entrada prima sobre el que la consiente y yo estimo evidente que en lo concerniente a B no obtendríamos tal consentimiento, ni expreso ni tácito.
En cuanto a que los elementos objeto del delito se hallen en el dormitorio (o dependencia privada) de "A" sería rizar el rizo y entrar en casos de laboratorio. Por ejemplo, estando en dependencias privadas de "A", quién asegura que estas pertenencias son de "B"?
A efectos prácticos y para evitar nulidad de la prueba estimo que lo pertinente es tratar el domicilio como unidad común compartida y acudir a mandamiento de entrada y registro sobre tal conjunto.
Salvo mejor opción. Saludos a todos
27/02/2006 01:39
¿Y si los objetos hallados en la habitación de A sólo tienen huellas de B?

Gracias.
27/02/2006 01:49
Muchas gracias a todos.

Me han aclarado las dudas. Un saludo.