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Excedencia y paro

27 Comentarios
Viendo 21 - 27 de 27 comentarios
20/04/2011 14:28
Auris:
Esto se complica. La intención de la empresa es despedirme, pero no tengo claro si me corresponde paro sin haber trabajado estos dos años de excedencia. Y paara postre he llamado dos veces al inem. Primero me han dicho que si hay un despido sí que me corresponde mi paro acumulado, pero me ha dicho no sé qué de un día o dos de alta, así que como esto último no me ha quedado muy claro pues he vuelto a llamar y otra persona distinta me ha dicho que un despido estando de excedencia no se considera situación legal de desempleo....Así que como comprenderás estoy bastante agobiada.
20/04/2011 15:34
Pregunto: para despedir a una persona que está en excedencia habrá que reincorporarla y darle de alta (aunque sólo sea un día) para realizar el despido ¿no?

Saludos.
20/04/2011 17:48
Me remito a lo que ya te anticipé en mi primera respuesta.

Saludos
20/04/2011 21:12
Entonces de qué manera me correspondería el paro?. Un despido? o me tienen que dar de alta algún día?...Me siento bastante confundida con el tema y bastante perdida pues ya no sé ni a quién preguntar este tema.
21/04/2011 08:27
Como bien dice nando_bcn, ya lo te lo explicó en su primera intervención y así lo entiendo yo:

Cuando haya finalizado el plazo de la excedencia y no te reincorporen porque no hay vacantes, pero se sabe que las hay, entonces hay que DEMANDAR POR DESPIDO. Si se produce el despido y tienen que pagarte los salarios de tramitación, esto implica darte de alta en la SS, lo que te daría acceso a la prestación por desempleo.

Hay hilos recientes en este foro sobre este tema que se ha analizado esta situación con profundidad.

Saludos.
21/04/2011 08:57
Eso es. Gracias patatinpatatero.

En definitiva, si durante tu excedencia no has trsabajado en otro sitio (y se haya extinguido la relación laboral en curcnsntancias que supongan estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato...) tú única posibilidad de cobrar la prestación de desempleo pasa por pedir la reincorporación a la empresas (cuando finalice la excedencia) y EXISTIENDO REALMENTE VACANTES ADECUADAS A TU PERFIL (y que, llegado el caso, tú puedas demostrarlo ante un juez) la empresa te haya denegado la reincorporación, demandes por despido y un juez te acabe dando la razón.

Si no hay vacantes, no hay nada que hacer. La empresa habrá rechazdo tu reincorporación de forma justificada. Eso no será un despido y, por tanto, no estarás en situación legal de desempleo (si no has trabajado, repito, en otro sitio durante la excedencia).

Por tanto, punto importante, aclara eso de "la empresa tiene la intención de despedirme".
Para que te despida tu has de pedir la reincorporación y existiendo vacante la empresa rechaza tu petíción.
Pero si simplemente no hay vacante no hay despido.
Y si (que no sé se es el caso, pero en tu exposición ya me pierdo, porque también hablabas de que te han dicho que no te pueden contratar porque "no hay mucho trabajo"), sin existir vacante, tu empresa "viste" de despido lo que simplemente debería ser una negativa a tu reincorporación por falta de vacante, estaríamos ante un fraude.

Y lo de pedir una baja voluntaria para tener derecho al paro, como ya te he dicho, es una auténtica majadería (y si es la empresa quien te lo dice, probablemente ton total mala fé por su parte).

En fin, te lo pedemos decir mas veces, más alto, más largo, pero no más claro.

Saludos
05/02/2013 15:38
Hola a todos,

Y si después de regresar de la excedencia vuelves a tu trabajo y sin haber transcurrido 6 meses la empresa decide realizar un ERE tendría paro? Es decir entiendo que el periodo de excedencia no cotiza pero si tengo antes de la excedencia paro acumulado por ello como ahora tras mi reincorporación a la empresa no he cumplido ni 6 meses me gustaría saber si ese paro acumulado antes de mi excedencia se me guarda si me despiden ahora o por contra no tengo derecho a nada,

Muchas gracias!!
05/03/2014 10:10
Buenaaas,

Soy nueva en el foro y tengo un problema. Estoy de excedencia de la empresa "A", la cual venció el 29/01/14. El caso es que no quiero volver porque estoy trabajando en la empresa "B" y he solicitado la baja voluntaria, para así no tener problemas a la hora de cobrar alguna prestación futura.
El caso es que en la seguridad social, figuro como baja por excedencia, y me dicen que hasta que no se arregle esto, no podría cobrar ninguna prestación por mucho tiempo que pasara...

El caso es que la empresa "A" son un poco incompetentes y no me han dado de baja, pero en la seg soc, me comentan que para darme de baja, primero me tendrían que readmitir un día, y luego darme de baja automáticamente. Mi pregunta es, ésto es asi????
Y en el caso en los que las empresas no admiten a trabajadores en situación de excedencia, qué pasa? siempre figuran en la seg soc mal??? nunca podría cobrar paro?? No se puede hacer una baja voluntari y punto?

Ah, y punto 2, una vez finalizara de la empresa "B", podría inscribirme al inem aunque no cobrar desempleo para que me contratara otra empresa "c", no?

Lavane, cómo solucionaste tu caso?

Gracias!
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20/04/2011 14:28
Auris:
Esto se complica. La intención de la empresa es despedirme, pero no tengo claro si me corresponde paro sin haber trabajado estos dos años de excedencia. Y paara postre he llamado dos veces al inem. Primero me han dicho que si hay un despido sí que me corresponde mi paro acumulado, pero me ha dicho no sé qué de un día o dos de alta, así que como esto último no me ha quedado muy claro pues he vuelto a llamar y otra persona distinta me ha dicho que un despido estando de excedencia no se considera situación legal de desempleo....Así que como comprenderás estoy bastante agobiada.
20/04/2011 15:34
Pregunto: para despedir a una persona que está en excedencia habrá que reincorporarla y darle de alta (aunque sólo sea un día) para realizar el despido ¿no?

Saludos.
20/04/2011 17:48
Me remito a lo que ya te anticipé en mi primera respuesta.

Saludos
20/04/2011 21:12
Entonces de qué manera me correspondería el paro?. Un despido? o me tienen que dar de alta algún día?...Me siento bastante confundida con el tema y bastante perdida pues ya no sé ni a quién preguntar este tema.
21/04/2011 08:27
Como bien dice nando_bcn, ya lo te lo explicó en su primera intervención y así lo entiendo yo:

Cuando haya finalizado el plazo de la excedencia y no te reincorporen porque no hay vacantes, pero se sabe que las hay, entonces hay que DEMANDAR POR DESPIDO. Si se produce el despido y tienen que pagarte los salarios de tramitación, esto implica darte de alta en la SS, lo que te daría acceso a la prestación por desempleo.

Hay hilos recientes en este foro sobre este tema que se ha analizado esta situación con profundidad.

Saludos.
21/04/2011 08:57
Eso es. Gracias patatinpatatero.

En definitiva, si durante tu excedencia no has trsabajado en otro sitio (y se haya extinguido la relación laboral en curcnsntancias que supongan estar en situación legal de desempleo: despido, fin de contrato...) tú única posibilidad de cobrar la prestación de desempleo pasa por pedir la reincorporación a la empresas (cuando finalice la excedencia) y EXISTIENDO REALMENTE VACANTES ADECUADAS A TU PERFIL (y que, llegado el caso, tú puedas demostrarlo ante un juez) la empresa te haya denegado la reincorporación, demandes por despido y un juez te acabe dando la razón.

Si no hay vacantes, no hay nada que hacer. La empresa habrá rechazdo tu reincorporación de forma justificada. Eso no será un despido y, por tanto, no estarás en situación legal de desempleo (si no has trabajado, repito, en otro sitio durante la excedencia).

Por tanto, punto importante, aclara eso de "la empresa tiene la intención de despedirme".
Para que te despida tu has de pedir la reincorporación y existiendo vacante la empresa rechaza tu petíción.
Pero si simplemente no hay vacante no hay despido.
Y si (que no sé se es el caso, pero en tu exposición ya me pierdo, porque también hablabas de que te han dicho que no te pueden contratar porque "no hay mucho trabajo"), sin existir vacante, tu empresa "viste" de despido lo que simplemente debería ser una negativa a tu reincorporación por falta de vacante, estaríamos ante un fraude.

Y lo de pedir una baja voluntaria para tener derecho al paro, como ya te he dicho, es una auténtica majadería (y si es la empresa quien te lo dice, probablemente ton total mala fé por su parte).

En fin, te lo pedemos decir mas veces, más alto, más largo, pero no más claro.

Saludos
05/02/2013 15:38
Hola a todos,

Y si después de regresar de la excedencia vuelves a tu trabajo y sin haber transcurrido 6 meses la empresa decide realizar un ERE tendría paro? Es decir entiendo que el periodo de excedencia no cotiza pero si tengo antes de la excedencia paro acumulado por ello como ahora tras mi reincorporación a la empresa no he cumplido ni 6 meses me gustaría saber si ese paro acumulado antes de mi excedencia se me guarda si me despiden ahora o por contra no tengo derecho a nada,

Muchas gracias!!
05/03/2014 10:10
Buenaaas,

Soy nueva en el foro y tengo un problema. Estoy de excedencia de la empresa "A", la cual venció el 29/01/14. El caso es que no quiero volver porque estoy trabajando en la empresa "B" y he solicitado la baja voluntaria, para así no tener problemas a la hora de cobrar alguna prestación futura.
El caso es que en la seguridad social, figuro como baja por excedencia, y me dicen que hasta que no se arregle esto, no podría cobrar ninguna prestación por mucho tiempo que pasara...

El caso es que la empresa "A" son un poco incompetentes y no me han dado de baja, pero en la seg soc, me comentan que para darme de baja, primero me tendrían que readmitir un día, y luego darme de baja automáticamente. Mi pregunta es, ésto es asi????
Y en el caso en los que las empresas no admiten a trabajadores en situación de excedencia, qué pasa? siempre figuran en la seg soc mal??? nunca podría cobrar paro?? No se puede hacer una baja voluntari y punto?

Ah, y punto 2, una vez finalizara de la empresa "B", podría inscribirme al inem aunque no cobrar desempleo para que me contratara otra empresa "c", no?

Lavane, cómo solucionaste tu caso?

Gracias!