Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Me han echado del periodico

254 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 254 comentarios
26/01/2007 21:21
Sigo sin ver la injusticia por ningún lado. Cada cual es muy libre de solicitar la colaboración de quienes sea para su empresa, y si luego la colaboración no es como esperaba, dejar de contar con ella. Alguien me puede explicar cuál es el problema?

O si llego yo a un periódico y les digo: publicad este relato, q me parece muy interesante, y me dicen q no, tengo que denunciarles por no respetar mis derechos?

Por favor, entendamos que un periódico no es una ONG, es una empresa.
26/01/2007 21:22
Eso, son okupas tb, mago! Y por supuesto que me importa un cuerno si se meten en un edificio deshabitado, a nadie le importa una fabrica en ruinas, pero da la j......dida casualidad de que se estan colando en casas, habitadas, de eso se trata.

hay que ver mas el telediario
26/01/2007 21:27
Por cierto, me gustaría apuntar que yo opino como periodista, q es lo q soy, y no como abogada, gracias a lo cual puedo aportar un punto de vista diferente a este tema. Pero ya veo q la gente prefiere obcecarse en sus propias convicciones antes de pararse ni siquiera a plantearse otras perspectivas.

Para qué entrar entonces en un foro de opinión?
26/01/2007 21:34
No es lo mismo ir a un periodico y pedir q te publiquien novata, q estar publicando y q tengas q escribir la opinion de otros o irte.

Bueno Enola no sabia que se metieran en casas habitadas... siempre los veo en edificios vacios... es mas, en vez de destrozando arreglandolos. Claro que cada uno habla de lo que ve. Pero claro q no me pareceria bien q se metieran en mi casa, en eso te doy la razon, suerte q no cabrian muchos y los podria echar.. :-D
26/01/2007 21:47
En realidad, aqui se discuten las ocupaciones de inmuebles que no constituyen morada. Lo de las casas habitadas se esta dando ahora, son casos muy extremos, y veremos a ver, si no se le pone freno, si esto no va proliferando, pq dado lo lenta qe es la justicia, unos mesecitos viviendo a todo dar no se los quita nadie. Y no es justo la verdad. Pero es la ley que hay.
se pueden ocupar muchas cosas que no constituyen morada, y q no siempre son fabricas cochambrosas ni edificios vacios. Aun asi, es logico que el propietario de los mismas, quiera expulsarlos de ahi, si lo ocupan sin consentimiento. Simplemente, porque es suyo. Y porque si no lo hace en un tiempo, como dice maica vasco, acabara perdiendo definitivamente sus derechos sobre ello.
26/01/2007 22:00
x cierto se q no es el tema, pero:
1.- ¿se puede cambiar el nik sin tener q volver a registrarse?
2.- ¿se pueden mandar mensajes privados a otro usuario del foro?
3.- Maicavasco eso que has dicho de "información al ciudadano de cómo se cancelan los antecedentes policiales" me gustaria leer el articulo o informarme. Me lo comento una vez un comisario y siempre me he querido informar pero siempre se me olvida.
27/01/2007 00:05
A ver, Enola, perdona que te diga esto, pero te pido, por favor, que te centres un poco.

La cuestión de este post no era discutir sobre si el delito estaba bien o no delimitado, la cuestión de este post es si por manifestar mi opinión personal, que es igual de respetable que la de cualquiera, a mi se me puede lanzar a la calle.

La violación de derechos fundamentales no está en la propiedad privada. Te ruego de nuevo que te centres. La violación estaría en echar a una persona a la calle por manifestar su opinión.
27/01/2007 00:08
Mago, en primer lugar, muchas gracias por tus palabras. Eres un encanto, como siempre.

En segundo lugar, pienso lo mismo que tú. No es equiparable al caso de irte de vacaciones y encontrarte luego veinte tíos a sus anchas.

Aparte de todo, porque el inmueble no puede constituir morada.
27/01/2007 00:11
Perdona, novata, si no ves la injusticia, te deseo de todo corazón que algún día te pase lo que a mí me han hecho. Lo celebraremos todos contigo. Créeme.

Aparte de todo, yo no he ido a ningún periódico con un artículo. El periódico me solicitó a mí colaborar, que es muy distinto. Y si no les gusto, que se metan el periódico por donde les quepa, pero que tengan los dos dedos de frente y el tacto de no decirte las cosas de malas formas y diciendote un disparate tal como que estás en la calle por haber manifestado tal y cual ideología.

Al principio bien me bailaban las aguas para que escribiera, porque no tenían columnistas.

Aparte de todo, lo que digo en el artículo no es para rasgarse las vestiduras.
27/01/2007 00:12
Exacto, mago, tú lo has dicho: No es lo mismo ir a un periodico y pedir q te publiquien novata, q estar publicando y q tengas q escribir la opinion de otros o irte.

27/01/2007 00:15
Por supuesto Maica. Pero si has copiado el articulo para que lo veamos, pues lo siento, no he podido evitarlo. Me ha llamado la atencion y queria que me lo explicaras.

No hace falta que me repitas q me centre, que no soy tonta, y si te fijas, despues de todo, el centro de todo el meollo, es tu articulo.

Y no. No deberias ir a la calle por expresar tus ideas. Eso lo sabemos todos de sobra. No hace falta ni discutirlo.

Suerte y un saludo
27/01/2007 00:21
Mago, te cuelgo a continuación el artículo que escribí sobre la cancelación. En fin, ya me dirás que te parece. Con todos estos artículos me evaluará el medio de comunicación la semana que viene, y si dios quiere, tendré el programa de tv o la columna, o las dos cosazs. Estais todos invitados. jajajajaja. Espero que esta vez no me echen, aunque no lo creo, porque este medio de prensa es banstante mas serio.

Alla va, por todos ustedes: La cancelación de antecedentes policiales (por cierto, lo cuelgo tal y como salio publicado, pues el periodico te recortaba los parrafos que queria a su antojo y este no paso la censura franquista y tiene recortados parrafos que jamas vieron la luz: pero como dice novata, no hay injusticia, a poner el culo)
27/01/2007 00:22
Cancelación de antecedentes
Artículo publicado en El Día de Albacete - 5 Enero 2007

María del Carmen Vasco Mogorrón
Abogada Derecho Penal

Consulta muy interesante la que el otro día un lector me hizo llegar a través del correo electrónico. Les animo a todos a participar y a enviarme sus experiencias, preguntas e inquietudes que quieran compartir al correo electrónico que aparece siempre en esta columna.

Me preguntaba una persona, toda curiosa, qué son los antecedentes policiales, si es importante cancelarlos y, si así fuera, cómo hacer para que se cancelen.

Los antecedentes policiales no son lo mismo que los antecedentes judiciales o penales. Estos últimos constarán en nuestra ficha del Registro Central de Penados y Rebeldes, cuando contra nuestra persona se hubiera dictado una sentencia judicial firme de condena.

En cambio, los antecedentes policiales aparecen en las bases de datos de la Policía Nacional, Guardia Civil o policía autonómica, siempre que una persona hubiera sido detenida por cualquier motivo, aunque a posteriori ésta no hubiera sido condenada.

La generalidad de los ciudadanos no le solemos dar importancia a los antecedentes policiales, porque en los juicios penales los únicos antecedentes que se pueden tener en cuenta son los penales, que tienen su causa en una sentencia judicial firme de condena anterior.

Pero no es menos cierto que aparecer en esta base de datos de carácter policial puede acarrearnos algún dolor de cabeza y complicarnos la existencia. Por poner un ejemplo, podría darse el caso que se detuviera a una persona que ya antes hubiera estado detenida por otra causa, aunque después no se la condenara, por haber quedado absuelta o haberse dictado por el juez un sobreseimiento libre (los hechos no eran constitutivos de delito o falta) o provisional (no había pruebas suficientes contra esta persona), o hubiera sido condenada, pero transcurrió un determinado periodo de tiempo y sus antecedentes penales ya hubieran sido cancelados, y, cuando los agentes consulten su base de datos, encontrarse con estos antecedentes policiales, lo que podría tener efectos adversos para nosotros, como, por ejemplo, que se nos calificara como “delincuentes habituales”. Por desgracia, a ciertas personas se las suele tildar con estos calificativos un tanto incívicos y ademocráticos.

Aparte de lo anterior, los antecedentes policiales nos podrían gastar alguna mala pasada, pues tienen una influencia decisiva en determinadas solicitudes de carácter administrativo, como, por poner dos ejemplos, cuando solicitamos una concesión o renovación de un permiso de armas, o cuando un extranjero solicita la concesión o renovación de un permiso de residencia.

En el primer caso, los órganos encargados de resolver la concesión solicitan información sobre nuestra conducta y nuestros antecedentes y, normalmente, ello suele consistir en solicitarle a la Policía un informe, que se emitirá tomando en consideración nuestros antecedentes que aparezcan en las bases policiales. Si alguna vez hemos sido detenidos, la solicitud de concesión o renovación en la práctica suele venir desestimada.

Los antecedentes policiales también tienen una importancia decisiva para los extranjeros, pues cuando éstos tienen antecedentes policiales se encontrarán, y en la práctica suele ser así casi en la generalidad de los casos, cuando vayan a solicitar su concesión o renovación del permiso de residencia, que ésta les venga denegada, por constar un informe gubernativo desfavorable, que no es otra cosa que en la base de datos de la policía figuran antecedentes policiales suyos, aunque, a lo mejor, jamás fueron condenados por ningún delito o falta.

...
27/01/2007 00:23
Y si bien es cierto que si no existe ninguna condena penal contra una concreta persona o, aún habiendo existido, los antecedentes penales ya hubieran sido cancelados, la Administración, bajo ningún concepto, nos podría denegar ningún tipo de permiso administrativo del tipo que sea o renovación, en base exclusivamente a estos antecedentes policiales, por el principio que marca que todo el mundo es inocente hasta que no se haya demostrado lo contrario (principio de presunción de inocencia), y que no existe delito, sino en virtud de sentencia firme dictada por un órgano judicial, no es menos cierto que en la práctica suele suceder muy a menudo, con los consiguientes efectos adversos para nosotros, los administrados.

Estas consecuencias negativas se traducirán en que nos podremos ver obligados a tener que dedicarnos a la incómoda tarea de hacer alegaciones ante la Administración que esté tramitando nuestra solicitud, por culpa de un informe policial desfavorable previo, y, a toda prisa acudir al Juzgado que conoció en su día de nuestro caso, tener que solicitar y presentar testimonios de la Sentencia o Auto que absolvió o sobreseyó nuestra causa, o solicitar un certificado de antecedentes penales, para demostrar que los que teníamos, si los teníamos, ya han sido cancelados. Quién sabe si hasta tendremos que defender, finalmente, nuestros derechos ante un Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, abonando los correspondientes honorarios al profesional o profesionales de nuestra confianza que nos representen.

Por todo lo dicho, parece más que oportuno y conveniente solicitar, cuanto antes, la cancelación de nuestros antecedentes policiales y, de este modo, evitarnos en un futuro sorpresas desagradables.
27/01/2007 00:25
Enola, dime una cosa: ¿Hay algún problema que el centro de este post sea mi artículo? ¿O es que ahora tampoco voy a poder escribir en este foro?

Qué pasada!!!
27/01/2007 00:28
Eso lo estas diciendo tu sola. Estas haciendo interpretaciones extensivas que no vienen a cuento.
27/01/2007 00:37
En fin, Enola, no voy a discutir contigo, porque no abierto este post con ese objetivo. Di lo que quieras.
27/01/2007 00:37
Muchisimas gracias por colgar el articulo maicavasco. Ya q preguntas q me parece, me gusta, me parece muy claro, me encanta leer de forma tan facil cosas de este tipo. El otro q colgaste sobre los derechos del detenido me entusiasmo, lo tngo guardado en el ordenador XD y como ese ya lo he leido mas veces te puedo dcir (sin q yo sea precisamente una persona q redacte muy bien) q la unica pega q le veo es q pusiste dos veces lo de "para q ud me entienda" y parece una muletilla. No kiero parecer quisquilloso XD pero weno ya q preguntabas opinion, t lo digo, respecto al contenido y respecto a este de los antecedentes nada malo q dcir :)

-----------------------------------
"; para que usted me entienda, evitar que esa persona se de a la fuga o, por ejemplo, se deshaga de pruebas.

. Para que usted me entienda, si a una persona la descubren hurtando en "
27/01/2007 00:38
La que estas discutiendo eres tu. Yo no tengo intencion de discutir aqui. Solo de aclarar ideas (si puedo) y que me las aclaren.
27/01/2007 00:39
Mago, espero tu opinión sobre el artículo de la cancelaciónn, ya me dirás algo.
Gracias a todas las personas que me han intentado apoyar y animar en estos dificiles momentos.
Me han echado del periodico | PorticoLegal
Logo

El portal de Derecho Español más completo y útil para jurístas, empresas y particulares

Me han echado del periodico

254 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 254 comentarios
26/01/2007 21:21
Sigo sin ver la injusticia por ningún lado. Cada cual es muy libre de solicitar la colaboración de quienes sea para su empresa, y si luego la colaboración no es como esperaba, dejar de contar con ella. Alguien me puede explicar cuál es el problema?

O si llego yo a un periódico y les digo: publicad este relato, q me parece muy interesante, y me dicen q no, tengo que denunciarles por no respetar mis derechos?

Por favor, entendamos que un periódico no es una ONG, es una empresa.
26/01/2007 21:22
Eso, son okupas tb, mago! Y por supuesto que me importa un cuerno si se meten en un edificio deshabitado, a nadie le importa una fabrica en ruinas, pero da la j......dida casualidad de que se estan colando en casas, habitadas, de eso se trata.

hay que ver mas el telediario
26/01/2007 21:27
Por cierto, me gustaría apuntar que yo opino como periodista, q es lo q soy, y no como abogada, gracias a lo cual puedo aportar un punto de vista diferente a este tema. Pero ya veo q la gente prefiere obcecarse en sus propias convicciones antes de pararse ni siquiera a plantearse otras perspectivas.

Para qué entrar entonces en un foro de opinión?
26/01/2007 21:34
No es lo mismo ir a un periodico y pedir q te publiquien novata, q estar publicando y q tengas q escribir la opinion de otros o irte.

Bueno Enola no sabia que se metieran en casas habitadas... siempre los veo en edificios vacios... es mas, en vez de destrozando arreglandolos. Claro que cada uno habla de lo que ve. Pero claro q no me pareceria bien q se metieran en mi casa, en eso te doy la razon, suerte q no cabrian muchos y los podria echar.. :-D
26/01/2007 21:47
En realidad, aqui se discuten las ocupaciones de inmuebles que no constituyen morada. Lo de las casas habitadas se esta dando ahora, son casos muy extremos, y veremos a ver, si no se le pone freno, si esto no va proliferando, pq dado lo lenta qe es la justicia, unos mesecitos viviendo a todo dar no se los quita nadie. Y no es justo la verdad. Pero es la ley que hay.
se pueden ocupar muchas cosas que no constituyen morada, y q no siempre son fabricas cochambrosas ni edificios vacios. Aun asi, es logico que el propietario de los mismas, quiera expulsarlos de ahi, si lo ocupan sin consentimiento. Simplemente, porque es suyo. Y porque si no lo hace en un tiempo, como dice maica vasco, acabara perdiendo definitivamente sus derechos sobre ello.
26/01/2007 22:00
x cierto se q no es el tema, pero:
1.- ¿se puede cambiar el nik sin tener q volver a registrarse?
2.- ¿se pueden mandar mensajes privados a otro usuario del foro?
3.- Maicavasco eso que has dicho de "información al ciudadano de cómo se cancelan los antecedentes policiales" me gustaria leer el articulo o informarme. Me lo comento una vez un comisario y siempre me he querido informar pero siempre se me olvida.
27/01/2007 00:05
A ver, Enola, perdona que te diga esto, pero te pido, por favor, que te centres un poco.

La cuestión de este post no era discutir sobre si el delito estaba bien o no delimitado, la cuestión de este post es si por manifestar mi opinión personal, que es igual de respetable que la de cualquiera, a mi se me puede lanzar a la calle.

La violación de derechos fundamentales no está en la propiedad privada. Te ruego de nuevo que te centres. La violación estaría en echar a una persona a la calle por manifestar su opinión.
27/01/2007 00:08
Mago, en primer lugar, muchas gracias por tus palabras. Eres un encanto, como siempre.

En segundo lugar, pienso lo mismo que tú. No es equiparable al caso de irte de vacaciones y encontrarte luego veinte tíos a sus anchas.

Aparte de todo, porque el inmueble no puede constituir morada.
27/01/2007 00:11
Perdona, novata, si no ves la injusticia, te deseo de todo corazón que algún día te pase lo que a mí me han hecho. Lo celebraremos todos contigo. Créeme.

Aparte de todo, yo no he ido a ningún periódico con un artículo. El periódico me solicitó a mí colaborar, que es muy distinto. Y si no les gusto, que se metan el periódico por donde les quepa, pero que tengan los dos dedos de frente y el tacto de no decirte las cosas de malas formas y diciendote un disparate tal como que estás en la calle por haber manifestado tal y cual ideología.

Al principio bien me bailaban las aguas para que escribiera, porque no tenían columnistas.

Aparte de todo, lo que digo en el artículo no es para rasgarse las vestiduras.
27/01/2007 00:12
Exacto, mago, tú lo has dicho: No es lo mismo ir a un periodico y pedir q te publiquien novata, q estar publicando y q tengas q escribir la opinion de otros o irte.

27/01/2007 00:15
Por supuesto Maica. Pero si has copiado el articulo para que lo veamos, pues lo siento, no he podido evitarlo. Me ha llamado la atencion y queria que me lo explicaras.

No hace falta que me repitas q me centre, que no soy tonta, y si te fijas, despues de todo, el centro de todo el meollo, es tu articulo.

Y no. No deberias ir a la calle por expresar tus ideas. Eso lo sabemos todos de sobra. No hace falta ni discutirlo.

Suerte y un saludo
27/01/2007 00:21
Mago, te cuelgo a continuación el artículo que escribí sobre la cancelación. En fin, ya me dirás que te parece. Con todos estos artículos me evaluará el medio de comunicación la semana que viene, y si dios quiere, tendré el programa de tv o la columna, o las dos cosazs. Estais todos invitados. jajajajaja. Espero que esta vez no me echen, aunque no lo creo, porque este medio de prensa es banstante mas serio.

Alla va, por todos ustedes: La cancelación de antecedentes policiales (por cierto, lo cuelgo tal y como salio publicado, pues el periodico te recortaba los parrafos que queria a su antojo y este no paso la censura franquista y tiene recortados parrafos que jamas vieron la luz: pero como dice novata, no hay injusticia, a poner el culo)
27/01/2007 00:22
Cancelación de antecedentes
Artículo publicado en El Día de Albacete - 5 Enero 2007

María del Carmen Vasco Mogorrón
Abogada Derecho Penal

Consulta muy interesante la que el otro día un lector me hizo llegar a través del correo electrónico. Les animo a todos a participar y a enviarme sus experiencias, preguntas e inquietudes que quieran compartir al correo electrónico que aparece siempre en esta columna.

Me preguntaba una persona, toda curiosa, qué son los antecedentes policiales, si es importante cancelarlos y, si así fuera, cómo hacer para que se cancelen.

Los antecedentes policiales no son lo mismo que los antecedentes judiciales o penales. Estos últimos constarán en nuestra ficha del Registro Central de Penados y Rebeldes, cuando contra nuestra persona se hubiera dictado una sentencia judicial firme de condena.

En cambio, los antecedentes policiales aparecen en las bases de datos de la Policía Nacional, Guardia Civil o policía autonómica, siempre que una persona hubiera sido detenida por cualquier motivo, aunque a posteriori ésta no hubiera sido condenada.

La generalidad de los ciudadanos no le solemos dar importancia a los antecedentes policiales, porque en los juicios penales los únicos antecedentes que se pueden tener en cuenta son los penales, que tienen su causa en una sentencia judicial firme de condena anterior.

Pero no es menos cierto que aparecer en esta base de datos de carácter policial puede acarrearnos algún dolor de cabeza y complicarnos la existencia. Por poner un ejemplo, podría darse el caso que se detuviera a una persona que ya antes hubiera estado detenida por otra causa, aunque después no se la condenara, por haber quedado absuelta o haberse dictado por el juez un sobreseimiento libre (los hechos no eran constitutivos de delito o falta) o provisional (no había pruebas suficientes contra esta persona), o hubiera sido condenada, pero transcurrió un determinado periodo de tiempo y sus antecedentes penales ya hubieran sido cancelados, y, cuando los agentes consulten su base de datos, encontrarse con estos antecedentes policiales, lo que podría tener efectos adversos para nosotros, como, por ejemplo, que se nos calificara como “delincuentes habituales”. Por desgracia, a ciertas personas se las suele tildar con estos calificativos un tanto incívicos y ademocráticos.

Aparte de lo anterior, los antecedentes policiales nos podrían gastar alguna mala pasada, pues tienen una influencia decisiva en determinadas solicitudes de carácter administrativo, como, por poner dos ejemplos, cuando solicitamos una concesión o renovación de un permiso de armas, o cuando un extranjero solicita la concesión o renovación de un permiso de residencia.

En el primer caso, los órganos encargados de resolver la concesión solicitan información sobre nuestra conducta y nuestros antecedentes y, normalmente, ello suele consistir en solicitarle a la Policía un informe, que se emitirá tomando en consideración nuestros antecedentes que aparezcan en las bases policiales. Si alguna vez hemos sido detenidos, la solicitud de concesión o renovación en la práctica suele venir desestimada.

Los antecedentes policiales también tienen una importancia decisiva para los extranjeros, pues cuando éstos tienen antecedentes policiales se encontrarán, y en la práctica suele ser así casi en la generalidad de los casos, cuando vayan a solicitar su concesión o renovación del permiso de residencia, que ésta les venga denegada, por constar un informe gubernativo desfavorable, que no es otra cosa que en la base de datos de la policía figuran antecedentes policiales suyos, aunque, a lo mejor, jamás fueron condenados por ningún delito o falta.

...
27/01/2007 00:23
Y si bien es cierto que si no existe ninguna condena penal contra una concreta persona o, aún habiendo existido, los antecedentes penales ya hubieran sido cancelados, la Administración, bajo ningún concepto, nos podría denegar ningún tipo de permiso administrativo del tipo que sea o renovación, en base exclusivamente a estos antecedentes policiales, por el principio que marca que todo el mundo es inocente hasta que no se haya demostrado lo contrario (principio de presunción de inocencia), y que no existe delito, sino en virtud de sentencia firme dictada por un órgano judicial, no es menos cierto que en la práctica suele suceder muy a menudo, con los consiguientes efectos adversos para nosotros, los administrados.

Estas consecuencias negativas se traducirán en que nos podremos ver obligados a tener que dedicarnos a la incómoda tarea de hacer alegaciones ante la Administración que esté tramitando nuestra solicitud, por culpa de un informe policial desfavorable previo, y, a toda prisa acudir al Juzgado que conoció en su día de nuestro caso, tener que solicitar y presentar testimonios de la Sentencia o Auto que absolvió o sobreseyó nuestra causa, o solicitar un certificado de antecedentes penales, para demostrar que los que teníamos, si los teníamos, ya han sido cancelados. Quién sabe si hasta tendremos que defender, finalmente, nuestros derechos ante un Juzgado de lo Contencioso – Administrativo, abonando los correspondientes honorarios al profesional o profesionales de nuestra confianza que nos representen.

Por todo lo dicho, parece más que oportuno y conveniente solicitar, cuanto antes, la cancelación de nuestros antecedentes policiales y, de este modo, evitarnos en un futuro sorpresas desagradables.
27/01/2007 00:25
Enola, dime una cosa: ¿Hay algún problema que el centro de este post sea mi artículo? ¿O es que ahora tampoco voy a poder escribir en este foro?

Qué pasada!!!
27/01/2007 00:28
Eso lo estas diciendo tu sola. Estas haciendo interpretaciones extensivas que no vienen a cuento.
27/01/2007 00:37
En fin, Enola, no voy a discutir contigo, porque no abierto este post con ese objetivo. Di lo que quieras.
27/01/2007 00:37
Muchisimas gracias por colgar el articulo maicavasco. Ya q preguntas q me parece, me gusta, me parece muy claro, me encanta leer de forma tan facil cosas de este tipo. El otro q colgaste sobre los derechos del detenido me entusiasmo, lo tngo guardado en el ordenador XD y como ese ya lo he leido mas veces te puedo dcir (sin q yo sea precisamente una persona q redacte muy bien) q la unica pega q le veo es q pusiste dos veces lo de "para q ud me entienda" y parece una muletilla. No kiero parecer quisquilloso XD pero weno ya q preguntabas opinion, t lo digo, respecto al contenido y respecto a este de los antecedentes nada malo q dcir :)

-----------------------------------
"; para que usted me entienda, evitar que esa persona se de a la fuga o, por ejemplo, se deshaga de pruebas.

. Para que usted me entienda, si a una persona la descubren hurtando en "
27/01/2007 00:38
La que estas discutiendo eres tu. Yo no tengo intencion de discutir aqui. Solo de aclarar ideas (si puedo) y que me las aclaren.
27/01/2007 00:39
Mago, espero tu opinión sobre el artículo de la cancelaciónn, ya me dirás algo.
Gracias a todas las personas que me han intentado apoyar y animar en estos dificiles momentos.