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¿Puedo vender mi casa?

13 Comentarios
 
¿puedo vender mi casa?
26/12/2018 17:17
Hola, explico mi situacion, me compre una casa estando soltero, ahora estoy casado en gananciales y vivimos de alquiler, no hacemos uso de mi vivienda, por lo que no es la vivienda familiar. ¿Puedo vender mi casa, ya que me la compre antes de casarme, sin informar a mi mujer?
27/12/2018 09:52
Geloki
Puede usted hacer lo que quiera con su casa, incluso regalarla, sin informar a nadie. Es un bien de carácter absolutamente privativo, y como tal concurrirá a notaría sin que necesite la firma de nadie más para vender.
27/12/2018 12:09
Esta pregunta debe hacerla en el foro de Derecho de Familia. Yo no sé demasiado de familia, pero creo que si que puede venderla sin problemas, si bien el notario informará a su mujer, pero poco más. De todas formas tenga cuidado porque ya le digo que no soy especialista
27/12/2018 12:39
Lo que hayas pagado de esa casa estando casado en gananciales es ganancial por lo que parte de esa vivienda es de ella y debe dar su consentimiento. Está claro que si la compraste entera antes de casarte es totalmente tuya, privativa y puedes venderla sin su consentimiento
27/12/2018 12:45
N-o la compre entera, la hipoteca se está pagando, llevamos mas de 10 años casados, pero no vivinos alli desde hace un par de años que nos fuimos de alquiler. ¿No hay alguna manera de que yo pueda hacer lo que quiera con mi casa sin tener que dar ella su consentimiento? ¿Poner la escritura a nombre de otra persona o venderla?
27/12/2018 12:59
Geloki
Dice usted "me compre una casa estando soltero" y ahora resulta que la casa la compró el matrimonio. La hipoteca se considera el pago de un precio aplazado que además se expresa en porcentajes de propiedad sobre el total pagado (no el precio que figura en la escritura) por lo que si el matrimonio ha amortizado la hipoteca usted NO es propietario único de la casa, por lo que ha de contar con el matrimonio.
30/12/2018 22:01
Grisolía
La situación de la casa (vamos a llamarla así) es la siguiente.
Es privativa suya por el porcentaje de vivienda pagado antes del matrimonio.
Por otra parte, al haber sido el domicilio familiar, es "propiedad" de ambos dos (por igual) por el porcentaje de vivienda pagado durante ese tiempo.
Y ya por último, desde que ya no constituye domicilio familiar, pero... está siendo pagada por la sociedad ganancial, vuelve a ser privativa suya por el porcentaje de vivienda pagado durante ese tiempo, pero Vd. tiene una deuda con la sociedad ganancial, por el 100% de vivienda pagado desde que dejó de ser domiclcio familiar.
Por consiguiente, si tiene que contar con su esposa (que tambien es propietaria...) para poder vender-regalar-... a esa vivienda.
02/01/2019 10:07
Geloki
Si la hubieras adquirido enteramente sin hipoteca sí, sería un bien privativo tuyo y no tendrías por qué ponerte de acuerdo en nada con tu pareja al respecto, pero si se ha pagado la hipoteca en gananciales siendo en su momento la vivienda habitual (aunque ahora ya no lo sea), la cosa cambia. Ya lo ha explicado muy bien 1996.
04/01/2019 17:51
1996
No entiendo lo de que vuelve a ser privativa cuando deja de ser vivienda familiar, pero que hay una deuda por el 100%.
¿Yo tendría que liquidar sólo lo pagado durante los años que vivimos allí o todo desde que nos casamos, vivieramos alli o no?
04/01/2019 18:16
Geloki
Todo Geloki, desde que os casasteis en bienes gananciales pues la hipoteca decesa casa se ha estado pagando con dinero de la sociedad de gananciales, es decir, con dinero de los dos por igual, no importa el tiempo que ha sido residencia familiar o no, sencillamente es un bien ganancial como otros casas u otros bienes que hayáis podidos pagar durante los años de matrimonio.
05/01/2019 18:43
Geloki
Hola Geloki. Vamos a intentar explicarte la situación de un bien privativo.
Según nuestro Codigo Civil Español, los bienes comprados antes del matrimonio, son privativos. Por lo tanto, la casa es privativa tuya. Pero,... resulta que no estaba totalmente pagada, había un prestamo con garantia hipotecaria que estuviste y estás, pagando durante el matrimonio. ¿con que dinero se está pagando esa hipoteca?. Como estás casado en regimen de gananciales, eso significa que TODOS los ingresos de los dos, vengan de donde vengan, son "gananciales", es decir, de la Sociedad Ganancial (que está integrada por vosotros dos), y es esa Sociedad la que recibe TODOS los ingresos y realiza TODOS los pagos. Es decir, la vivienda la está pagando la Sociedad Ganancial. Por lo tanto, aunque la casa sea propiedad tuya, tienes una deuda con la Sociedad Ganancial por los pagos que dicha sociedad está realizando en tu propiedad. (te lo voy a intentar explicar de otra forma. Suponte que una pareja se casa, y antes del matrimonio a ella se le ocurre comprarse un apartamento en la playa y otro en la ciudad, ambos con pago aplizado. Logicamente desde el dia de la boda, esas propiedades las está pagando la sociedad ganancial, ya que los ingresos de los dos, ya no son de cada uno, sino que son conjuntos, son de la Sociedad Ganancial. Y que un buen dia deciden separarse. Resultaría que ella tendría un patrimonio, su casa en la playa y su piso en la ciudad, totalmente pagados, con dinero de los dos, y el.....¿se quedaría a dos velas?....le diría, oye maja, que los privativos tuyos, nadie te discute que sean tuyos, pero los hemos pagado los dos, así pues, hay que echar cuentas.) Por eso te decía que el piso, durante el tiempo que ha sido solo privativo tuyo, como ha sido pagado con dinero de los dos (ganancial) tu tienes una deuda de todas las cantidades que han sido pagadas en tu propiedad. Y eso lo recoge muy claramente el Codigo Civil español, que dice que los bienes privativos pagados en parte o en todo con dinero ganancial, se deberá reembolsar a la sociedad ganancial por las cantidades invertidas en los mismos.
Todo esto es para cualquier tipo de bien. Pero, además hay una excepción, que es la vivienda habitual. Cuando un bien privativo es utilizado como vivienda habitual del matrimonio, y durante ese tiempo se está pagando el mismo, el porcentaje de propiedad pagado con dinero ganancial, pasa a ser "propiedad" de la Sociedad ganancial. Aqui estamos en una situación mas fuerte que la anterior. Ya no es que se deba mas o menos, es que es "propiedad" de la Sociedad ganancial, según el tiempo que haya sido vivienda habitual y el porcentaje de propiedad pagado con dinero ganancial.
Espero que te haya ayudado a clarificar los concepto. Reconozco que es bastante liado, pero es lo que tenemos.
08/01/2019 07:32
1996
Ahora me ha quedado bastante mas claro, pero tengo una última pregunta y ¿Si la vivienda ha estado alquilada y su préstamo se sta pagando cajón ese alquiler? La realidad es que el dinero no sale de nuestros bolsillos.
08/01/2019 10:37
Geloki
El dinero del alquiler es un ingreso más de la sociedad de gananciales, que utilicen ese dinero para pagar la hipoteca u otro de la sociedad es lo mismo.Todo es dinero y una parte la utizan para ese pago. No hay diferencia entre un dinero u otro.
08/01/2019 11:41
Geloki
Si no hubiera sido la vivienda habitual, sino estado alquilada, se habría amortizado con dinero ganancial, pero no sería propiedad de la sociedad de gananciales en el porcentaje que corresponda. Sería privativa tuya, y podrías venderla, pero habrías adquirido una deuda hacia la sociedad de gananciales al haber pagado con dinero ganancial esta parte de tu propiedad, como si fuera una mejora ganancial de un bien privativo (que te reformes una vivienda privativa tuya con dinero ganancial, por ejemplo). En caso de separación tendrías una deuda que se compensaría como corresponda, pero la vivienda sí sería tuya. Si ha sido vivienda habitual, no, es una excepción; en ese caso el porcentaje satisfecho en gananciales en el pago a plazos supone que la propiedad es de la sociedad de gananciales en el porcentaje que corresponda.
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¿puedo vender mi casa?
26/12/2018 17:17
Hola, explico mi situacion, me compre una casa estando soltero, ahora estoy casado en gananciales y vivimos de alquiler, no hacemos uso de mi vivienda, por lo que no es la vivienda familiar. ¿Puedo vender mi casa, ya que me la compre antes de casarme, sin informar a mi mujer?
27/12/2018 09:52
Geloki
Puede usted hacer lo que quiera con su casa, incluso regalarla, sin informar a nadie. Es un bien de carácter absolutamente privativo, y como tal concurrirá a notaría sin que necesite la firma de nadie más para vender.
27/12/2018 12:09
Esta pregunta debe hacerla en el foro de Derecho de Familia. Yo no sé demasiado de familia, pero creo que si que puede venderla sin problemas, si bien el notario informará a su mujer, pero poco más. De todas formas tenga cuidado porque ya le digo que no soy especialista
27/12/2018 12:39
Lo que hayas pagado de esa casa estando casado en gananciales es ganancial por lo que parte de esa vivienda es de ella y debe dar su consentimiento. Está claro que si la compraste entera antes de casarte es totalmente tuya, privativa y puedes venderla sin su consentimiento
27/12/2018 12:45
N-o la compre entera, la hipoteca se está pagando, llevamos mas de 10 años casados, pero no vivinos alli desde hace un par de años que nos fuimos de alquiler. ¿No hay alguna manera de que yo pueda hacer lo que quiera con mi casa sin tener que dar ella su consentimiento? ¿Poner la escritura a nombre de otra persona o venderla?
27/12/2018 12:59
Geloki
Dice usted "me compre una casa estando soltero" y ahora resulta que la casa la compró el matrimonio. La hipoteca se considera el pago de un precio aplazado que además se expresa en porcentajes de propiedad sobre el total pagado (no el precio que figura en la escritura) por lo que si el matrimonio ha amortizado la hipoteca usted NO es propietario único de la casa, por lo que ha de contar con el matrimonio.
30/12/2018 22:01
Grisolía
La situación de la casa (vamos a llamarla así) es la siguiente.
Es privativa suya por el porcentaje de vivienda pagado antes del matrimonio.
Por otra parte, al haber sido el domicilio familiar, es "propiedad" de ambos dos (por igual) por el porcentaje de vivienda pagado durante ese tiempo.
Y ya por último, desde que ya no constituye domicilio familiar, pero... está siendo pagada por la sociedad ganancial, vuelve a ser privativa suya por el porcentaje de vivienda pagado durante ese tiempo, pero Vd. tiene una deuda con la sociedad ganancial, por el 100% de vivienda pagado desde que dejó de ser domiclcio familiar.
Por consiguiente, si tiene que contar con su esposa (que tambien es propietaria...) para poder vender-regalar-... a esa vivienda.
02/01/2019 10:07
Geloki
Si la hubieras adquirido enteramente sin hipoteca sí, sería un bien privativo tuyo y no tendrías por qué ponerte de acuerdo en nada con tu pareja al respecto, pero si se ha pagado la hipoteca en gananciales siendo en su momento la vivienda habitual (aunque ahora ya no lo sea), la cosa cambia. Ya lo ha explicado muy bien 1996.
04/01/2019 17:51
1996
No entiendo lo de que vuelve a ser privativa cuando deja de ser vivienda familiar, pero que hay una deuda por el 100%.
¿Yo tendría que liquidar sólo lo pagado durante los años que vivimos allí o todo desde que nos casamos, vivieramos alli o no?
04/01/2019 18:16
Geloki
Todo Geloki, desde que os casasteis en bienes gananciales pues la hipoteca decesa casa se ha estado pagando con dinero de la sociedad de gananciales, es decir, con dinero de los dos por igual, no importa el tiempo que ha sido residencia familiar o no, sencillamente es un bien ganancial como otros casas u otros bienes que hayáis podidos pagar durante los años de matrimonio.
05/01/2019 18:43
Geloki
Hola Geloki. Vamos a intentar explicarte la situación de un bien privativo.
Según nuestro Codigo Civil Español, los bienes comprados antes del matrimonio, son privativos. Por lo tanto, la casa es privativa tuya. Pero,... resulta que no estaba totalmente pagada, había un prestamo con garantia hipotecaria que estuviste y estás, pagando durante el matrimonio. ¿con que dinero se está pagando esa hipoteca?. Como estás casado en regimen de gananciales, eso significa que TODOS los ingresos de los dos, vengan de donde vengan, son "gananciales", es decir, de la Sociedad Ganancial (que está integrada por vosotros dos), y es esa Sociedad la que recibe TODOS los ingresos y realiza TODOS los pagos. Es decir, la vivienda la está pagando la Sociedad Ganancial. Por lo tanto, aunque la casa sea propiedad tuya, tienes una deuda con la Sociedad Ganancial por los pagos que dicha sociedad está realizando en tu propiedad. (te lo voy a intentar explicar de otra forma. Suponte que una pareja se casa, y antes del matrimonio a ella se le ocurre comprarse un apartamento en la playa y otro en la ciudad, ambos con pago aplizado. Logicamente desde el dia de la boda, esas propiedades las está pagando la sociedad ganancial, ya que los ingresos de los dos, ya no son de cada uno, sino que son conjuntos, son de la Sociedad Ganancial. Y que un buen dia deciden separarse. Resultaría que ella tendría un patrimonio, su casa en la playa y su piso en la ciudad, totalmente pagados, con dinero de los dos, y el.....¿se quedaría a dos velas?....le diría, oye maja, que los privativos tuyos, nadie te discute que sean tuyos, pero los hemos pagado los dos, así pues, hay que echar cuentas.) Por eso te decía que el piso, durante el tiempo que ha sido solo privativo tuyo, como ha sido pagado con dinero de los dos (ganancial) tu tienes una deuda de todas las cantidades que han sido pagadas en tu propiedad. Y eso lo recoge muy claramente el Codigo Civil español, que dice que los bienes privativos pagados en parte o en todo con dinero ganancial, se deberá reembolsar a la sociedad ganancial por las cantidades invertidas en los mismos.
Todo esto es para cualquier tipo de bien. Pero, además hay una excepción, que es la vivienda habitual. Cuando un bien privativo es utilizado como vivienda habitual del matrimonio, y durante ese tiempo se está pagando el mismo, el porcentaje de propiedad pagado con dinero ganancial, pasa a ser "propiedad" de la Sociedad ganancial. Aqui estamos en una situación mas fuerte que la anterior. Ya no es que se deba mas o menos, es que es "propiedad" de la Sociedad ganancial, según el tiempo que haya sido vivienda habitual y el porcentaje de propiedad pagado con dinero ganancial.
Espero que te haya ayudado a clarificar los concepto. Reconozco que es bastante liado, pero es lo que tenemos.
08/01/2019 07:32
1996
Ahora me ha quedado bastante mas claro, pero tengo una última pregunta y ¿Si la vivienda ha estado alquilada y su préstamo se sta pagando cajón ese alquiler? La realidad es que el dinero no sale de nuestros bolsillos.
08/01/2019 10:37
Geloki
El dinero del alquiler es un ingreso más de la sociedad de gananciales, que utilicen ese dinero para pagar la hipoteca u otro de la sociedad es lo mismo.Todo es dinero y una parte la utizan para ese pago. No hay diferencia entre un dinero u otro.
08/01/2019 11:41
Geloki
Si no hubiera sido la vivienda habitual, sino estado alquilada, se habría amortizado con dinero ganancial, pero no sería propiedad de la sociedad de gananciales en el porcentaje que corresponda. Sería privativa tuya, y podrías venderla, pero habrías adquirido una deuda hacia la sociedad de gananciales al haber pagado con dinero ganancial esta parte de tu propiedad, como si fuera una mejora ganancial de un bien privativo (que te reformes una vivienda privativa tuya con dinero ganancial, por ejemplo). En caso de separación tendrías una deuda que se compensaría como corresponda, pero la vivienda sí sería tuya. Si ha sido vivienda habitual, no, es una excepción; en ese caso el porcentaje satisfecho en gananciales en el pago a plazos supone que la propiedad es de la sociedad de gananciales en el porcentaje que corresponda.