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Administrador no entrega contratos

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64 Comentarios
Viendo 21 - 40 de 64 comentarios
08/07/2013 13:07
Claro Fontanero, pero es que los términos del debate son los que son. Yo no estoy contestando a cuestiones ético morales, sino a cuestiones legales y mi respuesta es correcta.


En cuanto al ego que me imputas, me limito a no tener una falsa modestia, muy habitual en la España profunda y también en la actual, pero ¿para qué decir lo contrario? Sabes que me molesta que quien no sabe, discuta a quien sabe, porque la ignorancia, además de ser osada, encima es gratuita.


El Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante ha contado en alguna conferencia que los propietarios de la urbanización en la que vive, le discuten temas jurídicos, nada menos que a él. Lógicamente no da crédito. Yo sí. Los españoles son así. Irrespetuosos y envidiosos.


No mezclemos leyes con moral o ética. Las segundas son muy subjetivas y cada uno somos un mundo.
08/07/2013 15:39
Dick, la verdad es que me da igual que usted sea licenciado en Derecho, sus argumentos no son convincentes. No estoy de acuerdo que LA EXHIBICIÓN DE LOS CONTRATOS FORMA PARTE DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS, pues es necesario consultar los contratos, por ejemplo, para presentar nuevos presupuestos mas optimizados en una junta. Y eso no es rendir cuentas, es colaborar en la buena gestión, y en la optimización de los nuevos presupuestos, aspecto que se puede plantear en el orden del día de una junta; y que para presentar presupuestos nuevos sea necesario conocer los contratos actuales, para presentar presupuestos que no supongan pérdida de servicios. Y ESO EVIDENTEMENTE NO ES RENDIR CUENTAS. Si usted lo confunde, es que tiene usted especial interés en marear la perdiz.

Acritón, usted que defiende que un comunero sí que tiene derecho a examinar los contratos, ¿no es usted también licenciado en Derecho?
08/07/2013 15:58
Por cierto, que me da igual que la obligación de enseñar los contratos para colaborar en un punto del orden del día planteado para la siguiente junta de "optimización del presupuesto, y presentación de presupuestos" resida en el presidente o en el administrador. Eso de que el presidente te deriva al administrador y el administrador se hace el longuis es un buen truco, y es utilizado reiteradamente por muchas comunidades poco transparentes para marear a quien quiere hacer las cosas bien y en pro de la comunidad. Últimamente yo ya todos los escritos los dirijo al presidente y al administrador, el primero por ser el que oficialmente debe intervenir, y el segundo por ser el que interviene de facto en todo, por las pocas luces que tienen los presidentes de mi comunidad, que quieren delegar todo en el administrador (mal hecho pero es la realidad de mi comunidad de analfabetos).
08/07/2013 22:03
El que este libre de pecado que tire la primera piedra.
Mas menos la frase histórica nos sirve de ejemplo en la comunidad de vecinos a la que pertenecemos. Comunidades que sus propietarios no saben lo que quieren, listillos que se aprovechan. Pero que problema hay si cada año cambia de presidente. Cuando tengamos un lumbreras de vecino que sea abogado o juez, votar para que permanezca a perpetuidad. Digamos dar el braguetazo comunitario vulgarmente hablando.
Yo mismo tengo 4 abogados vecinos. Imposible que entren en razón 2 de ellos son morosos desde hace 40 años, van pagando poco a poco, pero no dejan la morosidad que les acompaña como a su propia sombra.
09/07/2013 11:43
Yo creo que dickturpin es Abogado, que no es lo mismo que ser Licenciado en Derecho.


Le he preguntado a mi hermano, que también es abogado y me ha dicho que la respuesta de dickturpin es correcta. Concretamente me dijo que la exhibicion de contratos y resto de la documentacion de la comunidad forma parte de la rendición de cuentas que debe hacer un administrador y que es una cuestion que los que saben de esto (los abogados), no discuten en los tribunales (aunque yo imaginaba que era asi).


Estoy de acuerdo con dick en que los españoles somos irrespetuosos con los profesionales en general, sean del gremio que sean y llegamos incluso a poner en tela de juicio las decisiones judiciales sin tener preparacion o conocimiento para ello.


Los Mayas realizaban sacrificios humanos para apaciguar al Dios Sol y nuestra sociedad actual hace leña del arbol caido para apaciguar esa especie de colera que llevamos dentro y un Administrador es un blanco perfecto para ello, aunque no el unico.


Uno de los deportes nacionales es la critica destructiva, la cual, si se sube de tono puede llegar incluso a convertirse en autentica difamacion.


Al Sr. Engañadoenlacompra le dara igual lo que diga el Sr Turpin pero esta claro que este forero (dickturpin) uno de los que mas sabe del foro.


Personalmente preferiria tener a un Sr. Turpin como vecino que a un Sr. Pasacero o a un Sr. Engañadoenlacompra y lo digo salvando los debidos respetos a los mencionados.
09/07/2013 12:00
heredom, no sé si dick sabe o no sabe, pero las afirmaciones de usted sí que son gratuitas.
Repito, yo no veo que LA EXHIBICIÓN DE LOS CONTRATOS FORME PARTE DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS, creo que pueden ser dos cosas diferentes, y lo seguiré pensando mientras alguien me los justifique convenientemente. Y Dick no lo ha hecho y usted mucho menos, por mucho que lo diga su hermano. Y hay una sutil diferencia entre abogado y licenciado en Derecho, pero abogados hay miles, licenciados en derecho mas todavía, y como bien usted sabe la jurisprudencia es bastante clara, pero su interpretación a cada caso sigue siendo opinable. Y yo opino razonadamente que pedir inspeccionar los contratos, no tiene necesariamente que ver con rendir cuentas, que es lo que se cita en la jurisprudencia que Dick refiere,
09/07/2013 12:10
De nuevo,
acriton citaba que si que se tenia derecho a examinar los contratos, y argumentaba que se podía interponer demanda judicial de exhibición de documentos.
Acriton, dos supuestos Licenciados en Derecho tiran por tierra su teoría, no sé si usted es también Licenciado en Derecho y sigue teniendo que objetar al respecto....
09/07/2013 12:18
Pues efectivamente, nada tienen que ver los contratos con las cuentas, discutir por discutir. Precisamente cuando acudes a un banco, y le pides que te esplique el porqué de tal o cual cargo, que tu cres que es indebido. Lo primero que te sacan es el contrato que tu firmaste con el banco. No creo que en una comunidad, se utilice diferente criterio. Si resulta que la cuenta es comunitaria, lo mismo, te sacan el contrato que firmó su presidente con la entidad.
09/07/2013 12:25
Por otra parte, que una persona que acumule tantos conocimientos y los exponga de forma tan supuestamente objetiva en un vulgar foro, da bastante que pensar, ¿no cree Sr Heredom? Para mí, evidentemente, Dick es un forero mas, y no veo que tenga la calificación de 5 estrellas que usted le atribuye, solo porque sea supuesto compañero de su hermano. Si usted opina que opinamos sin saber, opinar es libre, más en un foro, y sobre todo si otras intervenciones como la de acriton contradice la versión de Dick. ¿Quien tiene razón? Pues usted lo tendrá muy claro, pero yo no, y para eso está el foro, para contrastar información. Usted tenga de vecinos a quien pueda, que yo ya tengo bastante suplicio con mi masa borreguil, algunos de sus comentarios como usted perfectamente puede darse cuenta, no proceden, y es solo usted, el que entra en una dinámica que podría derivar en difamación, porque evidentemente nadie de los que interviene aquí podría decirse que difama por opinar. Le ruego tenga el mismo respeto por los foreros afectados, que por los compañeros de su hermano. Saludos
10/07/2013 17:40
Este post comienza con una pregunta de Axels. En dicha pregunta Axels dice textualmente que el argumento de los que exigen ver los contratos es el siguiente:


"Hemos precisado que no queremos listados del personal empleado, sino VER Y TENER COPIA DE NUESTROS CONTRATOS, DE LOS QUE SOMOS PARTE como propietarios, clientes y pagadores".


1º. El consultante confunde los conceptos. Ellos no son parte en los contratos firmados por la Comunidad. Quien es parte es la Comunidad en si misma.


La SAP Murcia, Cartagena, Sec. 5.ª, 110/2010, de 6 de abril Recurso 18/2010. Ponente: MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS es muy clara al declarar que el propietario no está legitimado para reclamar directamente a la empresa Administradora el cumplimiento del contrato de administración suscrito por la Comunidad, PUES NO ES PARTE DEL MISMO.


Trasladado dicho argumento al supuesto que nos ocupa, significa que los propietarios carecen de legitmación para exigir al Administrador la exhibición de contratos y demás documentación de la Comunidad de forma individualizada.



El ejemplo de pasacero no es de aplicación, porque cuando yo voy al banco y exijo la exhibición de un contrato, lo que exijo es la exhibición de un contrato del QUE SOY PARTE y ello legitima mi petición. Pero el hecho de formar parte de una Comunidad de Propietarios no implica que a título personal sea parte del contrato suscrito por ésta.



2º. La SAP Madrid, Sec. 21.ª, 286/2006, de 13 de junio Recurso 509/2004. Ponente: ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ. declara que la ley no autoriza a un comunero a reclamar una rendición de cuentas al Administrador. Dichas facultades corresponden a la comunidad.


Ello se puede hacer extensivo al supuesto que nos ocupa.


3º. EL TRIBUNAL SUPREMO, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 18 Mar. 2010, rec. 1403/2006, ha desarrollado un cuerpo de doctrina que declara en esencia que "los comuneros no tienen un derecho de información asimilable al que tienen los socios en las sociedades mercantiles".


Telegramáticamente diré que el TS concluye que del espíritu del art. 15 de la Ley sobre Propiedad Horizontal no se desprende la existencia de un auténtico derecho de información a favor de los copropietarios, como ocurre en el ámbito de las sociedades anónimas.


En este tipo de supuestos, el TS resuelve la controversia declarando que es en la junta de propietarios, donde se deben de tratar TODOS los asuntos referido a la Comunidad, lo que incluye rendición de cuentas y exhibición de documentación de la Comunidad, debiendo ser en la propia junta donde se acuerde si se hace entrega de copia de dicha documentación a los propietarios que forman parte de la Comunidad, o no.



Cuestión distinta es que EngañadoEnLaCompra quiera que se le de la razón a toda costa.


Un saludo.
10/07/2013 21:30
Dick, yo no quiero que me den la razón, es más me estrañaría mucho que una persona que parece tan orgullosa y en disposición de la verdad absoluta reconociese que sus argumentos podrían no encajar en lo que se pregunta.
Con su jurisprudencia usted demuestra una vez mas:
-que los propietarios no están legitimado para reclamar directamente a la empresa Administradora el cumplimiento del contrato, cosa que nadie pone en duda. Aunque sí que hay sentencias del TS en el sentido de que un comunero podría exigir directamente a otro comunero el cumplimiento de la legalidad.
- el administrador no tiene por qué rendir cuentas directamente a un comunero, cosa que nadie pone en duda tampoco.


Lo que no estoy de acuerdo es con las dudas que su colorario pueden suscitar en algunos comuneros:

"Trasladado dicho argumento al supuesto que nos ocupa, significa que los propietarios carecen de legitimación para exigir al la exhibición de contratos y demás documentación",
primero porque lo pueden hacer a través del presidente, que si que puede requerir al administrador, segundo porque la exhibición de contratos puede no tener como motivación la rendición de cuentas al administrador, sino la información previa para un debate posterior en junta, y eso es el hecho que usted se niega a entender. Y si se aprueba el punto a debatir en la siguiente junta, será justo que previamente se puedan consultar detalles de esos contratos que influirán en el debate posterior de la junta.

En cualquier caso, esto no es un recurso de amparo al Constitucional o un recurso al TS donde haya que hilar muy fino, sino un foro. Y usted con sus manifestaciones, aunque estrictamente no sean inexactas lo único que hace es confundir a los foreros, pues sólo transmite la idea de que un comunero no tiene ningún derecho frente a las comunidades donde el administrador tiene todo el poder, y aunque ya sabemos que tienen pocos derechos, creo que debería usted esforzarse mas en hablar para todos, por el sitio en que lo hace, y en defender cuáles son los derechos o los medios para ejercitarlos de los comuneros, de lo contrario nadie sabe si sus intervenciones son sólo para proteger a la casta mafiosa (que los hay) de algunos administradores, fomentar la falta de transparencia en las comunidades, concienciar a los comuneros de los pocos derechos que tienen, o para intentar lucirse usted con sus megaconocimientos.
Nosotros pretendemos informarnos, ¿pero usted que es lo que pretende con sus intervenciones, Sr Dick? Porque aunque yo recibo muy abiertamente su jurisprudencia y sus argumentos, que incluso pongo en duda cuando no me encajan, y aplaudo cunado les encuentro no ya lógica (porque la L.P.H no es lógica, peor es lo que hay) sino coherencia (para eso estoy en un foro abierto), creo que con su hermeticismo y actitud lo único que hace es confundir a ciertos foreros que buscan en este foro soluciones a sus problemas, y por tanto derechos de los comuneros.


11/07/2013 18:45
Usted lo ha dicho, EngañadoEnLaCompra.

"Nosotros pretendemos informarnos, ¿pero usted que es lo que pretende con sus intervenciones, Sr Dick?"

RESPUESTA.- Contestar las preguntas que formulan los foreros de una forma apropiada y ajustada a Derecho.


SU PROBLEMA es que mi/s respuesta/s no le gusta/n.


No me importa que usted me llame prepotente.


Que yo no le de la razón nada tiene que ver con mi supuesta prepotencia. No se la doy porque no la tiene. Usted interpreta la jurisprudencia de un modo y yo de otro. La diferencia es que no me apetece andar con paños calientes y le digo con claridad que yo se interpretarla y usted no, por mucho que le pese.


Si por hacer esa afirmación usted me llama "prepotente", solamente le puedo decir que "soy prepotente". Por supuesto, no le voy a decir como denominaría yo a personas que adoptan posturas similares a la suya, con sus conocimientos LEGALES (no entro en otros campos).
Cuando menos pretencioso ¿No cree usted?


Usted sostiene que entra en este foro en busca de respuestas y soluciones a los problemas que se plantean y está claro que en su opinión, yo entro para confundir a los foreros.


Ni siquiera en esa afirmación coincidimos porque en este post, yo he dado una respuesta clara, concisa y ajustada a Derecho. Cuestión distinta es que usted no lo comparta.


El 10/07/2013 escribí en este post (párrafo final):


"En este tipo de supuestos, el TS resuelve la controversia declarando que ES EN LA JUNTA DE PROPIETARIOS, donde se deben de tratar TODOS los asuntos referido a la Comunidad, LO QUE INCLUYE la rendición de cuentas y EXHIBICIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LA COMUNIDAD, debiendo ser en la propia junta donde SE ACUERDE si se hace entrega de copia de dicha documentación a los propietarios que forman parte de la Comunidad, o no".


Esta solución es conforme con el apartado f del artículo 20 de la LPH y es la que postulan todas las Audiencias Provinciales, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo. (Por cierto. A mí me parece la postura más lógica y acertada, por muy confusa u oscura que le parezca a usted).


ESTA ES LA SOLUCIÓN LEGAL A LA CONTROVERSIA SUSCITADA, LE GUSTE O NO y yo la he planteado.


Las obligaciones del Administrador están reflejadas en el artículo 20 de la LPH.


Yo no entro a debatir o cuestionar la LPH (le aseguro que también discreparíamos en su redacción).


La Ley no es justa ni injusta. La Ley es Ley y las respuestas deben adaptarse a la misma.


Lo que ME PARECE que usted pretende que haga es otra cosa más cercana a la confección de una subespecie de jurisprudencia propia de determinados cotos cerrados.


Ni soy hermético ni con mi actitud pretendo confundir a nadie. Doy respuestas ajustadas al ordenamiento jurídico. Lo que parece que usted olvida es que los propietarios, además de DERECHOS, tienen OBLIGACIONES y a los Administradores de Fincas, no les pueden exigir lo que la Ley no exige o lo que la Junta de Propietarios no ha acordado debidamente.

12/07/2013 17:00
Claro, claro, tiene usted toda la razón del mundo.
La única función del administrador es mantener a la masa pseudocontenta, para que no lo tiren, lo demás importa bien poco.

Yo le doy la razón a usted en lo que usted quiera, con tal de que no aburramos a los foreros, porque no creo que su debate interese ya a nadie.
12/07/2013 17:14
Totalmente de acuerdo con Dickturpin.


Hasta EngañadoEnLaCompra le ha dado la razon a Dick y aunque parece que lo ha hecho como a los tontos, la verdad es que se ha quedado sin argumentos ;).

PD. A mi si me interesaba el debate. Sobre todo lo que el amigo Dick pudiera decir ya que generalmente es interesante, valga la redundancia.
12/07/2013 17:27
Tras leer detenidamente las intervenciones publicadas por Dick, debo decir que desde un punto de vista estrictamente jurídico, tiene toda la razón. Las sentencias que refiere se interpretan del modo que él sostiene y, por supuesto, la rendicion de cuentas que haga el Administrador de una Finca debe hacerse extensible incluso a la exhibicion de documentos de la comunidad.


En este sentido cabe precisar que el Sr. Axels, en su primera intervención dijo que lo que quería era "VER y TENER COPIA DE SUS CONTRATOS" y en este caso, el Administrador, no es que no deba atender la petición, sino que en aplicación de la legalidad vigente, está OBLIGADO a no atender la petición si no media una orden expresa, no del Presidente, sino de la Comunidad de Propietarios por medio de la correspondiente adopción del acuerdo correspondiente.


Al Sr. Engañadodelacompra lo que le confunde, no deberían ser las respuestas de Dickturpin. Lo que realmente no acepta es la Ley en sí.


En cuanto a la redacción de la Ley en este caso, debo decirle que, no se lo que opina Dickturpin, pero personalmente si la comparto y al igual que Dick, soy profesional del Derecho.
12/07/2013 19:18
Jade, de nuevo por aquí? Te deseo un buen verano.
12/07/2013 23:01
Hola guapo. Muchas gracias. Voy a ver si este verano me hago Administradora de Fincas y cuando lo sea, te busco y te hago pecar con una de ellos, jajajajaja.


Eres un solete Fontanero. Un besito.
12/07/2013 23:55
Muy bueno lo tuyo, jajaja pero yo no soy pecadorrr. Aún recuerdo que me debes un café aunque te lo cambio por una horchata. Un besote.
13/07/2013 16:55
Jade, para ser administrador de fincas hay que tener nulo respeto por la legalidad, porque lo único importante es saber como manipular a la masa borreguil.

No es por desprestigiar, pero los peores abogados que he conocido yo, han sido los administradores de fincas, no entienden nada de leyes, yo creo que es que todo se pega.

Aunque claro, para saltarse las leyes, a veces conviene saber un poco lo que dicen...

En cuando a si acepto o no la LPH, pues no me queda mas remedio (los que no la aceptan son mis vecinos y mi administrador mafiosillo); pero la parcela del derecho de propiedad horizontal, es la que me parece, con diferencia, la peor articulada en todo el Derecho de este pais, y eso que el derecho en general en este país ya deja mucho que desear...
13/07/2013 18:53
Pues lo mejor que podemos hacer es tomar nota de como esta este asunto legalmente y obrar en consecuencia.

Ya que ha de ser un mandato de la junta quien decida si se enseña documentacion a los propietarios y si se les puede entregar copias o no ya estoy redactando la peticion a mi presi para que lo incluya en el orden del dia de la proxima junta asi, de paso aprobecho el cabreo general porque no se ha entregado en el debido tiempo la factura de daños a terceros pàra que se presentara al seguro.
Espero que saldra aprobado por unanimidad.
Lo bueno de tanta disputa dialectica es que, una vez aclarado el asunto y lejos ya de cualquier engaño o seguridad sobre derechos que creiamos tener, podemos tomar decisiones informadas y obrar en consecuencia para cambiar nuestras realidades.
A pelearse la Transparencia con la junta, no queda otra.
Gracias a Dick poe explicarlo y aportar referencias que espero me sean utiles frente a mis vecinos.
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08/07/2013 13:07
Claro Fontanero, pero es que los términos del debate son los que son. Yo no estoy contestando a cuestiones ético morales, sino a cuestiones legales y mi respuesta es correcta.


En cuanto al ego que me imputas, me limito a no tener una falsa modestia, muy habitual en la España profunda y también en la actual, pero ¿para qué decir lo contrario? Sabes que me molesta que quien no sabe, discuta a quien sabe, porque la ignorancia, además de ser osada, encima es gratuita.


El Presidente de la Audiencia Provincial de Alicante ha contado en alguna conferencia que los propietarios de la urbanización en la que vive, le discuten temas jurídicos, nada menos que a él. Lógicamente no da crédito. Yo sí. Los españoles son así. Irrespetuosos y envidiosos.


No mezclemos leyes con moral o ética. Las segundas son muy subjetivas y cada uno somos un mundo.
08/07/2013 15:39
Dick, la verdad es que me da igual que usted sea licenciado en Derecho, sus argumentos no son convincentes. No estoy de acuerdo que LA EXHIBICIÓN DE LOS CONTRATOS FORMA PARTE DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS, pues es necesario consultar los contratos, por ejemplo, para presentar nuevos presupuestos mas optimizados en una junta. Y eso no es rendir cuentas, es colaborar en la buena gestión, y en la optimización de los nuevos presupuestos, aspecto que se puede plantear en el orden del día de una junta; y que para presentar presupuestos nuevos sea necesario conocer los contratos actuales, para presentar presupuestos que no supongan pérdida de servicios. Y ESO EVIDENTEMENTE NO ES RENDIR CUENTAS. Si usted lo confunde, es que tiene usted especial interés en marear la perdiz.

Acritón, usted que defiende que un comunero sí que tiene derecho a examinar los contratos, ¿no es usted también licenciado en Derecho?
08/07/2013 15:58
Por cierto, que me da igual que la obligación de enseñar los contratos para colaborar en un punto del orden del día planteado para la siguiente junta de "optimización del presupuesto, y presentación de presupuestos" resida en el presidente o en el administrador. Eso de que el presidente te deriva al administrador y el administrador se hace el longuis es un buen truco, y es utilizado reiteradamente por muchas comunidades poco transparentes para marear a quien quiere hacer las cosas bien y en pro de la comunidad. Últimamente yo ya todos los escritos los dirijo al presidente y al administrador, el primero por ser el que oficialmente debe intervenir, y el segundo por ser el que interviene de facto en todo, por las pocas luces que tienen los presidentes de mi comunidad, que quieren delegar todo en el administrador (mal hecho pero es la realidad de mi comunidad de analfabetos).
08/07/2013 22:03
El que este libre de pecado que tire la primera piedra.
Mas menos la frase histórica nos sirve de ejemplo en la comunidad de vecinos a la que pertenecemos. Comunidades que sus propietarios no saben lo que quieren, listillos que se aprovechan. Pero que problema hay si cada año cambia de presidente. Cuando tengamos un lumbreras de vecino que sea abogado o juez, votar para que permanezca a perpetuidad. Digamos dar el braguetazo comunitario vulgarmente hablando.
Yo mismo tengo 4 abogados vecinos. Imposible que entren en razón 2 de ellos son morosos desde hace 40 años, van pagando poco a poco, pero no dejan la morosidad que les acompaña como a su propia sombra.
09/07/2013 11:43
Yo creo que dickturpin es Abogado, que no es lo mismo que ser Licenciado en Derecho.


Le he preguntado a mi hermano, que también es abogado y me ha dicho que la respuesta de dickturpin es correcta. Concretamente me dijo que la exhibicion de contratos y resto de la documentacion de la comunidad forma parte de la rendición de cuentas que debe hacer un administrador y que es una cuestion que los que saben de esto (los abogados), no discuten en los tribunales (aunque yo imaginaba que era asi).


Estoy de acuerdo con dick en que los españoles somos irrespetuosos con los profesionales en general, sean del gremio que sean y llegamos incluso a poner en tela de juicio las decisiones judiciales sin tener preparacion o conocimiento para ello.


Los Mayas realizaban sacrificios humanos para apaciguar al Dios Sol y nuestra sociedad actual hace leña del arbol caido para apaciguar esa especie de colera que llevamos dentro y un Administrador es un blanco perfecto para ello, aunque no el unico.


Uno de los deportes nacionales es la critica destructiva, la cual, si se sube de tono puede llegar incluso a convertirse en autentica difamacion.


Al Sr. Engañadoenlacompra le dara igual lo que diga el Sr Turpin pero esta claro que este forero (dickturpin) uno de los que mas sabe del foro.


Personalmente preferiria tener a un Sr. Turpin como vecino que a un Sr. Pasacero o a un Sr. Engañadoenlacompra y lo digo salvando los debidos respetos a los mencionados.
09/07/2013 12:00
heredom, no sé si dick sabe o no sabe, pero las afirmaciones de usted sí que son gratuitas.
Repito, yo no veo que LA EXHIBICIÓN DE LOS CONTRATOS FORME PARTE DE LA RENDICIÓN DE CUENTAS, creo que pueden ser dos cosas diferentes, y lo seguiré pensando mientras alguien me los justifique convenientemente. Y Dick no lo ha hecho y usted mucho menos, por mucho que lo diga su hermano. Y hay una sutil diferencia entre abogado y licenciado en Derecho, pero abogados hay miles, licenciados en derecho mas todavía, y como bien usted sabe la jurisprudencia es bastante clara, pero su interpretación a cada caso sigue siendo opinable. Y yo opino razonadamente que pedir inspeccionar los contratos, no tiene necesariamente que ver con rendir cuentas, que es lo que se cita en la jurisprudencia que Dick refiere,
09/07/2013 12:10
De nuevo,
acriton citaba que si que se tenia derecho a examinar los contratos, y argumentaba que se podía interponer demanda judicial de exhibición de documentos.
Acriton, dos supuestos Licenciados en Derecho tiran por tierra su teoría, no sé si usted es también Licenciado en Derecho y sigue teniendo que objetar al respecto....
09/07/2013 12:18
Pues efectivamente, nada tienen que ver los contratos con las cuentas, discutir por discutir. Precisamente cuando acudes a un banco, y le pides que te esplique el porqué de tal o cual cargo, que tu cres que es indebido. Lo primero que te sacan es el contrato que tu firmaste con el banco. No creo que en una comunidad, se utilice diferente criterio. Si resulta que la cuenta es comunitaria, lo mismo, te sacan el contrato que firmó su presidente con la entidad.
09/07/2013 12:25
Por otra parte, que una persona que acumule tantos conocimientos y los exponga de forma tan supuestamente objetiva en un vulgar foro, da bastante que pensar, ¿no cree Sr Heredom? Para mí, evidentemente, Dick es un forero mas, y no veo que tenga la calificación de 5 estrellas que usted le atribuye, solo porque sea supuesto compañero de su hermano. Si usted opina que opinamos sin saber, opinar es libre, más en un foro, y sobre todo si otras intervenciones como la de acriton contradice la versión de Dick. ¿Quien tiene razón? Pues usted lo tendrá muy claro, pero yo no, y para eso está el foro, para contrastar información. Usted tenga de vecinos a quien pueda, que yo ya tengo bastante suplicio con mi masa borreguil, algunos de sus comentarios como usted perfectamente puede darse cuenta, no proceden, y es solo usted, el que entra en una dinámica que podría derivar en difamación, porque evidentemente nadie de los que interviene aquí podría decirse que difama por opinar. Le ruego tenga el mismo respeto por los foreros afectados, que por los compañeros de su hermano. Saludos
10/07/2013 17:40
Este post comienza con una pregunta de Axels. En dicha pregunta Axels dice textualmente que el argumento de los que exigen ver los contratos es el siguiente:


"Hemos precisado que no queremos listados del personal empleado, sino VER Y TENER COPIA DE NUESTROS CONTRATOS, DE LOS QUE SOMOS PARTE como propietarios, clientes y pagadores".


1º. El consultante confunde los conceptos. Ellos no son parte en los contratos firmados por la Comunidad. Quien es parte es la Comunidad en si misma.


La SAP Murcia, Cartagena, Sec. 5.ª, 110/2010, de 6 de abril Recurso 18/2010. Ponente: MATIAS MANUEL SORIA FERNANDEZ-MAYORALAS es muy clara al declarar que el propietario no está legitimado para reclamar directamente a la empresa Administradora el cumplimiento del contrato de administración suscrito por la Comunidad, PUES NO ES PARTE DEL MISMO.


Trasladado dicho argumento al supuesto que nos ocupa, significa que los propietarios carecen de legitmación para exigir al Administrador la exhibición de contratos y demás documentación de la Comunidad de forma individualizada.



El ejemplo de pasacero no es de aplicación, porque cuando yo voy al banco y exijo la exhibición de un contrato, lo que exijo es la exhibición de un contrato del QUE SOY PARTE y ello legitima mi petición. Pero el hecho de formar parte de una Comunidad de Propietarios no implica que a título personal sea parte del contrato suscrito por ésta.



2º. La SAP Madrid, Sec. 21.ª, 286/2006, de 13 de junio Recurso 509/2004. Ponente: ROSA MARIA CARRASCO LOPEZ. declara que la ley no autoriza a un comunero a reclamar una rendición de cuentas al Administrador. Dichas facultades corresponden a la comunidad.


Ello se puede hacer extensivo al supuesto que nos ocupa.


3º. EL TRIBUNAL SUPREMO, Sala Primera, de lo Civil, Sentencia de 18 Mar. 2010, rec. 1403/2006, ha desarrollado un cuerpo de doctrina que declara en esencia que "los comuneros no tienen un derecho de información asimilable al que tienen los socios en las sociedades mercantiles".


Telegramáticamente diré que el TS concluye que del espíritu del art. 15 de la Ley sobre Propiedad Horizontal no se desprende la existencia de un auténtico derecho de información a favor de los copropietarios, como ocurre en el ámbito de las sociedades anónimas.


En este tipo de supuestos, el TS resuelve la controversia declarando que es en la junta de propietarios, donde se deben de tratar TODOS los asuntos referido a la Comunidad, lo que incluye rendición de cuentas y exhibición de documentación de la Comunidad, debiendo ser en la propia junta donde se acuerde si se hace entrega de copia de dicha documentación a los propietarios que forman parte de la Comunidad, o no.



Cuestión distinta es que EngañadoEnLaCompra quiera que se le de la razón a toda costa.


Un saludo.
10/07/2013 21:30
Dick, yo no quiero que me den la razón, es más me estrañaría mucho que una persona que parece tan orgullosa y en disposición de la verdad absoluta reconociese que sus argumentos podrían no encajar en lo que se pregunta.
Con su jurisprudencia usted demuestra una vez mas:
-que los propietarios no están legitimado para reclamar directamente a la empresa Administradora el cumplimiento del contrato, cosa que nadie pone en duda. Aunque sí que hay sentencias del TS en el sentido de que un comunero podría exigir directamente a otro comunero el cumplimiento de la legalidad.
- el administrador no tiene por qué rendir cuentas directamente a un comunero, cosa que nadie pone en duda tampoco.


Lo que no estoy de acuerdo es con las dudas que su colorario pueden suscitar en algunos comuneros:

"Trasladado dicho argumento al supuesto que nos ocupa, significa que los propietarios carecen de legitimación para exigir al la exhibición de contratos y demás documentación",
primero porque lo pueden hacer a través del presidente, que si que puede requerir al administrador, segundo porque la exhibición de contratos puede no tener como motivación la rendición de cuentas al administrador, sino la información previa para un debate posterior en junta, y eso es el hecho que usted se niega a entender. Y si se aprueba el punto a debatir en la siguiente junta, será justo que previamente se puedan consultar detalles de esos contratos que influirán en el debate posterior de la junta.

En cualquier caso, esto no es un recurso de amparo al Constitucional o un recurso al TS donde haya que hilar muy fino, sino un foro. Y usted con sus manifestaciones, aunque estrictamente no sean inexactas lo único que hace es confundir a los foreros, pues sólo transmite la idea de que un comunero no tiene ningún derecho frente a las comunidades donde el administrador tiene todo el poder, y aunque ya sabemos que tienen pocos derechos, creo que debería usted esforzarse mas en hablar para todos, por el sitio en que lo hace, y en defender cuáles son los derechos o los medios para ejercitarlos de los comuneros, de lo contrario nadie sabe si sus intervenciones son sólo para proteger a la casta mafiosa (que los hay) de algunos administradores, fomentar la falta de transparencia en las comunidades, concienciar a los comuneros de los pocos derechos que tienen, o para intentar lucirse usted con sus megaconocimientos.
Nosotros pretendemos informarnos, ¿pero usted que es lo que pretende con sus intervenciones, Sr Dick? Porque aunque yo recibo muy abiertamente su jurisprudencia y sus argumentos, que incluso pongo en duda cuando no me encajan, y aplaudo cunado les encuentro no ya lógica (porque la L.P.H no es lógica, peor es lo que hay) sino coherencia (para eso estoy en un foro abierto), creo que con su hermeticismo y actitud lo único que hace es confundir a ciertos foreros que buscan en este foro soluciones a sus problemas, y por tanto derechos de los comuneros.


11/07/2013 18:45
Usted lo ha dicho, EngañadoEnLaCompra.

"Nosotros pretendemos informarnos, ¿pero usted que es lo que pretende con sus intervenciones, Sr Dick?"

RESPUESTA.- Contestar las preguntas que formulan los foreros de una forma apropiada y ajustada a Derecho.


SU PROBLEMA es que mi/s respuesta/s no le gusta/n.


No me importa que usted me llame prepotente.


Que yo no le de la razón nada tiene que ver con mi supuesta prepotencia. No se la doy porque no la tiene. Usted interpreta la jurisprudencia de un modo y yo de otro. La diferencia es que no me apetece andar con paños calientes y le digo con claridad que yo se interpretarla y usted no, por mucho que le pese.


Si por hacer esa afirmación usted me llama "prepotente", solamente le puedo decir que "soy prepotente". Por supuesto, no le voy a decir como denominaría yo a personas que adoptan posturas similares a la suya, con sus conocimientos LEGALES (no entro en otros campos).
Cuando menos pretencioso ¿No cree usted?


Usted sostiene que entra en este foro en busca de respuestas y soluciones a los problemas que se plantean y está claro que en su opinión, yo entro para confundir a los foreros.


Ni siquiera en esa afirmación coincidimos porque en este post, yo he dado una respuesta clara, concisa y ajustada a Derecho. Cuestión distinta es que usted no lo comparta.


El 10/07/2013 escribí en este post (párrafo final):


"En este tipo de supuestos, el TS resuelve la controversia declarando que ES EN LA JUNTA DE PROPIETARIOS, donde se deben de tratar TODOS los asuntos referido a la Comunidad, LO QUE INCLUYE la rendición de cuentas y EXHIBICIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LA COMUNIDAD, debiendo ser en la propia junta donde SE ACUERDE si se hace entrega de copia de dicha documentación a los propietarios que forman parte de la Comunidad, o no".


Esta solución es conforme con el apartado f del artículo 20 de la LPH y es la que postulan todas las Audiencias Provinciales, siguiendo la doctrina del Tribunal Supremo. (Por cierto. A mí me parece la postura más lógica y acertada, por muy confusa u oscura que le parezca a usted).


ESTA ES LA SOLUCIÓN LEGAL A LA CONTROVERSIA SUSCITADA, LE GUSTE O NO y yo la he planteado.


Las obligaciones del Administrador están reflejadas en el artículo 20 de la LPH.


Yo no entro a debatir o cuestionar la LPH (le aseguro que también discreparíamos en su redacción).


La Ley no es justa ni injusta. La Ley es Ley y las respuestas deben adaptarse a la misma.


Lo que ME PARECE que usted pretende que haga es otra cosa más cercana a la confección de una subespecie de jurisprudencia propia de determinados cotos cerrados.


Ni soy hermético ni con mi actitud pretendo confundir a nadie. Doy respuestas ajustadas al ordenamiento jurídico. Lo que parece que usted olvida es que los propietarios, además de DERECHOS, tienen OBLIGACIONES y a los Administradores de Fincas, no les pueden exigir lo que la Ley no exige o lo que la Junta de Propietarios no ha acordado debidamente.

12/07/2013 17:00
Claro, claro, tiene usted toda la razón del mundo.
La única función del administrador es mantener a la masa pseudocontenta, para que no lo tiren, lo demás importa bien poco.

Yo le doy la razón a usted en lo que usted quiera, con tal de que no aburramos a los foreros, porque no creo que su debate interese ya a nadie.
12/07/2013 17:14
Totalmente de acuerdo con Dickturpin.


Hasta EngañadoEnLaCompra le ha dado la razon a Dick y aunque parece que lo ha hecho como a los tontos, la verdad es que se ha quedado sin argumentos ;).

PD. A mi si me interesaba el debate. Sobre todo lo que el amigo Dick pudiera decir ya que generalmente es interesante, valga la redundancia.
12/07/2013 17:27
Tras leer detenidamente las intervenciones publicadas por Dick, debo decir que desde un punto de vista estrictamente jurídico, tiene toda la razón. Las sentencias que refiere se interpretan del modo que él sostiene y, por supuesto, la rendicion de cuentas que haga el Administrador de una Finca debe hacerse extensible incluso a la exhibicion de documentos de la comunidad.


En este sentido cabe precisar que el Sr. Axels, en su primera intervención dijo que lo que quería era "VER y TENER COPIA DE SUS CONTRATOS" y en este caso, el Administrador, no es que no deba atender la petición, sino que en aplicación de la legalidad vigente, está OBLIGADO a no atender la petición si no media una orden expresa, no del Presidente, sino de la Comunidad de Propietarios por medio de la correspondiente adopción del acuerdo correspondiente.


Al Sr. Engañadodelacompra lo que le confunde, no deberían ser las respuestas de Dickturpin. Lo que realmente no acepta es la Ley en sí.


En cuanto a la redacción de la Ley en este caso, debo decirle que, no se lo que opina Dickturpin, pero personalmente si la comparto y al igual que Dick, soy profesional del Derecho.
12/07/2013 19:18
Jade, de nuevo por aquí? Te deseo un buen verano.
12/07/2013 23:01
Hola guapo. Muchas gracias. Voy a ver si este verano me hago Administradora de Fincas y cuando lo sea, te busco y te hago pecar con una de ellos, jajajajaja.


Eres un solete Fontanero. Un besito.
12/07/2013 23:55
Muy bueno lo tuyo, jajaja pero yo no soy pecadorrr. Aún recuerdo que me debes un café aunque te lo cambio por una horchata. Un besote.
13/07/2013 16:55
Jade, para ser administrador de fincas hay que tener nulo respeto por la legalidad, porque lo único importante es saber como manipular a la masa borreguil.

No es por desprestigiar, pero los peores abogados que he conocido yo, han sido los administradores de fincas, no entienden nada de leyes, yo creo que es que todo se pega.

Aunque claro, para saltarse las leyes, a veces conviene saber un poco lo que dicen...

En cuando a si acepto o no la LPH, pues no me queda mas remedio (los que no la aceptan son mis vecinos y mi administrador mafiosillo); pero la parcela del derecho de propiedad horizontal, es la que me parece, con diferencia, la peor articulada en todo el Derecho de este pais, y eso que el derecho en general en este país ya deja mucho que desear...
13/07/2013 18:53
Pues lo mejor que podemos hacer es tomar nota de como esta este asunto legalmente y obrar en consecuencia.

Ya que ha de ser un mandato de la junta quien decida si se enseña documentacion a los propietarios y si se les puede entregar copias o no ya estoy redactando la peticion a mi presi para que lo incluya en el orden del dia de la proxima junta asi, de paso aprobecho el cabreo general porque no se ha entregado en el debido tiempo la factura de daños a terceros pàra que se presentara al seguro.
Espero que saldra aprobado por unanimidad.
Lo bueno de tanta disputa dialectica es que, una vez aclarado el asunto y lejos ya de cualquier engaño o seguridad sobre derechos que creiamos tener, podemos tomar decisiones informadas y obrar en consecuencia para cambiar nuestras realidades.
A pelearse la Transparencia con la junta, no queda otra.
Gracias a Dick poe explicarlo y aportar referencias que espero me sean utiles frente a mis vecinos.