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retencion de nomina

81 Comentarios
Viendo 61 - 80 de 81 comentarios
06/08/2013 05:37
hola juan haber si entiendo, lo que me quieres decir es mas o menos que copie los 3 puntos que dices en un papel y valla a esa señora y mas o menos se lo diga asi y si no hace caso pues hacerle un escrito basado en esos 3 puntos y que se lo lleve pero ya no se lo entrego a ella sino que lo entrego en informacion para que me lo sellen es asi? un saludo
06/08/2013 10:02
Sí. Así es.
07/08/2013 11:20
ya estoy en malaga camino de hacienda para hablar con esa señora un saludo y gracias
07/08/2013 13:19
ufff juan menuda diferencia del el trató fe Málaga a torrmolinos me atendio esa señora que era como una jefa enseguida me mando a rellenar un recurso de reposicion fuy al piso de abajo y me lo rellenaron ellos mismos toda la gente muy agradable lo entregue ya sellado y la señora me dijo que ya me lo mandaría a mi casa en el recurso ponia esto Embargo de la cuenta donde cobro mi pension. ....SOlicito se me aplique el artículo 607 LCL ....aporto nomina y movimientos bancarios le empece a leer tus artículos y me dijo tranquilo que no hace falta les dije que vaya diferencia de trato de un sitio al otro y dijo que no comprendían estas cosas que me tenían que atender amablemente y sino era asi que habian obrado muy mal que si queria pusieta un escrito yo le dije que asi como tengo que comer yo y mi mujer no tiene la culpa la familia de ese señor tampoco la tendrá estoy escribiendo por el movil asique perdona las faltas porque no se ve casi lo que escribo dame tu opinion por favor estoy bastante emocionado pues no pense que me fueran a tratar tan bien.muchas gracias por todo y ser un señor tan legal y haberme soportado y darte tantos mareos de cabeza
07/08/2013 21:23
Pues me alegro de que todo haya ido bien. Así debería ser siempre.
De todas formas, vamos a esperar a ver lo que responden para comprobar si todo está bien o hay que hacer algo más.
07/08/2013 22:45
de acuerdo te mantendre informado yo creo que ya avanzamos mucho pues eso que rellene es para que se me aplique ese articulo que creo que es lo que corresponde quitarme segun lo que cobre vamos yo al menos creo que es eso pues ella me dijo que no puede ser como va a usted estar asi en un sin vivir, un saludo haber si me equivoco y rsulta que lo que me embargan es todo jaja yo hasta que no lo vea no lo creo lo que no se es si al ya tener ella mis papeles y esa declaracion tendre que tener que seguir teniendo cuidado y seguir con los ingresos nocturnos en los cajeros y lo de sacvar mi dinero a las dos de la madrugada o ya al tener eso ella de momento se paran
08/08/2013 10:44
¿Y no te da miedo ingresar dinero en los cajeros?
08/08/2013 11:37
pues como estan las cosas ahora hay que tener cuidado pero como tengo que quitar todo para que mo me lo embarguen pues no tengo más remedio que hacerlo así por ejemplo hoy o mañana tengo que ingresar los 47 euros de telefónica antes que me lo devuelvan un saludo y gracias
31/08/2013 00:20
hola juan que tal estas , ya me escribieron la temida carta o esoerada, pero yo no se si son tontos o se lo hacen o el tonto soy yo y no comprendo nada porque al final siguen con erre que erre con que lo embargado era lo correcto y eso no es lo que yo quiero arreglar ya se lo explique mil veces, una de dos o dan por supuesto que no lo pueden hacer o es que no se enteran porque yo lo que queria es que me dijerajn cuanto me quitarian al mes y que lo hicieran ya pero se lo explique en persona y encartas como vistes y siguen igual en sus trece ,a no ser que en esta carta tu la interpretes de otra manera ya no se que hacer ellos se excusan con que lo estan haciendo legal pero no me dicen si el dia que haya mas en la cuenta me lo quitan todo, mil y una veces se lo dijimos y siguen con la misma, bueno te la mando haber tu que eres mas inteligente que sacas en conclusion de la nueva carta muchas gracias ya sabes que te va en dos veces habia mas cosas pero ya de reclamaciones que puedo hacer y historias repetidas gracias
31/08/2013 00:21
acuerdos de resolucion recurso de reposicion
Con fecha 7/8/213 se presento un escrito en el que se solicita:
solicita que se le apliquen a la dilkigencia de embargo de cuentas bancarias nº tal y tal originada por el impago de las multas tal y tal y tal los limites establecidos por la leyde enjuiciamineto civil para el embargo de sueldos y salarios se porocede y se proceda alk levantamineto del embargo en la cuantia que corresponda la cuenta bancaria tal tal y tal solo se nutrede ingresos procedentes de una pension del instituto de la seguridad social.
ACUERDO:primero, considerando que este organo es competente para conocer y resoilver las cuestiones planteadas en este procedimiento. SEGUNDO: DE ACUERDO CON: vistas laa ley general tributaria 58/2003 de 17 de diciembre en sus articulos 222-225 en los que se regula elk recurso de reposicion previo al economico administrativo,asi como la normativa propia del tributo cuya liquidacion o acto administrativo es objeto de impugnacion.
Considerando que este organo es competente para conocer y resolver el recurso y que el escrito de reclamacion se a producido en plazo habil de acuerdo con lo dispuesto en los articulos 222-225 de la Ley general tributaria ley 58/2003 de 17 de diciembre BOE de 18 de diciembvre.segun la documentacion aportada recibe una pension en la cuenta embargada en el mes que se practica el embvargo por importe de 730 euros.
La diligencia de embargo recurrida se a efectuado de acuerdo con el articulo 171.32 de la ley 58/03 de la ley 58/3 de 17 de diciembre general tributaria que establece.
31/08/2013 00:23
Cuando en la cuenta afectada por el embargo se efectua habitualmente el abono de sueldo salarios o pensiones deberan respetarse las limitaciones establecidas en la ley 1/2000 de 7 de enero de Enjuiciamiento civil,mediante su aplicacion sobre sobre el importe que deba considerarse sueldo salario o pension del deudor. A estos efectos se considera sueldo salario o pension el importe ingresado en dicha cuenta por ese concepto en el mes en que se practique el embargo o , en su defecto en el mes anterior"
Segun el articulo607 de la ley de enjuiciamiento civil, ley 7/1/2000 num. 1/2000, es inenbargable el salario sueldo o pension,retribucion o equivalente, que no eexceda de la cuantia señlalada para el salario minimo interprofesional.
El real decreto 1717/2012, de 28 de diciembre, BOE del 31 de diciembre. por el que se fija el salario minimo interprofesional para 2013, dispone en su articulo 1 que el mismo queda fijado en 21,51 eros /dia o 645,30 euros/mes, segun el salario este fijado por dias o por mes.
En base a lo expuesto y siendo el importe embvargado de 16,44 eurosel saldo existente en la cuenta bancaria inmediata anterior a la percepcion de la nomina de 34,59 euros se hace constar que el embargo ha sido realizado correctamente al haberse respetado los limites citados. TERCERO: S acuerda estimar parcialmente el prtesente recuerso.y despues el royo ese de si no esta de acuerdo debe de presentar en el plazo maximo de un mes una reclamacion economico administrativa directamente ante el TRIBUNBAL, ECO-ADM REGIONAL ANDALUCIA MALAGA organo que no depende de la agenciua tributaria y tal y tal y tal
31/08/2013 00:29
haber si ya me haces el favor de decirme como lo ves porque yo lo veo todo igual a no ser que no comprendiera bien alguna cosa y este ya todo arreglado gracias
31/08/2013 11:13
Bueno, no sé si lo he entendido muy bien pero parece que dicen que embargaron 16,44 euros y que el saldo de la cuenta era 34,59 euros, o sea que no embargaron todo el saldo ¿Puedes confirmar que eso es cierto o se lo están inventando?
02/09/2013 15:33
hola juan yo lo que creo que estos de hacienda ven mis cuentas cuando quieren pues parece ser que ellos lo miran una semana antes del mes pues esos 34,m59 que dicen los tenia pero el dia 24 de mayo y ellos mandan las retenciones a primeros de mes osea yo el 24 de mayo tenia ese dinero pero mandaron el aviso de retencion el dia 5 de junio y como habia 16,44 pues fue lo que quitaron claro ellos se refieren a que nunca me quitaron mas del 30% de lo que pasara del salario minimo porque no lo habia creo que el que lo embarro todo fue el listo ese de torremolinos que me dijo que ellos mandaban retener por la cantidad total que si habia 1534 lo retenian y punto y ese tio lo que hizo creo que fue pasarse de listo creo que seguramente era la hora del bocadillo y tenia prisa porque segun creo ellos miran primero lo que hay y sacan lo legal que es 25,41 porque estuve mirando cuentas y el dia 3 de mayo mandaron retenerme 25,41 y sin embargo habia creo que 70 en la cuenta lo que pasa que no lo encuentro pero creo que decia saldo 70 euros disponible 44,59 retenido 25,41 y sobre eso siempre me mandan una carta la caixa diciendo que tengo 20 dias para quitar el apresamiento de esa cantidad pues ellos lo mandan retener pero no se hace efectivo hasta los 20 dias siguientes es decir no lo puedes coger el dinero ese pero sigue en la cuenta y te dan 20 dias por si estuviera mal la retencion pero como fuy al tio ese y me dijo que habia tenido suerte porque ellos van a cazar todo lo que haya y el tio creo que se paso dos pueblos y encima me dejo temblando ami, Hacienda siempre manda retener entre los 5 primeros dias del mes y queda retenido durante 20 dias osea dice retenido el dia 3 de mayo, fecha de valor el dia 24 de mayo yo lo que voy a hacer es dejar este mes 30 euros y creo que me quitaran 25,41 solo asi saldre de dudas ya, creo que tu tenias razon si dejara la pension solo me sacarian lo legal pues en el escrito parece ser que dicen que estan cumpliendo con la norma lo que me extraña es que por mucho que se les diga no hacen lo de quitarmelo por el inss cada mes no se porque porque asi pierden ellos porque eso no lo mandan todos los meses segun dicen lanzan el anzuelo cada cierto tiempo y si te pillan te lo sacan me imagino que si ven que en varias veces no enganchan nada entonces tendran que hir al juez o ellos mismos a al inss y decirles que me retengan los 25,41 pero claro como no lo hacen todos los meses por eso ponia cuando quitaron los 25,41 fecha de terminacion de la deuda ilimitada yo creo que no hacen eso esperando alguna vez que haya mas de lo que dices tu, osea de mi pension por ejemplo si alguien me ingresa algo o una loteria yo que se parece raro pero yo lo veo asi porque entonces porque motivo no me quitan cada mes, sino de vez en cuando claro yo voy con las reclamaciones y elllos insisten que estan haciendo lo legal que si lo hacen alguna vez mal tengo 20 dias para que suelten la retencion de mi dinero que sigue en el banco pero retenido, yo la pregunta que te hago es esta , tu que crees que es mejor dejarles siempre algo mas de 25,41 para que cojan lo que les pertenece o no dejarles nada para que asi tengan ya que hacerlo de una vez mensualmente por una orden de quien sea a el inss o en su defecto al banco yo es que los de la caixa de aqui son unos burros porque ellos dicen que no saben nada el director tambien se podia molestar en preguntar a barcelona pero ese no se molesta ni cuando tiene una mosca en la nariz porque yo creo que es el mismo banco el que les da el porcentaje que les pertenece en caso de haber mas a no ser que haga las cuentas la misma hacienda y primero vea lo que hay y despues mande retener lo que les corresponde legalmente, es que creo todo esto porque sino ya hacienda me me hubiera explicado todo de otra manera pero que cosa rara que siempre dicen que hacen lo legal y esta vez con la carta se les ve que se saben muy bien las aplicaciones y los articulos de retencion y dicen que lo aplican sobre salarios , nominas y pensiones no crees? un saludo y gracias por todo
02/09/2013 20:32
Espero no molestar a Lupizo, pero lo cierto es que da pereza leer sus post.
02/09/2013 21:07
De tu mensaje deduzco que Hacienda, en general, está haciendo bien los embargos y que solamente en una ocasión lo ha hecho mal, seguramente por culpa de un funcionario incompetente. Si es así, te recomiendo guardar muy bien todos los escritos: los que has hecho tú y las respuestas recibidas por si algún día alguien vuelve a equivocarse.
Si no te parece suficiente y quieres asegurarte de que al incompetente le den un toque, podrías presentar una nueva queja a "Defensa del Contribuyente" aconpañando una copia del mandamiento de embargo que hizo ese incompetente y la respuesta a tu recurso.
02/09/2013 23:31
gracias juan asi lo hare, referente a alga le tendre que decir muy educadamente que no esta obligada a leer nada de lo que escribo y si se quere entretener mas que se vea el salvame de telecinco que seguro que se aburrira menos, solo voy a decir algo me gustaria que estuvieras en mi situacion es mas lo voy a desear con todas mis fuerzas porque muchas cosas se me ciumplen, haber que escribes tu despues y nunca digas de este agua no bebere porque hoy estas criticando aqui y mañana puedes estar pidiendo en la boca del metro hay un refran que dice como te ves me vi y como me ves te veras pero eso si es que llegas muchas gracias por tu apoyo y tus grandes consejos, yo de momento tengo cotizados 45 años y navegado por medio mundo haber a los que llegas tu. un saludo
02/09/2013 23:49
Pues sí, parece que Lupizo se ha molestado con mi " injurioso " comentario.

Que se le va a hacer.
03/09/2013 15:25
ufff hola alga le pido perdon y no vea como lo lamento perdone por lo que le escribi y no me haga caso apenas pude hir al colegio y se que cometo muchos errores y encima estaba enojado porque se equivocaron en telefonica y en vez de 40 euros me mandaron una alta nueva con 95 y por mucho que se les explique ellos siempre llevan razon sino te meten en morosos se que queria decir que aburro a un santo pues para entender algo ay que explicarmelo 20 veces y el unico que tiene paciencia conmigo es juan, pero es que mire yo me crie en un hospicio hasta los 8 años despues me sacaron y me pusieron a trabajar tirando de un carro con turbos y dinamos para la estacion de atocha y nunca fuy al colegio aprendi a leeer porque me meti en un liceo de noche pero si me cogia mi padre me pegaba y me sacaba del liceo porque decia que yo habia nacido como mi madre para trabajar, y por eso me explico tan mal le pido mil perdones le juro ante dios que jamas le desee el mal antes que me venga ami, es la forma mia bruta de hablar se que alguna vez me tenia que meter la lengua en otro sitio que no digo pero me arrepiento mucho alga se le nota que usted es una persona educada mil perdones y un saludo
03/09/2013 16:38
Sólo poniendo interés en aprender donde poner comas, acentos, puntos y seguido y, desde luego, puntos y aparte, sería mucho mas ameno leerte Lupizo.

Sincéramente, creo que a poco interés y esfuerzo que pusieras no prodiciría la pereza a la que me refería.